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  1. #1
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    Predeterminado Plazo de presentación hasta agosto en La Rioja

    Fijáos en esta resolución del BOR, en la que se da de plazo hasta dentro de unos días (1 de agosto) para presentar la documentación final de obra... Hay algunos proyectos de alta tensión que se han presentado hace un mes y tienen la esperanza de llegar a plazo... ilusos...

    Boletin Oficial de La Rioja

    "Resolución de la Dirección General de Industria y Comercio de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen normas complementarias para la tramitación de expedientes de instalaciones de energía fotovoltaica conectadas a la red eléctrica
    III.A.1948
    La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE de 18-11-1997), regula la producción de energía eléctrica en régimen especial, previendo un régimen de incentivos para las energías renovables.
    [...]
    * Antes del 1 de agosto de 2008: Solicitud de autorización de puesta en servicio definitiva a la que se acompañará:
    Evacuación en alta tensión:
    - Solicitud según modelo AT-03
    - Certificación, por técnico competente, según modelo AT-07
    - Certificación de pruebas realizadas, emitida por empresa instaladora, según modelo AT-06 y según modelo BT-20 si la instalación de baja tensión es realizada por diferente empresa.
    - Contrato de mantenimiento con empresa autorizada
    - Certificado de Organismo de Control Autorizado
    Evacuación en baja tensión:
    - Solicitud y certificación de instalación según modelo BT-20
    - Instrucciones para interesados
    - Proyecto y certificación de dirección de obra (> 10 KW)
    - Memoria técnica de diseño (< 10 KW)
    - Certificado de Organismo de Control Autorizado (> 25 KW)
    - Certificado de acceso y conexión de empresa distribuidora.
    * Antes del 1 de septiembre de 2008: Solicitud de inscripción definitiva acompañada de los siguientes documentos:
    Solicitud conjunta de inscripción previa y definitiva:
    Modelo RE-05 aportando la documentación indicada en el mismo:
    - Características técnicas y de funcionamiento de la instalación acreditativas del cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo 2 del R. D. 661/2007.
    - Evaluación cuantificada de la energía eléctrica que va a ser transferida a la red.
    - Memoria-Resumen de la entidad peticionaria, según artículo 7 del R. D. 661/2007.
    - Documento acreditativo del depósito del aval (excepto fotovoltaicas en cubiertas o paramentos de edificaciones).
    - Acta de puesta en servicio de la instalación.
    - Contrato técnico con la empresa distribuidora, con los requisitos exigidos por el artículo 16 del R.D. 661/2007.
    - Documento de opción de venta de la energía.
    - Certificado emitido por el distribuidor (encargado de la lectura) del cumplimiento del reglamento de puntos de medida.
    - Informe del gestor de distribución sobre los procedimientos de acceso y conexión.
    - Acreditación del cumplimiento de los requisitos exigibles como agente de mercado.
    (El cumplimiento de los requisitos previstos en los documentos séptimo y noveno puede ser justificado mediante la cumplimentación del modelo Acreditación 12.1.d.).
    Solicitud de inscripción definitiva (por haber obtenido anteriormente la inscripción previa de acuerdo con el R.D. 661/2007)
    Modelo RE-04 revisión 1, aportando la documentación indicada en el mismo:
    - Documento de opción de venta de la energía.
    - Certificado emitido por el distribuidor (encargado de la lectura) del cumplimiento del reglamento de puntos de medida.
    - Informe del gestor de distribución sobre los procedimientos de acceso y conexión.
    - Acreditación del cumplimiento de los requisitos exigibles como agente de mercado.
    "Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
    Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...

  2. #2
    Avatar de Photon
    Photon está desconectado Moderador
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    Predeterminado Re: Plazo de presentación hasta agosto en La Rioja

    Danzad , danzad malditos, hay un monton de huertas con ilusion pero ni llegaran.

  3. #3
    sube está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Plazo de presentación hasta agosto en La Rioja

    Hola santaklaus. Podrías indicar donde viene recogido lo que comentas? Qué día se publicó?. Por qué tienen tanta prisa?

    Gracias.

    Un saludo

  4. #4
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    Predeterminado Re: Plazo de presentación hasta agosto en La Rioja

    Cita Iniciado por Photon Ver mensaje
    Danzad , danzad malditos, hay un monton de huertas con ilusion pero ni llegaran.
    Dicen que de la ilusión se vive... pero yo diré que de la ilusión no se come.
    Danzad!


    Cita Iniciado por sube
    podrías indicar donde viene recogido lo que comentas? Qué día se publicó?. Por qué tienen tanta prisa?
    "Resolución de la Dirección General de Industria y Comercio de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen normas complementarias para la tramitación de expedientes de instalaciones de energía fotovoltaica conectadas a la red eléctrica
    III.A.1948
    Página 652 .- Núm. 16 BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA Jueves, 31 de enero de 2008

    La prisa está clara, si no acabas antes de septiembre, nadie te dirá a cuánto vas a cobrar por lo que no sabes si ahora la instalación será rentable...
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