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- 29/11/2006, 18:53 #1Miembro del foro
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Disminuye deducción medio ambiente L 35/2006 de 28 noviembre
BOE 29 DE NOVIEMBRE 2006
Ley IRPF Disposición Adicional 2ª (tiene la disposición adicional 23 apartados!!) modifica Ley del Impuesto de Sociedades:
Pego el apartado 14 que nos ocupa (el Artículo de la Ley del Impuesto de Sociedades que contiene la deducción en medio ambiente es el 39):
14. Con efectos para los períodos impositivos que se
inicien a partir de 1 de enero de 2007, se añade una disposición
adicional décima al texto refundido de la Ley del
Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, que quedará redactada
de la siguiente manera:
«Disposición adicional décima. Reducción de las
deducciones en la cuota íntegra del Impuesto
sobre Sociedades para incentivar la realización
de determinadas actividades.
1. Las deducciones reguladas en los artículos
36, los apartados 4, 5 y 6 del artícu lo 38, artículos
39, 40 y 43 de esta Ley, se determinarán multiplicando
los porcentajes de deducción establecidos en
dichos artículos por el coeficiente siguiente:
0.8, en los períodos impositivos iniciados a partir
de 1 de enero de 2007.
0.6, en los períodos impositivos iniciados a partir
de 1 de enero de 2008.
0.4, en los períodos impositivos iniciados a partir
de 1 de enero de 2009.
0.2, en los períodos impositivos iniciados a partir
de 1 de enero de 2010.
Link: http://www.boe.es/boe/dias/2006/11/2...1734-41810.pdf
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- 30/11/2006, 14:14 #2Forero
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¿Se sabe si también se reducirá el porcentaje de desgravación del 10% a las personas físicas?
- 30/11/2006, 17:01 #3Miembro del foro
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Personas Físicas
Sí, efectivamente la disminución en el apoyo a las inversiones en medio ambiente nos alcanza a todos, seamos persona física o empresa.
Ley 35/2006 28 de noviembre, del IRPF
Artículo 28. Reglas generales de cálculo del rendimiento
neto.
1. El rendimiento neto de las actividades económicas
se determinará según las normas del Impuesto sobre
Sociedades
- 30/11/2006, 19:04 #4Forero
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Dice que el rendimiento se calcula igual, pero no dice nada acerca de la deducción del 10%, que entiendo va aparte del rendimiento... ¿no?
- 30/11/2006, 20:08 #5Miembro del foro
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El cálculo del rendimiento en IRPF de las actividades empresariales incluye las deducciones aplicables. Es usual que la Ley del IRPF se remita a la de Sociedades para su computo.
En resumen, la deducción antigua del 10% era la misma en IRPF que en Sociedades, y ahora las rebajas también.
- 30/11/2006, 20:18 #6Forero
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¡Pues me cago en todo!
- 30/11/2006, 21:29 #7Forero
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perdonad, estoy un poco perdido. ¿Esto hace referencia a la deducción del 10% por inversiones medioambientales, que se deducía de la cuota líquida?
Sí es así es muy grave...
Salud-
- 30/11/2006, 21:37 #8Miembro del foro
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deducciones
Buenas tardes a tod@s,
Me vais a perdonar pero de fiscal no tengo ni idea.
Si podiamos desgrabarnos el 10% de la inversión, el coeficiente que se cita a que hace referencia: al 0,8 del 10% de la inversión???
Adiconalmente, cuando podemos aplicar las deducciones (i) una vez puesta en marcha (ii) según vayamos haciendo desembolsos a la empresa llave en mano.. ???
Gracias y un saludo.
- 12/12/2006, 11:48 #9Miembro del foro
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En primer lugar, decir que me alegra muchísimo que hayais podido solucionar los problemas del foro. En hora buena!! Realmente os echaba de menos!!
Con respecto a las reducción de las deducciones medioambientales sería bueno que alguien con ciertos conocimientos fiscales y "pedagógicos" nos explicara a los torpes :oops: un poco más todo esto.
En principio entiendo que antes podías deducir de la cuota líquida el 10% de la inversión y ahora según en qué año fiscal empieces a funcionar podrás deducir cada vez menos. Pero qué pasa si hasta el 2011 no tienes cuota líquida que ingresar?? O esto no tiene nada qué ver???
En fin, me gustaría que alguien pudiera aclararnos algo más. Pareciera que cada día todo se complica más.
Otra cosa: según el nuevo proyecto de decreto se creará un Registro de Potencia Instalada: este nuevo registro sustituirá al anterior o habrá que hacer dos inscripciones diferentes??? Alguien tiene alguna idea de cómo funcionará esto??
Demasiadas preguntas, no?
Gracias.OLIVERIO
- 21/12/2006, 11:47 #10Miembro del foro
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Fora vs Estatal
Alguien sabe si estos cambios afecta tb a los inversores forales (ej Navarra, Vizcaya etc) o solamente a los estatales???
Saludos
- 21/12/2006, 11:54 #11Forero
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No entiendo como esto que se sabe hace mas de 15 dias, nadia lo habia comentado hasta ahora.
- 23/12/2006, 13:04 #12
Efectivamente es dificil de comprender que esta noticia no halla tenido una mayor respuesta. Parece que nos estamos inmunizando contra las malas noticias a base de pequeñas dosis de estas.
- 23/12/2006, 13:45 #13Miembro del foro
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Tres observaciones:
1.-La noticia es extraordinariamente grave. Trasciende el ámbito de la energía y ataca directamente la incentivación de la adopció de medidas encaminadas a la mejora del medioambiente. Es decir, va justo en el sentido contrario del que debería poseer una ley de un país desarrollado en el s. XXI.
2.-A muchos inversores solares no les afectará en sus estimaciones de rentabiliad, porque mucha gente había dejado de tener en cuenta esa deducción. En el foro se ha recomendado incluso. (Evidentemente sí les afectará en sus ganacias reales)
3.-Estoy con Quinto en que sorprende el poco eco que ha tenido en el foro. ¿No será que los temas relacionados con el RD eclipsan, desgraciadamente, todo lo demás?
SaludosLa energía más limpia es la que no se consume
- 24/12/2006, 09:36 #14Forero
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hola a todos,
Estoy con vosotros, y sólo comentar que si seguramente la noticia no ha tenido más eco en la prensa y pocos comentarios en la prensa amarilla es porque en el fondo a las grandes empresas que invierten en renovales, lease constructoras, distribuidoras, etc, este incentivo no les afecta ya que que tienen otras líneas de deducciones e instrumentos financieros que les compensan esta eliminación.
O sea no importa porque a los de siempre no les afecta. Sólo a los pequeños que hacemoslas cuentas hasta el último euro para tratar de ser algo rentables.
Como resumen yo veo que ahora el escenario de la fotovoltaica está mucho más despejado para que las electricas y grandes inversionistas puden controlar el sector sin la molestia de los pequeños.
Al final habrá que seguir casi que por hobby.
Aprovecho para desear Felices Fiestas y todo lo mejor en el próximo Año 2007 para la familia del Foro Solar.
- 24/12/2006, 15:16 #15Forero
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Feliz Navidad a todos.
-De la cantidad invertida en años anteriores al 2007 se podrá deducir el 10% de la cuota líquida en 10 años.
-De la cantidad invertida en 2007 se podrá deducir el 8% en los 10 años sguientes y así sucesivamente.
-Para quien ya lo tenga invertido no cambia nada. Para los nuevos inversores la deducción va a ir disminuyendo en los próximos años.
- 29/12/2006, 01:51 #16Iniciado por Arr
- 03/01/2007, 11:56 #17Miembro del foro
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¿Qué quieres decir Jumanji?
- 03/01/2007, 14:45 #18
Haber si me aclaro.
Inversión 750.000 € dedución hasta ahora 10% = 75.000 € teoria.
Practica 75.000 € hasta diez años para deducirlos que serian 7.500 € año.
Para deducir 7.500 € de la cuota liquida tendremos que declarar en una S.L. la cantidad de 90.000 € x 25%= 22.500 € x 35% que es lo maximo permitido de dedución serian 7.875 € Asi que si no tenemos mas ingresos que los que de el sol la dedución se pierde en una medida importante por lo mismo la noticia no tiene un impacto inmediato.
Si los ingresos por venta de electricidad pueden rondar los 90.000 € año abra que deducir todos los gastos + 30.000 € de amortización como minimo por tanto puede quedar la dedución en un 5% +- el resto seguro que se pierde.
Asi son las cosas, al menos asi me esesoraron.
Saludos.
- 03/01/2007, 16:04 #19Forero Junior
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A una SL que se dedicación sea exclusiva en fv puede que no le afecte, pero a las personas físicas sí que se pueden aplicar el 10% de deducción. Y esto puede suponer un incremento de la rentabilidad de la inversión de hasta un 25% anual.
No entiendo cómo se intenta promover así a las ER. Están tomando medidas para cortar de golpe la inversión.
La idea creo que todos la estamos viendo pero el ¿por qué? es la pregunta del millón. Algún forero comentaba algo de un cambio tecnológico que haga ,este tipo de instalaciones, obsoletas en breve tiempo....
- 03/01/2007, 23:34 #20
Mal que nos pese, este tipo de medidas las llevamos previendo en este foro desde hace bastante tiempo.
Se ha dicho siempre que con el tiempo y a medida que se desarrolla el mercado, los costes se abaratarían y las producciones subirían. Por eso, es de esperar que las primas para las nuevas instalaciones sean cada vez menores en términos absolutos. De lo que se trata es de que la rentabilidad al final siga siendo la misma.
Todas las legislaciones mundiales por ejemplo tienen una prima fija, por lo que, teniendo en cuenta el IPC, en valor real de lo que se paga por kWh es cada año menor. Esto se hace para que TODO evolucione en la dirección de las bajadas de costes y el aumento de rendimientos y productividades.
No hay nada misterioso aquí. :roll:
- 27/02/2007, 19:33 #21Forero
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He consultado con un inspector de hacienda conocido mio sobre la interpretación de la nueva deduccion por inversion en medio ambiente y me ha contestado lo siquiente:
- Primero su sorpresa por la reducción de esta deduccion, lo lógico en estos tiempos sería que se mantenga o aumente, nunca que disminuya.
- Para la instalaciones conectadas a la red en 2006 o anteriores se aplica la deducción del 10% en la declaración del año siguiente y si no se ha podido deducir todo tienes 10 años para deducirtelo en las siguientes. Siempre claro que tengas ingresos para poder deducirte, con el limite del 35% de la Cuota Integra ( Casilleros 681 y 682 del IRPF)
- Para intalaciones conectadas a red este año 2007, la deducción es del 8%, y lo que no se pueda deducir el año que viene, se deduce .en los 10 siguientes, a ese mismo 8%.
Ejemplo. si mi cuota integra del IRPF casillas 681 y 682 es de 5000€; el 35% de dicha cantidad es 1750€ eso sería lo maximo que me puedo deducir. Si ademas me deduzco 750€ de inversion de vivienda habitual por ejemplo , solo podría deducir 1000 €
- Para instalaciones conectadas en 2008 deduccion del 6% y así sucesivamentevive como piensas o acabaras pensando como vives
- 27/02/2007, 19:54 #22Forero
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Perdonad que piense en "voz alta" y por favor que nadie se ofenda ni se de por aludido:
La verdad es que, Hacienda y el Ministerio de Industria y la CNE deben pensar que los inversores en fotovoltaica se están forrando: bajar prima, bajar incentivos fiscales, problemas para conectar, pegas por todos los sitios.
Al final, con el riesnfo asumido por los inversores que deben esperar entre 11 a 15 años a tener beneficios de verdad sólo están ganando a corto plazo ( inmediatamente sin asumir ningúin riesgo):
* los bancos,intereses 10-15 años fácil.
* fabricantes de paneles: cobrar a tocateja.
* instaladores y productores, ( que nadie se ofenda), márgenes que deben irse reduciendo.
Mientras el inversor procurando y cuidando que la instalación no se pare y que no se la roben, y pagando.
Esto se está complicando y hay mucha gente se se desanima al ver el panorama.
Saludos a todos.
- 02/03/2007, 18:27 #23Forero
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Un detalle para quienes estén invirtiendo y puedan deducirse todo el 8% de la inversión:
- Si pagas a tocateja la instalación te podrás deducir el 8% este año y el 6% el año que viene, dependiendo de si se conecta este año o el que viene.
Si pagas la instalación con un préstamo ídem.
Pero si lo haces mediante leasing, cosa muy curiosa, puedes deducirte cuando lo firmas, no cuando se conecta.
- Si alguien financia hoy y hasta el año que viene no se pone en marcha, mediante leasing de deducirá un 8%, mediante las otras fórmulas un 6%.
Artículo 35. Realización y mantenimiento de la inversión.
1. La inversión se entenderá realizada cuando los elementos patrimoniales sean puestos en
condiciones de funcionamiento.
2. Tratándose de elementos patrimoniales que sean objeto de los contratos de arrendamiento
financiero a que se refiere el apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley 26/1988 (NFL001459),
de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se considerará realizada la
inversión en la fecha de celebración del contrato, por un importe igual al valor de contado del
elemento patrimonial.
La aplicación de la deducción por la inversión en los elementos patrimoniales a que se refiere
el párrafo anterior estará condicionado, con carácter resolutorio, al ejercicio de la opción de compra.
Si no se ejercita la opción de compra, el sujeto pasivo deberá ingresar, juntamente con la cuota
correspondiente al período impositivo en que se hubiera podido ejercitar dicha opción, el importe de la
deducción aplicada con sus intereses de demora.
- 03/03/2007, 20:59 #24Forero
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No se si es publicidad, snino mandadme un privado:¿ qué entidades están facilitando leasing por el 100% de la instalación y que condiciones?
Gracias y saludos.
- 05/03/2007, 11:29 #25Miembro del foro
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Entidades: el Banco de Sabadell en mi caso.
Y no creo que sea publicidad, creo que debería ser información pública al igual que lo debería ser las buenas o malas prácticas de bancos, instaladores, promotores, administración, distribuidoras, etc.
Saludos