Resultados 1 al 6 de 6
  1. #1
    Woltaiko está desconectado Forero
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    nov 2006
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    166

    Predeterminado Alturas y retranqueos

    Sacarme de mi error:

    ¿Para una instalación en suelo el retranqueo mínimo por ley a las fincas colindantes es de 10 metros o ha cambiado esto?

    Respecto a la altura, ¿qué normativa marca la altura máxima que se puede coger con la estructura?.

    Gracias.

  2. #2
    Woltaiko está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    nov 2006
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    166

    Predeterminado Respuesta: Alturas y retranqueos

    Nadie sabe????

  3. #3
    MAyTE está desconectado Forero
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    sep 2006
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    163

    Predeterminado Respuesta: Alturas y retranqueos

    Cada autonomía tiene su propia ley del suelo, asi que lo mejor que puedes hacer es buscarla en internet, o preguntar directamente en tu ayuntamiento. Hasta es posible que algun ayuntamiento con Plan General de urbanismo tenga alguna disposición sobre el tema que difiera, restrictivamente por supuesto, con la autonómica. En Galicia son 5 metros entre fincas, con carreteras y caminos de titularidad municipal también 5, si la carretera es de la diputación es una vez y media la altura de lo que vas a poner medida desde la línea de arcén, si es nacional 25 metros desde línea de arcén. En fin que no está muy unificado el tema de los retranqueos que digamos.

  4. #4
    Cayo está desconectado Miembro del foro
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    sep 2008
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    Alicante
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    Predeterminado Respuesta: Alturas y retranqueos

    Hola Woltaiko, lo siento pero no había visto este tema hasta hoy.
    Según mi experiencia, MAyTE tiene razón en cuanto al tema de que cada Comunidad Autónoma tiene su regulación propia, e incluso, hay ayuntamientos que han elaborado una norma que especifica la volumetría máxima de la instalación, principalmente en entorno industrial.
    Te aconsejo que en cada ocasión recabes la información detallada. Por ejemplo: en una instalación sobre suelo, dependiendo de la C.C.A.A de turno podrás vallar sobre la misma linde de la parcela, en otras no. Las estructuras se tendrán que retranquear de la linde o del vallado en función de que el funcionario de turno entienda que es estructura ligera ó construcción ordinaria, es decir, si las estructuras están fijadas al terreno con micropilotes metálicos la distancia a linde es la menor posible dado que no existe hormigón en la cimentación, pero, ¡cuidado! resulta que si la caseta de transformadores o inversores tiene cimentación ordinaria y, como mi amigo el funcionario no tiene los criterios muy claros te puede obligar a retranquear más, no sólo la caseta sino ¡toda la instalación!. Por lo tanto cuando pidas información al respecto, que te la den siempre por escrito. Conozco más de un caso en el que estando la instalación en fase de construcción, ha llegado el documento oficial en el que la medida de retranqueo que indica no es la que te han dicho por teléfono en varias ocasiones. Así mismo en las medidas de servidumbre bajo la líneas eléctricas,
    el criterio tampoco está claro ya que en unas ocasiones viene determinado por la potencia de la línea, en otras por la distancia de los cables al suelo, en otras por la proyección en planta de los cables más una distancia de seguridad, etc, etc, etc.
    Ale, paciencia.

  5. #5
    MAyTE está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    sep 2006
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    163

    Predeterminado Respuesta: Alturas y retranqueos

    Puede ser que se muestren reacios a darte por escrito lo mismo que te estan diciendo de palabra. En estos casos puede valer aquello de "es para pasárselo al técnico (lease ingeniero. arquitecto)". Si no te conocen de nada es mejor pasar por el cliente antes que por el instalador. Si eres instalador los funcionarios dan por sentado que sabes todas las normas.
    Si tienes dudas de lo que te exponen, lo mejor es intentar acceder a las normas subsidiarias del ayuntamiento, suelen estar en internet.
    Suerte

  6. #6
    gardania está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    abr 2007
    Ubicación
    PALENCIA
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    396

    Predeterminado Respuesta: Alturas y retranqueos

    un saludo.

    en mi experiencia, deberías tener en cuenta tambien a la Diputación correspondiente. Que luego son todo sorpresas.

    Asiento con preguntar primero en la consejería de fomento de tu c. autónoma y en el ayuntamiento, pero en los casos en que los ayuntam. son pequeños, suele entrar diputacion.




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