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- 17/06/2008, 17:13 #1Miembro del foro
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Garantías de las instalaciones solares térmicas
Por más que he mirado en el CTE y en el nuevo RITE no habla nada de la garantía que debe ofrecer la empresa instaladora autorizada, es decir independiente del mantenimiento que obliga el RITE, si ocurre alguna avería como consecuencia del dimensionamiento o ejecución incorrecta de la instalación ¿durante cuanto tiempo soy responsable de la misma como empresa instaladora autorizada?. La unica referencia que he encontrado al respecto la marca el pliego de condiciones tecnicas del IDAE que habla de "periodo mínimo de 3 años, para todos los materiales utilizados y el procedimiento empleado en su montaje", pero claro esto es un pliego de condiciones tecnicas pero no tiene categoria ni de ley ni de RD, no soy un jurista,ni nada parecido, pero creo que no es obligado cumplimiento, como luego en el RITE ni el CTE se ha dicho nada, que opinais, sabe alguien algo concreto al respecto?. Creo que es importante que lo sepamos.
Un saludo.
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- 17/06/2008, 17:44 #2Miembro del foro
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Re: Garantías de las instalaciones solares térmicas
Bueno pues para añadir más leña al fuego acabo de descargarme de la pagina web de la junta de castilla la mancha lo que se supone es el documento oficial para el acta de recepción de la instalación (antes de que la administración de su visto bueno) y resulta que en el documento me encuentro lo siguiente:
PERIODO DE GARANTÍA: Se fija en .................................................. ........
ITE 06.5.3. Recepción definitiva y garantía
Transcurrido el plazo de garantía, que será de un año si en el contrato no se estipula otro de mayor duración, la recepción provisional se transformará en recepción definitiva, salvo que por parte del titular haya sido cursada alguna reclamación antes de finalizar el período de garantía.
Si durante el período de garantía se produjesen averías o defectos de funcionamiento, éstos deberán ser subsanados gratuitamente por la empresa instaladora, salvo que se demuestre que las averías han sido producidas por falta de mantenimiento o uso incorrecto de la instalación.
Tocate los..... ahora ve habla del antiguo RITE esto no hay quien lo entienda de verdad !!!!!
Algúno de los expertos que me eche una mano por favor, alguien habrá legalizado alguna instalación y habrá estado en esta disyuntiva no?? Gracias.
- 17/06/2008, 17:53 #3Miembro del foro
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Re: Garantías de las instalaciones solares térmicas
Olvidar lo que he puesto antes, me acabo de dar cuenta que la junta de Castilla La Mancha no se ha actualizado con respecto al nuevo RITE y lo tiene todo con la ley antigua, en fín sin comentarios, si los que nos tienen que guiar estan así.........
Con lo cual sigo con las misma duda que al principio, solo que ahora he averiguado que antes te exigian un periodo de año, independientemente de lo que te dijera el IDAE, pero ahora que?. Saludos y gracias.
- 18/06/2008, 18:33 #4
Re: Garantías de las instalaciones solares térmicas
Hola Tanoka,
Según lo que yo he encontrado todos los bienes de consumo tendran por ley un mínimo de dos años de garantía.
http://www.lasasesorias.com/es/publi.../ley232003.pdf
Entiendo que según esta ley, todo material que sea vendido al cliente tendrá esa garantía por lo tanto si la instalación falla en dos años el instalador debe hacerse cargo de las correspondientes reparaciones.
Me quedo a la espera por si alguien sabe algo más o estoy equivocado.