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  1. #1
    Avatar de MDOSOl
    MDOSOl está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Duda del nuevo RITE

    En la página de IngenierosIndustriales.com viene el siguiente texto ;
    “El criterio a seguir en Instalaciones solares térmicas es el marcado por el nuevo RITE, que hace distinción entre dos tipos de instalaciones solares, las que se ejecutan al mismo tiempo que un sistema convencional como apoyo a este, en cuyo caso la potencia térmica será la del sistema convencional, sin tener en cuenta los colectores, y las instalaciones que se ejecutan sin sistema convencional de apoyo o como reforma de una instalación térmica pre-existente, en las que debemos asignar 700 w por m2 de apertura de colectores como potencia térmica, con lo que se requeriría proyecto a partir de 100 m2 instalados”.
    Ahora bién tengo una duda....en la reforma de una vivienda que ya tiene una caldera para ACS y calefacción ¿ se considera esto una instalación térmica pre-existente?
    Un saludo para todos.

  2. #2
    Brann está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Hola MDOSOl,

    Yo lo entiendo así. El último proyecto que hice era también una instalación solar para unos vestuarios donde ya existía una caldera y un acumulador que no se iban a tocar. En este caso, por debajo de 100m2 de apertura de colectores, no haría falta proyecto. Yo estaba en 51 m2, pero me lo pedían de todas formas.

    Saludos.

  3. #3
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    MDOSOl está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Gracias por la contestación, mi duda radica en que si hay caldera y sólo pongo el equipo solar de 2 captadores de 2 mtrs cada uno son 4 mts cuadrados por 700 wts son 2800 wts por lo que al ser menor de 5 Kw ni siquiera hay que registrarlo
    Última edición por MDOSOl; 06/02/2008 a las 15:47

  4. #4
    Brann está desconectado Forero
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    Pues si como se ve, la potencia es menor de 5 kW, RITE en mano es como si instalaras un termo eléctrico común en una vivienda. Otra cosa es que quieras solicitar una subvención o ayuda. Ahí si tienes que rellenar papeles, dependiendo de la CCAA.

  5. #5
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    MDOSOl está desconectado Miembro del foro
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    Gracias de nuevo por tu respuesta.

  6. #6
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    Ra__ está desconectado Miembro del foro
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    Cita Iniciado por MDOSOl Ver mensaje
    hace distinción entre dos tipos de instalaciones solares, las que se ejecutan al mismo tiempo que un sistema convencional como apoyo a este, en cuyo caso la potencia térmica será la del sistema convencional, sin tener en cuenta los colectores
    ¿Cómo se estima la potencia del sistema de apoyo en este caso?¿Qué normativa lo recoge?
    Última edición por Ra__; 12/02/2008 a las 22:00
    "La sabiduría es la característica más poderosa que identifica al ser humano"

  7. #7
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    MDOSOl está desconectado Miembro del foro
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    La que te de el fabricante de la caldera, 20/20, 20/24...ya sabes que una cifra es acs y la otra calefacción.




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