acumulación solar y legislación legionela
En un proyecto de aprovechamiento de energia solar para agua caliente sanitaria de comunidad de vecinos numerosa, (mas de 50 viviendas). ¿Creeis que es posible disponer un volumen de precalentamiento de 10.000 litros sobre el que actue solo la energia solar, y otro depósito final en serie con el primero de 2.000 litros sobre el que actúe el sistema auxiliar para elevar la temperatura hasta los 60ºC cuando sea necesario?- Lo digo porque según el real decreto 865/2003 entiendo que es posible que alcanzando la temperatura de 60ºC en el depósito final para evitar la legionela es suficiente. Pero por otro lado leyendo el Rite y la ite2 por ejemplo parece que es necesario elevar la temperatura de todos los depositos en algun momento hasta 70ºC para el tratamiento antilegionela, y que además no debe nunca almacenarse agua a menos de 60 ºC. Gracias.