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  1. #1
    bajokera está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado dudas legales

    Hola voy a instalar a un particular un equipo solar de tubos de vacío con el acumulador incorporado y tengo la siguiente duda legal:

    el cliente me dice que no se va a poner calentador de gas ni caldera ni termo ni nada que le sirva de apoyo a la instalación solar,
    por otro lado el equipo que yo instalo lleva incorporado en el deposito una resistencia y al decirselo me dijo que eso es exactamante lo que quería y que ya le habían hablado de eso.
    Yo de dije que no se puede instalar la resistencia y que se la tendría que quitar y sellar, por lo menos hasta que pase los trámites pertinentes (que no se cuales son exactamente y me interesaria muchisismo que me informarais de cuales son, supongo que debe ser la cedula de habitabilidad y otras cosas) y luego una vez ya este viviendo en su casa pues que se ponga dicha resistencia y a funcionar cuando no haya sol como un termo eléctrico, eso es lo que le dije y eso es lo que queria. Pero le advertí que no pasaría la normativa que tenga que pasar con la resistencia puesta porque asi no se puede saber cuanta energia viene del sol y cuanta de la resistencia.
    La duda que me surge es que no se le pasaran los trámites tan solo con el aporte de agua caliente mediante la instalación solar, dudo mucho que sin un calentador que le garantice agua caliente pase la normativa.
    Supongo que si puedieras garantizar aporte de agua caliente con la instalación solar del 100% todo el año pues igual pasaria normativa pero ni este es el caso ni creo que eso se puede hacer.
    Por favor quien sepa de estos temas medio técnicos medio legales que me heche una mano
    Muchas gracias

  2. #2
    brunomiranda está desconectado Forero
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    Predeterminado

    La verdad se trata de un problema complicado, lo primero que tienes que determinar es si es de aplicación el CTE, en el caso de que no sea de aplicación el CTE, con el RITE vigente nadie te puede impedir conectar la instalación a la red, dado que el RITE antiguo (que es válido hasta el 29 de febrero) es un sistema perfectamente válido.

    Como hablas de cédula de habitabilidad, intuyo que es obra nueva, deberás enterarte en que fecha fueron concedidos los visados, y si el proyecto arquitectónico va por CTE o por normativa nueva.

    Si el proyecto debe ser acorde con el CTE, me temo que ninguna de las dos soluciones propuestas vale, la del cliente esta prohibida explicitamente por el CTE, y nadie autoriza una vivienda (o debería) sin generación "convencional" de ACS.

    El trasfondo de la cuestión es el engaño en el que vive el cliente, que cree que la energía solar va a cubrir el 100% de su demanda anual, cosa que no será posible salvo que la casa sea de uso estival o no se duche. Un termo de 50 litros vale 60 € + 2 horas de trabajo, anda que ....
    Bruno
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  3. #3
    bajokera está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Hola y antes de nada gracias por intentar resolverme esta duda,
    lo que me ha creado una duda de lo que dices es lo de si va por CTE o por normativa nueva, yo creia que la normativa nueva es el CTE y la vieja la NBE o de alguna manera también el Rite (aunque el CTE tambien hay veces que te remite al RITE)
    Me gustaría que me aclararas este asunto
    Por otro lado supongo por lo que dices al final es que lo que menos coste le implicaria seria poner un termo modulante al que le entre el agua caliente del depósito de acumulación solar y si es necesario se enchufe el termo para calentar más.
    Ha de ser un termo eléctrico especial, modulante o algo así? supongo que no, con uno normal que tenga un termostato uqe haga que solo se encienda la resistencia cuando el agua este por debajo de cierta temperatura bastaría
    Entonces qué es un termo modulante??

  4. #4
    brunomiranda está desconectado Forero
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    Me he equivocado, quería decir por CTE o normativa antigua. Ha sido un lapsus.

    Si es un termo (con acumulación) no ha de ser modulante, ser modulante es requisito para generadores instantáneos (sin acumulación) como calentadores o calderas murales.

    Un termo acumulador, sin necesidad de modulación.

    Saludos.
    Bruno
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  5. #5
    bajokera está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    ok todo claro,
    ahora bien no quiero rizar el rizo, pero me parece un poco ir en contra de la filosofia de la energia solar poner un termo eléctrico, porque el agua que tienes en el termo se va a enfriar y vas a tener que encender el termo para calentar esa agua cuando tienes en el deposito de acumulación solar (aguas abajo) agua caliente "gratuita". No se tal vez me equivoque pero me parece que es hacer un poco el tonto, así realmente lo óptimo sería poner sistemas de generación instantáneos.
    ¿es así? ¿es lógico lo que digo?¿ que soluciones véis entonces?
    si no se quieren gastar dinero seria poner una caldera instantánea lo mas baratita posible, que eso estará en 300 euros mas mano de obra

  6. #6
    bajokera está desconectado Miembro del foro
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    perdon queria decir el deposito de acumulación solar (aguas arriba)

  7. #7
    bajokera está desconectado Miembro del foro
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    bueno realmente, queria decir un calentador, no una caldera

  8. #8
    brunomiranda está desconectado Forero
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    Bajokera, en términos filosóficos coincido contigo, no obstante hay que pensar que la energía perdida por un acumulador bien aislado del que no se hace consumo es muy pequeña.
    Bruno
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  9. #9
    Pelle está desconectado Forero
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    Y como veis la idea de que el agua del acumulador de agua caliente del aparato solar pase primero por el termo acumulador y luego a la casa, de forma que por así decirlo el termo electrico saltase solo cuando el agua caliente este por debajo de cierta temperatura, o que este termo se conecte solo cuando el usuario vea que el agua del acumulador solar se encuentre por debajo de cierta temperatura.

  10. #10
    galindo está desconectado Miembro del foro
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    La resistencia de los de los acumuladores no se debe desmontar. Esta resistencia no es para calentar el agua para consumo, es para la desinfección termica. Instalando un pequeño termo electrico en serie, ademas de garantizar el ACS, estaras cumpliendo las nosmas contra la legionella RD865/2003.

    Nota: Te aconsejaría que instales una valvula de seguridad a la salida del equipo de tubos de vacio. He instalado estos equipos en Valencia, y elevan la temperatura facilmente por encima de los 70º. Incluso en invierno.

  11. #11
    Pelle está desconectado Forero
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    Cita Iniciado por galindo Ver mensaje
    La resistencia de los de los acumuladores no se debe desmontar. Esta resistencia no es para calentar el agua para consumo, es para la desinfección termica. Instalando un pequeño termo electrico en serie, ademas de garantizar el ACS, estaras cumpliendo las nosmas contra la legionella RD865/2003.

    Nota: Te aconsejaría que instales una valvula de seguridad a la salida del equipo de tubos de vacio. He instalado estos equipos en Valencia, y elevan la temperatura facilmente por encima de los 70º. Incluso en invierno.
    En la empresa donde trabajo montamos colectores planos normales y corrientes de la marca AMCOR, y estamos haciendo unas pruebas con un equipo forzado, y con las prisas el técnico habia montado el circuito primario con 1 metro de cobre y el resto de tubo multicapa (isoltubex) que segun fabricante aguantan hasta 110º y en apenas 2 horas que salió el sol deshizo el tubo multicapa que estaba unido al metro de tubo de cobre para que perdiese algo de temperatura.
    El tubo de vacio calienta mas que los colectores planos asi que no me extraña que te suba la temperatura




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