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Tema: LEGIONELA
- 12/04/2007, 09:30 #1Miembro del foro
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LEGIONELA
Hola, tengo que hacer una instalación solar termica para produccion de ACS en un Camping, y tengo una duda con la legionela. En el camping ya hay un acumulador de ACS que tiene su tratamiento antilegionela, y la instalación solar ira conectada a ese acumulador, mi prgunta es: si el acumulador solar tambien tiene que tener tratamiento antilegionela y en invierno no he conseguido los 60 ºC en todo el dia y tiene que entrar la caldera para llegar a esos 60ºC, entonces total los ahorros que puede producir una instalación solar no son reales. No tengo nada claro lo de la legionela si alguien me puede hechar una mano.
Por otro lado a la hora de realizar una instalación solar, por ejemplo en este camping, que tramites administrativos hay que seguir, lo sabe alguien?Licencia de obra? Proyecto?
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- 12/04/2007, 14:41 #2Miembro del foro
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Creo que el sistema antilegionela ,ha de estar instalado en el ultimo deposito antes de consumo y en tu caso ya esta instalado por lo que dices.En el caso de que no alcances la temperatura mínima de 60 ºC en el deposito solar,has de tener la norma que te cito abajo, ya que esta condición debe de ser cumplida por el deposito auxiliar.
Artículo 7, apartado 1.i) del RD 865/2007:
"Cuando se utilice un sistema de aprovechamiento térmico en el que se disponga de un acumulador conteniendo agua que va a ser consumida y en el que no se asegure de forma continua una temperatura próxima a 60 °C, se garantizará posteriormente, que se alcance una temperatura de 60 °C en otro acumulador final antes de la distribución hacia el consumo."
Al tener dos depósitos también tienes la posibilidad de conectar los dos depósitos para que puntualmente mediante aportación auxiliar aumentes la temperatura del acumulador solar,esta posibilidad la contempla el
CTE HE 4 – 12 :
Para instalaciones prefabricadas según se definen en el apartado 3.2.1, a efectos de prevención de la legionelosis se alcanzarán los niveles térmicos necesarios según normativa mediante el no uso de la instalación. Para el resto de las instalaciones y únicamente con el fin y con la periodicidad que contemple la legislación vigente referente a la prevención y control de la legionelosis, es admisible prever un conexionado puntual entre el sistema auxiliar y el acumulador solar, de forma que se pueda calentar este último con el auxiliar. En ambos casos deberá ubicarse un termómetro cuya lectura sea fácilmente visible por el usuario. No obstante, se podrán realizar otros métodos de tratamiento antilegionela permitidos por la legislación vigente.
Hay otros mensajes en el foro que hablan de este tema.
Saludos
- 12/04/2007, 23:00 #3Forero
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Creo que el mensaje de Revend ha sido muy ilustrativo. Gracias.
- 05/12/2007, 13:24 #4Miembro del foro
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Buenas tardes,
Como bien decía Revend, el CTE dice textualmente en su punto 3.3.3.1.4 lo siguiente:
"...Para instalaciones prefabricadas según se definen en el apartado 3.2.1, a efectos de prevención de la legionelosis se alcanzarán los niveles térmicos necesarios según normativa mediante el no uso de la instalación"
¿Cómo se interpreta eso del no uso de la instalación? ¿A qué se refiere?
Un saludo.
- 05/12/2007, 16:23 #5Forero
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Entiendo que se refiere a utilizar un bypass, que de manera automática evite el uso del depósito solar periódicamente, para conseguir alcanzar temperaturas elevadas. Por ejemplo emplear una válvula de tres vías desviadora que evite el uso del agua del depósito solar hasta que el agua del mismo permanezca a 70ºC seguidos 2 horas por semana. De esta manera, el agua fría irá directamente al sistema convencional.
Particularmente prefierio una conexión puntual entre el sistema convencional y el solar, sobre todo para sistemas grandes. Una bomba que recircule agua entre la salida del depósito convencional y la entrada del solar mientras se hace el ciclo antilegionella.
Un cordial saludo.
- 05/12/2007, 21:40 #6Miembro del foro
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Entendido, alto y claro.
Gracias Bruno.
Saludos