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Tema: 70 kw
- 05/10/2009, 00:28 #1Miembro del foro
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70 kw
¿Qué quiere decir "potencia térmica nominal de 70 Kw"? ¿se refiere a la energía de apoyo?
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- 10/10/2009, 17:51 #2
Respuesta: 70 kw
1 kW*h= (1000 J/s)*(3600 s) =3600000 J 1 J = 0.293 calorias. Reemplazando: 1 kW*h = (3600000) * (0.293 calorias) = 1054800 calorias ... 1 kw.h ...si lo multiplicas x 70 te dara la potencia de esa caldera en calorias sea de apoyo o no,es indiferente,yo en mi caso no podria manipular una caldera de mas potencia por normativa claro,seria la media de potencia maxima que genera, un saludo
- 13/10/2009, 21:40 #3Miembro del foro
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Respuesta: 70 kw
Muchas gracias, entonces puedes instalar sin proyecto según el rite hasta 70 kw, ¿también puedes relizar algún tipo de instalación solar térmica sin proyecto?
- 14/10/2009, 09:20 #4Forero
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Respuesta: 70 kw
Hola Soliloquio,
El RITE,a falta de mejor opción ya que la potencia de un panel depende de la radiación, especifica la potencia de un panel solar térmico en 700W/m2. Así, multiplicando el área de captadores por 0,7 tienes la potencia en kW de la instalación.
Adjunto imagen de tabla para saber cuando es necesario proyecto.
P<5kW ->Nada
5<P<70 ->Memoria Técnica
P>70 ->ProyectoÚltima edición por BMF; 14/10/2009 a las 09:43 Razón: Cambio tabla por imagen
- 15/10/2009, 21:29 #5Miembro del foro
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Muchas gracias de nuevo; entonces según 0,7Kw/m2 hasta 100m2 de campo de captadores no haría falta proyecto. No puede ser!.
Con el carné de Calefacción, se puede instalar solar térmica?
- 16/10/2009, 09:24 #6Forero
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Pues si puede ser.
50 paneles (aprox) suele ser el límite de industría para pedirte el proyecto visado.
No esoy seguro si hacen falta los 2 carnés (ACS+Calefacción) o sólo con el de calefacción vale.
- 18/10/2009, 01:55 #7Forero
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Varias cosas:
1.- No existe el carné de ACS, solo calefacción y ACS (Carné de instalador categoría A) según el RITE 1998 o carné de instalaciones térmicas según el RITE de 2007. Para legalizar una instalación debes cumplir los requisitos exigidos a las empresas instaladoras de instalaciones térmicas en tu Comunidad autónoma, que incluyen alta en la seguridad social, ser autónomo o forma juridica (sociedad o similar), tener un operario con carné (que puedes ser tu mismo), tener seguro de responsabilidad civil, estar inscrito en el registro de establecimientos industriales, etc ...
2.- La potencia a computar en una instalación solar que se ejecute con sistema de apoyo convencional (como caldera o termo) es unicamente la del sistema convencional (potencia de la caldera o termo).
3.- Instalaciones de menos de 5 kw en general, instalaciones de calentadores o termos de menos de hasta 70 kw e instalaciones de termosifones no requieren legalización alguna.
4.- Si solo se ejecutan captadores solares, sin apoyo convencional, o en ampliaciones de instalaciones donde solo se ejecute la parte solar (esto varía según la comunidad autónoma) la potencia a efectos administrativos se considera a razón de 0,7 kw por m2 de superficie de apertura.
5.- Cuando pegues una tabla, estaría bien que citases la procedencia, si la conoces.
Saludos.
- 18/10/2009, 13:27 #8Forero
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Hola,
1,2,3,4 - Estoy deacuerdo. Buena respuesta
5-Elaboración propia en base al RITE 1998 y 2007 y Decreto de Consejería de Industria del País Vaco (no recuerdo cual)
Saludos
- 19/10/2009, 17:38 #9Forero
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¿Elaboración propia? Esa tabla la elaboré yo hace unos años y de hecho, con es mismo estilo, esta sacado de una entrada de mi blog editada por última vez el 12 de octubre de 2007.
http://www.instale.com/ingenieros/le...ares-termicas/
Cuidado con la tentación de atribuirse el trabajo de los demas.
- 19/10/2009, 20:59 #10Forero
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Respuesta: 70 kw
Huy, pues es verdad
Mis disculpas, hace tanto tiempo que la tengo que me he confundido con la fuente.
Eso sí, yo la pasé a pdf.
PD: lo de la tabla no tiene excusa, pero tenía la tabla en un word con varias cosas más (que no son las de tu página) relacionadas con trámites y no recordaba que la tabla era copiada.
- 24/10/2009, 12:39 #11Forero
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Muy bien, queda aclarado.
- 28/10/2009, 12:04 #12Forero
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Respuesta: 70 kw
Con referencia a la legalizacion...
Se da el caso y es real, me consta, que por un solo panel tambien se ha de presentar proyecto visado.
El caso, un edificio que lleva una caldera de mas de 70 kw.
Se hace una instalacion de ACS de un solo panel.
RITE:
Cuando en un mismo edificio existan múltiples
generadores de calor, frío, o de ambos tipos, la potencia
térmica nominal de la instalación, a efectos de determinar
la documentación técnica de diseño requerida, se obtendrá
como la suma de las potencias térmicas nominales de
los generadores de calor o de los generadores de frío
necesarios para cubrir el servicio, sin considerar en esta
suma la instalación solar térmica.
En el caso de las instalaciones solares térmicas la
documentación técnica de diseño requerida será la que
corresponda a la potencia térmica nominal en generación
de calor o frío del equipo de energía de apoyo
RESULTADO
Como es obligatorio el proyecto visado de calefaccion, para instalar un solo panel, tambien es obligatorio proyecto visado.
Caso, real y veridico.