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Tema: retorno invertido
- 14/06/2009, 21:24 #1Miembro del foro
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retorno invertido
¿Alguien me puede decir que significa el retorno invertido? Porque yo pensaba que era que distribuir el agua fría a las baterías de forma llevo la tubería a la batería más lejana y desde ahi empiezo a distribuir de forma que dejo el agua fría primero en la batería más lejana y después en el resto, terminando por la batería más cercana a la alimentación.
Es así?
muchas gracias
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- 14/06/2009, 22:51 #2
Respuesta: retorno invertido
Hola Laurasolar,
Es como describes. La idea del retorno invertido es equilibrar las pérdidas de carga de forma que asegures una distribución uniforme de circulación en la línea de captadores. Si no lo hiceras así, los captadores que están más cerca tendrían menos pérdida de carga con respecto a los últimos, el caudal sería entonces diferente y el salto térmico también.
Saludos
- 16/06/2009, 14:22 #3Miembro del foro
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Respuesta: retorno invertido
gracias vega.
Y esto del retorno invertido es obligatorio? o si yo tengo una instalación ideal equilibrada de por si, incluso sin válvulas de equilibrado tengo q poner retorno invertido igualmente? Supongo que el retorno invertido está como primera opción si al diseñar los circuitos no te salen equilibrados. Y las válvulas de equilibrado en segunda opción.
un saludo
- 16/06/2009, 16:08 #4
Respuesta: retorno invertido
Hola laura
Te paso lo que dice la normativa:
El RITE en IT 1.2.4.2.7 Redes de Tuberías: Se conseguirá el equilibrado hidráulico de los circuitos de tuberías durante la fase de diseño empleando válvulas de equilibrado, si fuera necesario
El CTE en 3.3.2.2 Conexionado: La conexión entre captadores y entre filas se realizará de manera que el circuito resulte equilibrado hidráulicamente recomendándose el retorno invertido frente a la instalación de válvulas de equilibrado.
Se puede deducir que lo 'obligatorio' será diseñar el circuito equilibrado, el método puede ser ya el que tu quieras
Saludos
- 16/06/2009, 17:08 #5Miembro del foro
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Respuesta: retorno invertido
gracias sdelarbol. Es q lo obligatorio me trae un poco de cabeza. Por ejemplo, según el he4 está prohibido poner una resistencia eléctrica en el acumulador solar. Sin embargo, si yo pongo un sistema de termosifón en mi casa (q no es de nueva construcción) y no quiero pedir subvención, también me afecta la prohibición que comento sobre la resistencia eléctrica???
un saludo
- 17/06/2009, 00:27 #6
Respuesta: retorno invertido
A mi modo de ver, si tienes una vivienda independiente, no te debería afectar (si como dices, no quieres pedir subvención, que es otro tema), más que otra cosa, porque no creo que te puedan controlar qué es lo que vas a instalar y no necesitas licencia de obras (creo...)
- 18/06/2009, 15:31 #7
Respuesta: retorno invertido
Hola compañeros, del tema de cumplir o no la normativa es libre de cada cual, pero ya se ha tratado en el foro (no encuentro el post, cachis!).
En principio, montar el termosifón es como una reforma de la vivienda por lo que si te afecta el cumplimiento del CTE y RITE, pero como la instalación no necesita registrarse (es de poca potencia) puedes 'saltarte' las normas...
Como digo, hay un post por ahi que hablamos sobre los de la resistencia en el acumulador solar...
Y claro está que si se va a pedir subvención, ya es otro cantar....
Saludos
- 18/06/2009, 18:30 #8Miembro del foro
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Respuesta: retorno invertido
bueno a mi entender lo prohivido es prohibido, si se le pone la resistencia tendriamos un termo electrico y el consiguiente gasto, por que esas resistencias consumen un pico.
- 18/06/2009, 18:35 #9