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- 24/04/2006, 01:12 #1Miembro del foro
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Existe Tª límite de suministro ACS
Hola,
existe Tª límite de suministro de ACS a la vivienda particular? En que reglamento está incluido?
Creo haber leido algo al respecto pero lo encuentro en el RITE. En el caso de que exista como lo solucionariamos. ¿ Colocando un mezclador a la salido del auxilar?
Muchas gracias
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- 25/04/2006, 17:59 #2Miembro del foro
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Hola Ricardo
En una vivienda unifamiliar no se reglamenta con exactitud la temperatura de preparación ni de almacenamiento del acs.
Te dice que se preparará de acorde a su temperatura de uso deseada, entiendo que si la quieres a 40 pues a 40, y el que la quiera a 60 a 60.
De hecho pregunté acerca de la acumulación en vivienda unifamiliar, y dado que se entiende que el deposito está contínuamente renovandose, podemos almacenar el agua a la temperatura que queramos, y a la salida del mismo una valvula mezcladora si la temperatura de acumulación es superior a la que deseamos para el consumo.
Saludos
- 26/04/2006, 00:10 #3Miembro del foro
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Hola Romu,
me refería a problemas de seguridad en caso de que un día con bajo consumo y mucho sol, el agua pueda alcanzar temperaturas peligrosas para su uso. Con regulación diferencial el problema tiene dificil solución.
A nivel de eficiencia la solución del mezclador me parece buena. Son fiables para este tipo de uso?
Gracias y un saludo
- 26/04/2006, 10:45 #4Miembro del foro
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claro que puede ser peligroso, de hecho se recomienda, que si se pasan períodos de tiempo largos sin utilizar la instalación y la radiación solar es elevada lo más fiable para que no haya problemas en la instalación es tapar los colectores; de esta forma no habria un sobrecalentamieto en los circuitos, pudiendo llegar a dañar la instalación.
- 26/04/2006, 12:21 #5Miembro del foro
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Hola a todos:
Bueno Ricardo supongo que tu pregunta se refiere a si hay alguna temperatura máxima de suministro, es decir el agua con la que nos duchamos, fregamos,etc es decir el agua de consumo.
Según el nuevo codigo técnico de edificación en el documento HE4 y concretamente en el apartado 3.2.2.3.2 nos dice que el ACS no puede exceder en los puntos de consumo los 60ºC y si a la salida del acumulador esta temperatura es superada es necesario el uso de un sistema automático de mezcla para disminuir esta temperatura.
Exactamene:
"3.2.2.3.2 Protección contra quemaduras.
1 En sistemas de Agua Caliente Sanitaria, donde la temperatura de agua caliente en los puntos de consumo pueda exceder de 60 °C debe instalarse un sistema automático de mezcla u otro sistema
que limite la temperatura de suministro a 60 °C, aunque en la parte solar pueda alcanzar una temperatura superior para sufragar las pérdidas. Este sistema deberá ser capaz de soportar la máxima temperatura posible de extracción del sistema solar."
Respecto a las temperaturas máximas dentro del circuito será la máxima que puedan soportar los elementos del circuito.
Hay dos apartados que lo especifican el 3.2.2.3.1 y el 3.2.2.3.3 si los quieres me los pides y los adjunto en otro mensaje.
Un saludo a todos. Esper haber servido de ayuda
- 26/04/2006, 18:56 #6Miembro del foro
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Gracias karhas,
no te preocupes que tengo el HE4.