Buenos días,
- A la hora de abrir un expediente de autoconsumo colectivo se deben indicar los CUPS afectados, es decir, los suministros de cada una de las viviendas en la comunidad. Una vez definido esto se predefinirá un coeficiente de reparto, es decir, cuanta producción energética debe distribuirse a cada suministro. Suponiendo que hubiese 10 suministros, se haya pagado la instalación de manera conjunta y se quiera hacer de manera fija y equitativa se fijaría un coeficiente de reparto del 10% en cada suministro.
- El tipo de conexión sería de 'conexión en red interior de una instalación colectiva en edificios con centralización de contadores'. En una centralización de contadores, todos los equipos de medida deben conectarse en paralelo al embarrado general.
* Para facilitar la explicación deseo realizar un apunte sobre el denominado punto frontera. Se trata del punto de unión con la red de distribución. *
En este caso el punto frontera será el mismo para toda la comunidad. La instalación fotovoltaica deberá incluir un contador de generación neta en el punto frontera. Cada uno de los suministros, como sucede en una centralización de contadores, deberá tener un contador en el punto frontera de tipo bidireccional.
** Los consumidores asociados mantendrán sus equipos de medida de consumo (la distribuidora activará el modo bidireccional cuando se realice el alta del autoconsumo) y únicamente se instalará un equipo de medida nuevo, el contador de generación neta de la instalación, para medir la generación. **
Archivo adjunto 30604
- La tipología de autoconsumo sería la siguiente:
Clasificación: Colectivo
Modalidad: Con Excedentes (Con Compensación)
Proximidad Generador-Consumidor: Red Interior (Instalaciones de Enlace)
Esquema de Medida Real: B3
Tabla 113 CNMC Código de Consumo: 42
Tabla 113 CNMC Código SS.AA.: n/a
Tipología de Autoconsumo CNMC: 42-B
- La gestión de los excedentes se realiza de forma individual para cada consumidor asociado. Es decir, si un consumidor asociado tiene excedentes en una hora concreta, esos excedentes se le compensarán a él individualmente en su factura y de forma independiente para cada uno de los asociados.
- La instalación fotovoltaica puede realizarse de cualquier forma (inversores o microinversores) ya que el único requisito es que su conexión debe realizarse al punto frontera (aguas arriba de la centralización de contadores, entiéndase como el punto intermedio entre el contador de los consumidores, que se encuentran en paralelo, y la red de distribución).
- La dificultad que entraña su legalización depende de la profesionalidad y experiencia de cada instalador que así lo tramite.
Espero haber resuelto todas o la mayoría de tus dudas.
Un Saludo.