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- 29/01/2020, 00:29 #26
Re: Configuración híbrido en paralelo.
NODERED y el Autoconsumo Fotovoltaico
NO RESPONDO PREGUNTAS TECNICAS POR PRIVADO. SOLO EN FORO PUBLICO, asi sirve para todos.
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- 29/01/2020, 06:33 #27Forero
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Ok. Esta mañana lo vuelvo a hacer.
- 29/01/2020, 12:13 #28Forero
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Ya he realizado la comprobación completando la acción de escape cómo me pides y tampoco se escucha ningún relé.
- 29/01/2020, 17:55 #29
Re: Configuración híbrido en paralelo.
NODERED y el Autoconsumo Fotovoltaico
NO RESPONDO PREGUNTAS TECNICAS POR PRIVADO. SOLO EN FORO PUBLICO, asi sirve para todos.
- 05/02/2020, 21:05 #30Forero Junior
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Por ley las las tierras de la instalación fotovoltaica deben de ser independientes de la del neutro de la E.D. y de la de las masas de la edificación....
- 05/02/2020, 22:06 #31Forero
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Sabes qué ley es la que dice que tienen que ser independientes de las masas del edificio?
- 05/02/2020, 22:36 #32Forero Junior
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
.
Cuando he dicho ley me refiero al REBT, ITC-BT 40 punto 8.2.3. También te digo que luego en la práctica se conecta la tierra de continua y de alterna a la Tierra del edificio.......para que te hagas una idea, lo que suelen mirar las OCAs es la continuidad y poco más. En teoría no tiene mucho sentido separar las tierras ya que la pica que tú coloques estará a escasos metros de la estructura de tu edificio....
- 05/02/2020, 23:20 #33Forero
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Gracias.
Se que este tema de las tierras en controvertido. Fíjate que este punto dice que las tierras tienen que estar separadas
Pero entiendo que se refiere a la tierra del centro de transformación, que está conectada al neutro, de la tierra de nuestra instalación e instalación receptora (la de nuestra casa) como se aprecia en el siguiente dibujo:
Lo comenté por otro lado. APSystem, un conocido fabricante de microinversores, que como sabes se fijan directamente en la misma estructura de los paneles y proporciona directamente los 230 V desde el tejado por un cable de fase, neutro y tierra, tiene unido interiormente el cable de tierra de 230 V con la carcasa que va fijada en la estructura, por lo que es imposible separar ambas tierras.
En resumidas cuentas, pienso que la tierra de la estructura debería estar unida a la tierra de nuestra casa y esta tierra separada de la del centro de transformación cuando está conectada al neutro.
- 06/02/2020, 00:35 #34Forero Junior
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Cierto, no leí bien. Dejo enlace que ya encontré hace un tiempo porque aquí si dice lo que comentaba
https://www.solarweb.net/forosolar/f...ovoltaica.html
Como dicen en ese post, la única posible explicación es la separación galvanica...Que como tú bien dices, en casos donde se conecten microonversores o estructuras fijas de los modulos en cubiertas de chapa carece de sentido.
Saludos
- 06/02/2020, 00:49 #35Forero
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Pero ese enlace es de 2005 y la "Guía Técnica" del Ministerio de Industria y Energía que estamos comentando es de 2013 y la sacan justo para dar normas de las instalaciones fotovoltaicas, entre otras, que hasta entonces estaban un poco en el limbo.
Mira lo que dice esta Guía Técnica en el preámbulo:
Imagínate una instalación FV colocada en un tejado de chapa en la que ésta tiene una tierra y la instalación otra diferente. Yo no sería el que me subiera a ese tejado a trastear con la instalación FV.
- 06/02/2020, 01:22 #36Forero Junior
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Yo me refería al punto 12 del RD 1663/2000, desconozco si ya esta derogado
Las masas de la instalación fotovoltaica estarán conectadas a una tierra independiente de la del neutro de la empresa distribuidora de acuerdo con el Reglamento electrotécnico para baja tensión, así como de las masas del resto del suministro.
Si puedes pasa enlace de esa guia
- 06/02/2020, 11:59 #37Forero
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Re: Configuración híbrido en paralelo.
Yo lo interpreto así:
Ese Real Decreto 1663/2000 que comentas, es del año 2.000 y es muy escueto en cuanto al tema de masas. Tanto es así, que eso es lo único que dice en relación a las tierras:
"Artículo 12. Condiciones de puesta a tierra de las instalaciones fotovoltaicas. La puesta a tierra de las instalaciones fotovoltaicas interconectadas se hará siempre de forma que no se alteren las condiciones de puesta a tierra de la red de la empresa distribuidora, asegurando que no se produzcan transferencias de defectos a la red de distribución. La instalación deberá disponer de una separación galvánica entre la red de distribución de baja tensión y las instalaciones fotovoltaicas, bien sea por medio de un transformador de aislamiento o cualquier otro medio que cumpla las mismas funciones, con base en el desarrollo tecnológico.
Las masas de la instalación fotovoltaica estarán conectadas a una tierra independiente de la del neutro de la empresa distribuidora de acuerdo con el Reglamento electrotécnico para baja tensión, así como de las masas del resto del suministro."
Como este tema de la instalaciones generadoras y la fotovoltaica en particular estaba en auge, en el 2013 sacan esta nueva normativa para aclarar detalles de la instalación, la ITC BT-40 de 9 páginas en la que no veo que ponga por ningún sitio que se separe la tierra de la FV de la tierra de la vivienda.
Más adelante sacan una "Guía de Aplicacion BT-40" de 54 páginas con comentarios en azul para aclarar conceptos:
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/r...40_sep13R1.pdf
Tanto en la guía como en el ITC no dicen en ningún punto de separar estas tierras, al contrario dice:
"Se conectarán las masas de la instalación (FV en nuestro caso) y receptora (nuestra vivienda) a una tierra independiente de la del neutro de la Red de Distribución Pública"
Y aquí pienso que viene toda la confusión con la palabra independiente. Pero aquí se refiere simplemente que no podemos unir nuestra tierra al neutro de la instalación de 230 V de la red porque ya la tienen unida en la central de transformación.
Si esta BT-40 sale para aclarar conceptos y ya se sabía la confusión que había con las tierras, lo podían haber dicho claro y reafirmar lo que decía el RD 1663/2000 de "separar tierra FV de tierra del resto del suministro" y ya ves que no lo dice.
Y para terminar con las normativas sobre este tema, en el 2019 el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril modifica algunos aspectos de la BT-40, pero no hace ninguna corrección al tema de tierras.