Resultados 1 al 7 de 7
Tema: Dudas Instalación FV
- 31/05/2007, 13:42 #1Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- nov 2006
- Ubicación
- Valencia
- Mensajes
- 537
Dudas Instalación FV
Estoy en la siguiente situación: Un cliente me pide una instalación FV de conexion a red de 9 kWp aprox. en su vivienda. El caso es que no se si aconsejarle que lo ponga a su nombre o al de la empresa. El es medico protanto no se desgravaria IVA. QUe me aconsejais? A su nombre o al de la empresa? Y porque? Muchas gracias de antemano.
Renovarse o morir...
-
- 31/05/2007, 16:10 #2
Renova, depederá de la situación financiera de cada uno.
Si lo pone a su nombre, le aumentará sus ingresos y tributarán todos los ingresos a un tipo mayor.
Si lo pone a nombre de la empresa, lo mismo, pero probablemente el tipo será menor. Ahora bien, si la empresa la crea exclusivamente para este fin y financia la instalación, no tendrá cuota líquida sobre la que aplicar la deducción del 8% por inversión en el medio ambiente. Pero si la empresa esta creada y tiene suficiente cuota líquida pues mucho mejor.
Y si lo paga sin financiación, pues también podría aplicar dicha deducción..... bla, bla, bla....
En cuanto al tema del IVA, si tiene derecho a deducírselo ya que para la explotación fotovoltaica es una actividad económica (con su correspondiente alta en el IAE) sujeta a declaración de IVA tanto soportado como repercutido, con lo que el que IVA que pagas, lo recuperas.
En mi opinión el caso más favorable es ponerlo a nombre de una empresa que ya esté creada y que tenga beneficios.
Conclusión: DEPENDE de la situación financiera de cada cliente.
Saludos."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 31/05/2007, 16:36 #3Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- nov 2006
- Ubicación
- Valencia
- Mensajes
- 537
Muchas gracias por la respuesta aunque tendre que repasarla detenidamente porque me perdido un poco... La economia no es lo mio... Según me has dicho si que puede desgrabarse el IVA debido a que la actividad economica de la planta es distinta, es asi? como si fuese otro negocio a nombre de la misma empresa? Y si la vivienda la tiene a su nombre. Tendra que hacer algun tipo de contrato para que conste que la empresa puede disponer de ese suelo para la instalación? Muchas gracias denuevo...
Renovarse o morir...
- 31/05/2007, 23:24 #4
Urge visita al asesor financiero/fiscal con los datos particulares de tu cliente 8)
Por otro lado, también puedes contratar los servicios de alguna gestoría que tenga experiencia en estos menesteres (p.e. Gesplasol).
Yo la tengo contratada para mi instalación particular. Está a nombre de mi padre, que está jubilado y ya nos han devuelto el IVA de lo pagado en 2006.
Hazme caso, "zapatero a tus zapatos" y los temas financieros, si no los tienes claros .... gestoría al canto.
Saludos."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 05/06/2007, 17:49 #5Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- Barcelona
- Mensajes
- 11
Buenas jor-sol,
estoy totalmente deacuerdo contigo en cuanto que lo más seguro es acudir a expertos en la meteria. De todas maneras una pregunta (y así me ahorras la visita, solo de momento...). :lol:
Yo trabajo para una empresa de "reciente creación" para promover parques solares. Así que como buen arranque esperamos pocos (o nongún) beneficio los primeros años, lo que no quita que no queremos renunciar a la deducción del 8% por inversión medioambiental (ni a la del 6% del año que viena, ni a la del 4% del...).
¿Sabes de cuanto tiempo disponemos para dichas deducciones? Si no voy mal asesorado son 5 años, pero quería confirmarlo, pues mis asesores de momento vienen de otros sectores, y me dejan alguna duda...
Un saludo y gracias de antemano :!:
- 05/06/2007, 23:57 #6
Para aplicar la deducción correspondiente tienes 10 años.
Un ejemplo, supongamos que tienes una instalación finalizada en 2007 y cuya inversión fue de 100.000 €. Podrás deducirte el 8% (8.000€). En la declarción de renta, introduces los ese importe y te dice cuanto puedes aplicar ese año (según la cuota integra que tengas) y cuanto te queda pendiente para aplicar en los próximos 9 años. Si la has aplicado toda p.e. en 4 años pues mejor y si al finalizar los 10 años, no la has podido aplicar, la pierdes.
Si esa misma instalación se finalizase en 2009, pues tendrías 6.000€ a aplicar (6%) durante un máximo 10 años.
Espero haberte aclarado la duda. Saludos."Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"
Mario Benedetti
- 06/06/2007, 09:43 #7Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- Barcelona
- Mensajes
- 11
Más claro agua
Muchas gracias!