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Tema: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
- 10/11/2015, 13:17 #76Forero Junior
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
Muchas gracias Tejota por tu aportación, me ha resuelto la duda de cómo calcular el cargo fijo. Como dices, al menos para el sector domestico, cuyas potencias contratadas sean inferiores a 10 kW, parece que la penalización no es tan grave, ya que solo se pagaría el término fijo, que en el caso del ejemplo supondría 26,7 euros.
Tengo varias cuestiones más que me han surgido, a ver si podrías aclararme:
- ¿Esos 26,7 euros son al año o por mes?, es decir, cuando recibamos la factura de la comercilizadora, vendrá detallado esos "26,7 euros" por cada factura que recibamos. Es decir al año realmente serían 26,7 x 7 (suponemos que recibimos 7 facturas) =186,9 euros al año
- El anexo I, punto 9, determina la potencia de aplicación de cargos en función de si existe o no, un equipo de medida de la energía autoconsumida. La duda es, si instalo un equipo de medida y uso bateria, ¿debo de pagar el cargo fijo? (entiendo que no, por lo que dice el apartado a). Se que si no tengo equipo de medida y uso bateria, estaré sujero al cargo fijo.(por lo que el apartado b).
- ¿Están sujetos el cargo fijo y cargo variable a los siguientes impuestos: IVA, Impuesto especial sobre la electricidad? (me ha parecido leer en algún lado que no)
-En el caso de que no use baterias y vierta a la red los kWh excedentarias, ¿están retribuidos?
Haciendo referencia al artículo 14 del RD “Régimen económico de la energía excedentaria y consumida”, el punto 3 dice: “para que pueda percibirse contraprestación económica por el vertido de energía a la red, la instalación deberá estar acogido a la modalidad de autoconsumo tipo 2.” (esto ya nos indica que el autoconsumidor tipo 1 no tendrá contraprestación). “El productor acogido a la modalidad de autoconsumo tipo 2 percibirá por el vertido horario definido en el artículo 3 las contraprestaciones económicas correspondientes, de acuerdo a la normativa en vigor. En el caso de instalaciones con régimen retributivo específico, se aplicará éste, en su caso, sobre dicho vertido horario. La regulación del factor de potencia se realizará y se obtendrá haciendo uso del equipo de medida de la instalación de producción.
Es decir, la modalidad tipo 2 si tienen retribución por los kWh excedentarios que se inyecten a la red, pero ¿Esa retribución se refiere sólo a la Retribución Específica (la famoso RI+RO) que tienen aplicadas ya ciertas instalaciones? ¿Qué ocurriría con nuevos instalaciones que inyecten la energía sobrante? ¿No tendrían retribución?
Muchas gracias de antemano
Saludos
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- 21/11/2015, 11:31 #77Forero Junior
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
Por fin gente sensata que se lee la Ley y no habla de oidas de "impuesto al sol". La Ley muy mala, penosa, pero vamos a dejar de tirar piedras contra nuestro tejado que parece que les estamos haciendo el juego a las electricas. En la mayoría de las instalaciones (de menos de 10Kwp) NO EXISTE IMPUESTO AL SOL. Y son bastante rentables.
Eso no quiere decir que no haya que protestar y mejorar esta ley pero no seamos borregos y sigamos lo que dicen los grandes comunicadores que les pagan las electricas...
- 22/11/2015, 20:01 #78Forero
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
Veamos compañero solrock , si existe el impuesto al sol, y existe desde el momento en que tengo que pagar por algo que ya pago y además me exigen que pague el doble o el triple.
Para que se me entienda.
Yo tengo contratados 6kwp, mi vecino también.
Yo consumo y pago a la red 800kwhm y mi vecino también.
Yo pago el término de potencia de 6kwp y mi vecino también.
La única diferencia entre mi vecino y yo es que yo tengo colocados 10kwp de placas que me permiten calentar el ACS y la climatización de día cuando la necesite.
Por esa diferencia tengo que pagar de nuevo el termino de potencia bajo otro epígrafe, yo lo llamo impuesto al sol, el resto como quiera llamarle.
Pero además si vierto a la red entre temporadas (primavera-otoño) pongamos unos 30kwhd, no cobro nada y como me descuide tendré que pagar por ello.
Eso si es hacerle el juego a las eléctricas, pues estas van a comerse esos 30kwhd a precio de gratis y se lo van a contar como producción propia embolsándose unas cantidades que pueden llegar a rondar mas de 100 millones de euros al año si una gran mayoría de ciudadanos se colocan placas para consumo diurno.
Pero el colmo es que la unión europea nos quiere multar porque somos el país mas dependiente energéticamente de toda Europa, como diría “Trillo” “manda cojones”, el país con mas sol con diferencia de la unión europea, es dependiente energéticamente del exterior y lo es porque hay un sinfín de personajes que viven del las comisiones de la compra de energía del exterior, ademas porque las multas de la unión europea no las pagan ellos, sino los “remeros” osease, los paganinis españoles.
Y somos los mas dependientes no por que no haya tecnología para no serlo, no por que la tecnología sea cara, sino porque esos comisionistas “engrasan” a los políticos para que sea así.Última edición por mjrosg; 22/11/2015 a las 21:00
- 24/11/2015, 09:50 #79Forero Junior
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
mjrosr que conste que yo no estoy a favor de la Ley ni mucho menos. Lo unico que digo es que somos nosotros mismos los que empeoramos las cosas.
Sobre lo que dices la verdad es que tu instalación no es muy normal, no es normal tener mas potencia en placas que potencia contratada, no es normal utilizar fotovoltaica para la calefacción y ACS.
Yo digo que no hay impuesto al sol en la mayoria de las instalaciones que son de hasta 10kwp y "Normales".
En lo de la energia sobrante vertida a red estoy de acuerdo contigo, deberia ser asi estoy de acuerdo contigo deberian pagarte por ello o condonar gasto.
- 24/11/2015, 16:06 #80Forero
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
No, no te equivoques, yo no tengo esa instalación, si la tuviese no estaría conectado a la red, lo que he puesto ha sido a modo de ejemplo.
Al final, como todo, cuidado con lo que deseas no vaya a cumplirse, y las eléctricas no lo han dicho claro, prefieren que estemos desconectados a conectados, pues nada, “a lo marciano”, cuando salga una batería que dure 20 años reales a un precio decente lo mismo pierden el 80% de la clientela.
- 24/11/2015, 17:08 #81Forero Junior
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
mjrosg sin ningún tipo de acritud, esa es la postura que no entiendo, primero para demostrarme que hay impuesto al sol me pones un ejemplo de uno instalación imposible y luego me dices que lo que quieren es que nos desconectemos cuando es precisamente lo que no nos dejan hacer. Si repasas la Ley veras que no se trata de estar conectado o no sino de tener la posibilidad fisica de conectarse.
Te repito que lo digo sin ninguna mala intención pero por ese camino vamos mal.
- 24/11/2015, 23:39 #82Forero
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
Veras, si hubieses discutido del tema con políticos y eléctricas sabrías bien de que va el tema, cosa que por desgracia he tenido que hacer mucho en los últimos años.
Esa ley la han escrito las eléctricas, los que podemos aislarnos somos unos privilegiados y aquí si me incluyo, pues vivo en una casa unifamiliar con mas de 180m² de solar lo cual me permite colocar tranquilamente mas de 25kwp en placas, a parte de que soy socio de una cooperativa que me vende la electricidad a un precio bastante competitivo, decía, que habemos gente privilegiada que podemos aislarnos fácilmente, pero hay millones de españoles que no tienen ese privilegio y es por el que yo lucho, a esos millones que son los que tienen que tragar con el impuesto al sol, bueno no, no es un impuesto al sol, pues seria un impuesto si fuese a las arcas del estado, en este caso yo lo llamaría un tributo por no moler el trigo en el molino del señor feudal.
Todas la leyes eléctricas están siempre orientadas a beneficiarlas, sino pregúntese porque le prohibieron a la cooperativa de Crevillente salir de su ámbito bajo una ley expresa contra ella, estamos hablando de una cooperativa que tiene saltos eléctricos en el norte de España y en latino América, le vieron peligro y la pararon y con ella al resto de cooperativas.
La ley es una vergüenza, solo beneficia a las eléctricas con políticos en sus comités de empresa y perjudica a todos los españoles, por no hablar de los millones de puesto de trabajo que se han perdido y se van a perder pues nuestros competidores si puede bajar su recibo de la luz y con ello ganar competitividad y sin bajar los sueldos.
Coño si se han pasado tanto en la ley que a poco que un juez se ponga todas las empresas y organismos públicos se quedarían sin SAI (sistema de alimentación ininterrumpida), de hecho puede que sean hasta ilegal tenerlos.
Vera usted, cuando una ley me dice que es lo que yo puedo tener o no en mi casa para beneficiar a una empresa, ya empiezo a ver despotismo del estado en favor de las empresas sobre los particulares, como ve, no solo es cuestión de electricidad sino también un caso de libertades civiles.
Que sera lo próximo, no poder plantarte la maceta de guindillas en tu balcón porque no se la compras al carrefour.
- 24/11/2015, 23:54 #83Forero
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- 25/11/2015, 09:17 #84Forero Junior
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Re: ¿Tenéis ejemplos ?¿Cuanto a nivel tangible nos impacta el Real Decreto a los pequeños prosumidores??
En eso estoy totalmente de acuerdo, desde el principio he dicho que la Ley es mala y obviamente para beneficiar a las electricas. Lo unico que digo es que nosotros la estamos haciendo peor poniendo impuestos al sol donde no los hay.