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  1. #1
    albertoda está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado NORMATIVA AUTOCONSUMO

    Buenas! Estoy haciendo un proyecto híbrido para autoconsumo y tengo unas dudas en cuanto a normativa...

    1. cual es la remuneración recibida por la energía autoconsumida...?
    2. si no inyecto energía en la red tengo que pagar algún peaje de respaldo por al energía producida?
    3. tengo alguna limitación de HSP

    esque he leído muchas cosas diferentes y estoy hecho un lío...si me pueden hacer un breve resumen o pasarme a algún hilo del foro que lo explique...

    gracias
    Última edición por albertoda; 30/05/2014 a las 15:04

  2. #2
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    1) .- No cobras nada, pagas 8 centimos de euro por kwh
    2) .- Lo mismo, pagas 8 centimos kwh
    3) .- No, no hay limite. Estaran encantados de que generes muchisimo

    La normativa aun esta pendiente de confirmarse, pero parece que los tiros van por ahi

  3. #3
    Nech está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    Pero esto se ha aprobado? o todavía es un borrador?

  4. #4
    jdmsolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    Esto es abusivo y no podrá aprobarse, perdón, no debería aprobarse.
    El hecho es que con la mera amenaza de que pudiera ser aprobado (¿me falta alguna conjugación del subjuntivo?) han conseguido parar las instalaciones de autoconsumo.

    Mercado libre.... o ley del embudo.
    Saludos,

  5. #5
    mjrosg está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    https://www.boe.es/boe/dias/2013/12/...2013-13645.pdf

    lo coloco aqui tambien.
    para que leais un rato y despues de esto me contais, lo peor sera el reglamento

  6. #6
    pradera está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    Buenas a todos, perdonad pero no me ha quedado muy claro como está a día de hoy (02-07-2014), la normativa sobre autoconsumo.
    Tenemos por un lado la Ley 24-2013 (26-12-2013), que habla de los tipos de autoconsumo, pero a parte de esto, no se si en alguna de las últimas normativas, BOEs del gobierno referentes a Energías Renovables, habla algo de autoconsumo, porque yo no lo encuentro.

    Por lo que decís parece que hay un borrador que indica que el peaje de respaldo estará en 8 centimos de euro por kwh, pero ha salido esto o algo reflejado en alguna último escrito del gobierno?

    Os agradecería me indicarais en el estado normativo que nos encontramos a día de hoy con respecto a las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicos. Gracias.

  7. #7
    junavar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    Cita Iniciado por pradera Ver mensaje
    ... no se si en alguna de las últimas normativas, BOEs del gobierno referentes a Energías Renovables, habla algo de autoconsumo, porque yo no lo encuentro.
    No hay nada nuevo bajo el Sol. Ha salido el RD de Facturación y el de la nueva retribucion para renovables.
    Cita Iniciado por pradera Ver mensaje
    el peaje de respaldo estará en 8 centimos de euro por kwh, pero ha salido esto o algo reflejado en alguna último escrito del gobierno?
    La ley (de rango superior a cualquier otra norma), no habla de peajes de respaldo. NO es esto un problema.

    Cita Iniciado por pradera Ver mensaje
    Os agradecería me indicarais en el estado normativo que nos encontramos a día de hoy con respecto a las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicos. Gracias.
    La ley ni prohibe ni impone nada, pero la reglamentación ahora mismo es un tanto incoherente, especialmente la condiciones economico administrativas del RD 1699/2011.
    De momento no hay régimen económico ni compensatorio aprobado para el autoconsumo.

    O sea la energía excedentaria que aportes a la red, de momento, no te revierte de ninguna manera, simplemente ahorras por la energía que retraes de la red (autoconsumo instantaneo).

    En estas condiciones aplica la ITC-BT-40 que, entre otras medidas de caracter técnico, obliga a informar a la distribuidora remitiendo el proyecto.

    Iberdrola Distribución, con la plena connivencia de CCAAs y alguna empresa (Circutor), viene aplicando el criterio singularísimo de que si no se retribuye la energía aportada, esta no se puede exportar a "su" red por lo que obligan a poner un dispositivo llamado, con toda intención, "antivertido" ¿tóxico?.

    Por otro lado, muchísimos de los contadores instalados tienen un mecanismo disuasorio: la energía que se exporte a la red se anota en el contador como consumida y por tanto, facturable.

    En estas condiciones, incluyendo coste de dispositivos inventados, contadores nuevos y servicios de profesionales, el autoconsumo para un particular no es rentable (hablo con conocimiento de causa) y las eléctricas siguen felices. Y el resto del sector hablando de peajes ...... y bla, bla, bla


    S2

  8. #8
    pradera está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: NORMATIVA AUTOCONSUMO

    Muchas gracias pro tus aclaraciones "junavar" me han servido de gran ayuda. Seguiremos pues aun en este "limbo".




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