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- 21/05/2013, 20:31 #1Forero Junior
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Protecciones inversor instalación autoconsumo
Hola,
estoy realizando un proyecto de una instalación fotovoltaica para autoconsumo y venta de excedentes a red.
El inversor que voy a utilizar es el Ingecon® Sun Lite 2,5 TL:
http://www.ingeteam.com/TelerikEdito...0Lite%20TL.pdf
Quisiera saber qué protecciones harían falta a la instalación además de las que trae ya el inversor, conforme a lo estipulado en el Real Decreto 1699/2011.
También me gustaría saber que diferencia hay entre poner el inversor sin transformador como el de arriba o con transformador como éste:
http://www.ingeteam.com/TelerikEdito...Sun%20Lite.pdf
Gracias y espero me solucionen la duda.
Saludos.
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- 30/05/2013, 18:09 #2Forero Junior
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Nadie puede echarme un cable??
- 30/05/2013, 18:47 #3pac0 Invitado
Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Quizás el proyecto se escapa a mi entendimiento y al de otros foreros. Personalmente y en un caso así, me pondría en manos de un buen profesional. Porque estas instalaciones las debe certificar un Ingeniero o al menos un profesional con titulación para certificar. En caso contrario te van a denegar el proyecto. Este profesional sabrá con seguridad que protecciones debe llevar la instalación y asunto arreglado.
Un saludo
- 30/05/2013, 19:02 #4Forero Junior
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- 30/05/2013, 19:29 #5Forero
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
he encontrado esto en la red:
https://www.google.es/url?sa=t&rct=j...47244034,d.Yms
Mira si te vale.
Saludos.
- 30/05/2013, 20:20 #6Forero Junior
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Información en general hay en la red mucha. Planteo mi duda más explícitamente:
El Real Decreto 1699/2011, en su artículo 14 sobre protecciones dice lo siguiente:
1. El sistema de protecciones deberá cumplir, en lo no previsto en este real decreto, el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, y los procedimientos de operación correspondientes, así como, en lo no previsto en los anteriores, las exigencias previstas en la reglamentación vigente, en particular, el Reglamento electrotécnico de baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero. Este cumplimiento deberá ser acreditado adecuadamente en la documentación relativa a las características de la instalación a que se refiere el artículo 4, incluyendo lo siguiente:
a) Un elemento de corte general que proporcione un aislamiento requerido por el Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
Eventualmente, las funciones del elemento de corte general pueden ser cubiertas por otro dispositivo de la instalación generadora, que proporcione el aislamiento indicado entre el generador y la red.
b) Interruptor automático diferencial, con el fin de proteger a las personas en el caso de derivación de algún elemento a tierra.
c) Interruptor automático de la conexión, para la desconexión-conexión automática de la instalación en caso de anomalía de tensión o frecuencia de la red, junto a un relé de enclavamiento. Eventualmente la función desarrollada por este interruptor puede ser desempeñada por el interruptor o interruptores de los equipos generadores. Eventualmente, las funciones del interruptor automático de la conexión y el interruptor de corte general pueden ser cubiertas por el mismo dispositivo.
d) Protecciones de la conexión máxima y mínima frecuencia (50,5 Hz y 48 Hz con una temporización máxima de 0.5 y de 3 segundos respectivamente) y máxima y mínima tensión entre fases (1,15 Un y 0,85 Un) como se recoge en la tabla 1, donde lo propuesto para baja tensión se generaliza para todos los demás niveles. En los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, los valores anteriores serán los recogidos en los procedimientos de operación correspondientes. La tensión para la medida de estas magnitudes se deberá tomar en el lado red del interruptor automático general para las instalaciones en alta tensión o de los interruptores principales de los generadores en redes en baja tensión. En caso de actuación de la protección de máxima frecuencia, la reconexión sólo se realizará cuando la frecuencia alcance un valor menor o igual a 50 Hz.
e) Además para tensión mayor de 1 kV y hasta 36 kV, inclusive, se deberá añadir el criterio de desconexión por máxima tensión homopolar.
2. Estas protecciones pueden actuar sobre el interruptor general o sobre el interruptor o interruptores del equipo o equipos generadores.
3. Las protecciones deberán ser precintadas por la empresa distribuidora, tras las verificaciones necesarias sobre el sistema de conmutación y sobre la integración en el equipo generador de las funciones de protección.
4. En caso en el que el equipo generador o el inversor incorporen las protecciones anteriormente descritas, éstas deberán cumplir la legislación vigente, en particular, el Reglamento electrotécnico de baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, para instalaciones que trabajan en paralelo con la red de distribución. En este caso no será necesaria la duplicación de las protecciones.
En la descripción del inversor Ingecon Sun Lite 2,5 TL (http://www.ingeteam.com/TelerikEdito...0Lite%20TL.pdf) pone lo siguiente sobre las protecciones que trae incorporadas:
- Polarizaciones inversas.
- Sobretensiones en la entrada y la salida, tipo 3.
- Cortocircuitos y sobrecargas en la salida.
- Fallos de aislamiento.
- Anti-isla con desconexión automática.
Y opcionalmente un Seccionador DC.
Éste es el esquema que aparece:
Mi duda es si alguna de las protecciones que trae el inversor es alguna de las que exige el RD que la instalación debe tener o sólo son protecciones adicionales. A ver si alguien puede ayudarme...
Gracias por vuestra atención y saludos.
- 31/05/2013, 09:59 #7Forero
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Más cosas que te pueden servir de información:
2 Elementos de la instalación fotovoltaica
pero recuerda lo que te dicen los compañeros "Personalmente y en un caso así, me pondría en manos de un buen profesional. Porque estas instalaciones las debe certificar un Ingeniero o al menos un profesional con titulación para certificar. En caso contrario te van a denegar el proyecto. Este profesional sabrá con seguridad que protecciones debe llevar la instalación y asunto arreglado."
- 31/05/2013, 17:37 #8Forero Junior
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Te agradezco la información. Está bastante bien. Pero lo que quiero que me respondan explícitamente es si las protecciones que lleva incorporadas el inversor son protecciones adicionales o son alguna de las "teóricas" que debe llevar toda instalación. O sea, si aparte de las que lleva el inversor incorporadas debo de poner todas las protecciones que se indican en el RD o estaría duplicando alguna. No se si me explico.
Saludos.
- 03/06/2013, 17:54 #9Forero Junior
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Vaya, pues parece que mi duda no era tan tonta como yo pensaba... ¿nadie que pueda ayudarme?
- 03/06/2013, 23:34 #10
Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Pues en principio tienes que disponer de un magnetotérmico y un diferencial a la salida del inversor. Ahora bien, un magnetotérmico lo pondría directamente a la salida del inversor, el diferencial debería valer el del cuadro general de protecciones. Para lo que quieren en principio ya el propio inversor cuenta con lo necesario, que si lo quieren apagar desde fuera de la vivienda que le quiten la red (quitando el fusible del contador) y arreglado. La cuestión es si también lo ven así.
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- 04/06/2013, 00:50 #11Forero Junior
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- 04/06/2013, 08:05 #12Forero
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Aislamiento galvanico en Alemania? ya me extraña esa rareza solo existe aqui. Deber ser por los huecos de tensión, la VDE4105.
- 04/06/2013, 12:35 #14
Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Que va, no se requiere aislamiento galvánico en Alemania; lo que sí requieren es una reducción de la potencia en función de la frecuencia para que cuando la red llega a 50,2 Hz no cae la completa potencia fotovoltaica (que en total son más de 30 GWp de capacidad en Alemania). Algo relacionado con el veloz crecimiento de la fotovolatica en Alemania, algo (aún) no necesario en España...
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- 04/06/2013, 12:50 #15Forero Junior
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
En el artículo 15 de real decreto 1699 2011 pone lo siguiente:
Artículo 15. Condiciones de puesta a tierra de las instalaciones.
.....
2. La instalación deberá disponer de una separación galvánica entre la red de distribución y las instalaciones generadoras, bien sea por medio de un transformador de aislamiento o cualquier otro medio que cumpla las mismas funciones de acuerdo con la reglamentación de seguridad y calidad industrial aplicable.
Entonces entiendo que es necesario transformador y por tanto es conveniente que elija el inversor con éste ya integrado, ¿no?
- 04/06/2013, 16:37 #16
Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
No, la clave está en "cualquier otro medio que cumpla las mismas funciones de acuerdo con la reglementación...". Para ello los inversores sin transformador (al menos las marcas reconocidas) disponen de un certificado de conformidad.
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- 04/06/2013, 18:14 #17Forero
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Felicidades Hlebtomane por las animaciones (esquemas interactivos) para entender los sistemas de energía solar, muy chulos e instructivos.
- 04/06/2013, 19:37 #18Forero Junior
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- 05/06/2013, 08:06 #19Forero
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Y vosotros creeis que si compramos ahora algún inversor de marca mas o menos reconocida puede que no valga para el futuro Balance Neto (cuando salga)?. Es decir, es posible que con el Balance Neto no exijan que el inversor deba cumplir una u otra caracteristica especial?, alguien sabe por dónde pueden ir los tiros y cual deben ser los mínimos certificados que debe cumplir un inversor "decente"?
Saludos.
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Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
Hombre ahora hay vendiendose inversores que no inyectan (puede ser....) pero que no cumplen con el RBT al tener baterías, así mas de uno se llevará una sorpresa si pretende hacer autoconsumo legal.
- 05/06/2013, 10:07 #21
Re: Protecciones inversor instalación autoconsumo
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