Resultados 1 al 4 de 4
  1. #1
    Angel2004 está desconectado Miembro del foro
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    feb 2006
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    29

    Predeterminado Distancia a los cables de una LMT

    Hola;
    Quiero consultaros un tema que me tiene mosqueadisimo; dispongo de 6 Ha en extremadura, con dos apoyos dentro, de una LMT (13,2 o 15 Kv, no lo sé) para solicitar el punto de conex. de una FV-CRED y me pide la Cia. Electrica una certificado de urbanismo, de no incompatibilidad con las normas urbanisticas del ayuntamiento en cuestión. El certificado es favorable, dejando abierta la puerta de adaptar el proyecto e inst. a la normativa del sector FV y electrico y a todas las normas urbanisticas que ocupan un documento de 24 hojas publicado en su día por la Junta. He revisado dichas normas de planteamiento municipal y encuentro lo que creo que es un escollo, que me imagino será igual en otras zonas: Hay un articulo que se llama "protección de lineas de energía electrica" y en resumen dice que no se pueden construir edificios e instalaciones industriales en las proximidades de las lineas electricas a menor distancia de la establecida en el RAT de 1968, (me imagino que es el artículo 35), a saber según la formula que dan: 3,3 + U/100 (en mts) con un mínimo de 5 mts... y 1,5 + U/100 para árbolado y bosque????? Esto significaría que entre los cables de la LMT y cualquier construcción industrial (¿lo es cualquier FV??? o si obtiene el DIC no lo es?) habría que dejar 3,3 + 15000/100= 153,3 mts de distancia; en mi caso la linea atraviesa la finca de sur a norte, es decir entera. De ser así sería inviable porque quedaría una esquinita que seguramente ni eso con los retranqueos. ¿Significa que por donde pasa una LMT de 15 KV, no puede hacerse nada en 153,3 mts a cada lado de dicha linea, a lo largo de todo su recorrido? Yo no sé si estoy en lo cierto en la interpretación las normas urb. y del RAT, tengo un error de unidades o algo así, pero me parece exagerado. Por otro lado, otro articulo de las normas urbanisticas, respecto a las redes de energía electrica, dice:"respecto a las Lineas de AT, cuando su tendido sea aéreo, deberán respetarse servidumbres y no construir a distancia inferior a 5 mts del conductor". No sé como interpretarlo. Si no tienes un apoyo en la finca... malo, pero si lo tienes ¿es peor? ¿Alguien podría darme un poco de luz en este tema?
    GRACIAS
    [/u]

  2. #2
    Ac!d está desconectado Miembro del foro
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    jun 2006
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    Predeterminado

    Creo que tú mismo en tu pregunta te estás respondiendo.
    Normativa RAT: ALTA tensión.
    Tu finca: MEDIA tensión.

    Aunque crees que se parecen, no son lo mismo.
    Todavía hoy el Sol es nuestro.

  3. #3
    Angel2004 está desconectado Miembro del foro
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    feb 2006
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    Predeterminado Tema resuelto

    Una linea, a partir de 1 Kv, es alta tensión. Bueno, ya he dado con el tema. Es una errata que hay en la publicación que citaba y esa tensión U de la que habla en la formula, es en Kilovotios no en voltios (especificación no explicita), con lo cual la distancia se reduce enormemente. Gracias.

  4. #4
    avedillo está desconectado Miembro del foro
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    Valladolid
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    Predeterminado

    Las unidades de U están especificadas en el artículo 33.
    Yo también me he llevado un buen susto, jeje. En fin..

    Saludos a todos




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