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- 08/04/2016, 18:28 #1Forero Junior
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Requisitos para licitación de sistemas aislados.
Buenos días, necesito realizar la parte técnica de los requisitos para una licitación para sistemas aislados en zonas rurarles y la verdad es que estoy muy pez en este sentido. La literatura sobre aisladas es inmensa y me puedo hacer vieja antes de haber escrito una pagina. Las características de los módulos las tengo bastante claras pero estoy muy perdida en el tema de reguladores y baterías sobre todo. Me podriais ayudar un poquito en este tema. Es para un proyecto de una ONG precioso y me gustaria que estas especificaciones fuesen buenas para que metieran buenos equipos y no productos de segunda.
Muchas gracias.
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- 10/04/2016, 12:31 #2Gabriel 2015 Invitado
Re: Requisitos para licitación de sistemas aislados.
Buenos días, ¿podrías indicarnos algo sobre el "modus operandi"? No es lo mismo que la producción de energía se concentre en uno, o varios puntos, y posteriormente se distribuya a los puntos de demanda, a que se produzca donde se consume. Te lo digo por la potencia de los equipos. En el primer caso rondan los 100 Kw y en el segundo del orden de 10 veces menos.
- 11/04/2016, 16:38 #3Forero Junior
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Re: Requisitos para licitación de sistemas aislados.
Buenos días. El tema es que debo pedir especificaciones sobre equipos. Las aisladas serán pequeñas de unos 8.000/10.000 kw/h. la demanda que estoy estimando es para un PC, impresora, equipo internet y 4 bombillas de 23 W y algo de reserva. Se trata de electrificar escuelas aisladas a las que no les llega la luz. Como mucho 2 aulas pequeñas y los equipos a alimentar serán mínimos. Se trata de un proyecto muy bonito y no quiero que me den gato por liebre. Gracias un saludo
- 14/04/2016, 21:04 #4Forero Junior
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Re: Requisitos para licitación de sistemas aislados.
Buenos días nuevamente. He realizado las especificaciones que pido para los equipos principales de una aislada. Me podeis sacar pegas por favor?? gracias.
2.3. Módulos fotovoltaicos
El proyecto contempla la instalación de módulos fotovoltaicos de las mismas características técnicas para dar el total de la capacidad de los Sistemas fotovoltaicos, interconectados en arreglos y sub-arreglos dependiendo del diseño del Proveedor, montados en estructuras soporte de acero galvanizado o aluminio.
Los paneles solares podrán ser monocristalinos o policristalinos . Se tendrá en cuenta a la hora de seleccionar el modulo fotovoltaico la curva I-V facilitada por fabricante y la influencia de la temperatura en la corriente y tensión del módulo.
Todos los generadores fotovoltaicos deberán satisfacer las especificaciones vigentes tanto en referencia a la fabricación y diseño como a las especificaciones de seguridad de paneles Este requisito se justificara mediante la presentación del certificado oficial correspondiente emitido por algún laboratorio acreditado.
El modulo llevara de forma claramente visible e indeleble el modelo, nombre o logotipo del fabricante, y el número de serie, trazable a la fecha de fabricación que permita su identificación individual.
Se utilizaran módulos que se ajusten a las características técnicas descritas a continuación. En caso de variaciones respecto de esta característica, con carácter excepcional, deberá presentarse en la Memoria justificativa de su utilización.
1. Los módulos deberán llevar los diodos de derivación para evitar las posibles averías de las células y sus circuitos por sombreados parciales y tendrán un grado de protección IP65.
2. Los marcos laterales serán de aluminio o acero inoxidable.
3. Para que un modulo resulte aceptable, su potencia máxima y corriente de cortocircuito reales, referidas a condiciones estándar deberán estar comprendidas en el margen del ±5% de los correspondientes valores nominales de catalogo.
4. Sera rechazado cualquier modulo que presente defectos de fabricación, como roturas o manchas en cualquiera de sus elementos así como falta de alienación en las células o burbujas en el encapsulado.
5. Cuando las tensiones nominales en continua sean superiores a 48 V, la estructura del generador y los marcos metálicos de los módulos estarán conectados a una toma de tierra, que será la misma que la del resto de la instalación.
6. Se instalaran los elementos necesarios para la desconexión de forma independiente y en ambos terminales, de cada una de las ramas del generador.
Los módulos solares fotovoltaicos que integren los Sistemas fotovoltaicos deben incluir, sin ser limitativo, las siguientes partes:
• Estar montados en estructuras soporte de acero galvanizado o aluminio.
• El Proveedor debe proporcionar las hojas de datos técnicos de los módulos.
• Los equipos deben contar con certificado de prueba.
• Para la ubicación y la altura de la estructura se debe de considerar la topografía del terreno y soportación de cargas de los tejados y paredes, así como las condiciones climatológicas que por estadística son propensas esas zonas.
• Toda instalación fotovoltaica contará con las medidas de seguridad necesarias para no dejar accesible de forma accidental los equipos y componentes que se encuentren en tensión.
• El número de módulos fotovoltaicos depende de la ingeniería y diseño del Proveedor.
• El ángulo de inclinación al que deberán instalarse los paneles solares o módulos fotovoltaicos, deberá obtenerse del resultado de los cálculos que el proveedor realice, de acuerdo a la tabla de irradiación solar proporcionada en el presente documento.
2.4 Baterías
Los bancos de baterías deben ser de 24 VCD conectados a través de cables, terminales, cajas de conexiones, etc., hasta llegar a los equipos de acondicionamiento de potencia localizados en el gabinete de equipos.
El banco de baterías debe tener su sistema de conexión y desconexión (controlador) cuando las celdas de las baterías ya estén debidamente cargadas o descargadas. La dimensión del banco de baterías deberá ser aquella que permita satisfacer la demanda.
Se recomienda que los acumuladores sean de plomo-acido, preferentemente estacionarias y de placa tubular. No se permitirá el uso de baterías de arranque.
Para asegurar una adecuada recarga de las baterías, la capacidad nomianl del aucmulador (en Ah) no excederá en 25 veces la correitne (en A) de cortocircuito en CEM del generador fotovoltaico. En el caso de que la capacidad del acumulador elegido sea superior a este valor se justificará adecuadamente.
La máxima profundidad de descarga (referida a la capacidad nominal del acumulador) no excederá el 80 % en instalaciones donde se prevea que descargas tan profundas no serán frecuentes. En aquellas aplicaciones en las que estas sobredescargas puedan ser habituales, la máxima profundidad de descarga no superara el 60%.
Se protegerá, especialmente frente a sobredescargas, a las baterías con electrolito gelificado, de acuerdo a las recomendaciones del fabricante.
La capacidad inicial del acumulador será superior al 90 % de la capacidad nominal. En cualquier caso, deberán seguirse las recomendaciones del fabricante para aquellas baterías que requieran una carga inicial.
La autodescarga del acumulador a 20° C no excederá el 6% de su capacidad nominal por mes.
La vida del acumulador, definida como la correspondiente hasta que su capacidad residual caiga por debajo del 80% de su capacidad nominal, debe ser superior a 1000 ciclos, cuando se descarga el acumulador hasta una profundidad del 50% a 20°C.
Las baterías deberán instalarse siguiendo las recomendaciones del fabricante. En cualquier caso, deberá asegurarse lo siguiente:
- Se instalaran en un lugar ventilado y con acceso restringido
- Se adoptaran las medidas de proeccion necesarias para evitar el cortocircuito accidental de los terminales del acumulador,
- Cada batería, o vaso, deberá estar etiquetado, al menos, con la siguiente información:
o Tensión nominal (V)
o Polaridad de los terminales
o Capacidad nominal (Ah)
o Fabricante (nombre o logotipo) y numero de serie.
2.5 Sistema de Tierras y protecciones.
El sistema de tierras, debe prever la instalación estratégica de registros visibles dotados de tapas en donde se puedan conectar equipos adicionales a los del proyecto y efectuar mediciones periódicas. La resistencia de la red de tierras debe ser menor a 10 Ω (Diez Ohm.) en época de estiaje.
La cantidad de conductores, tanto del sistema como los ramales de conexión a los equipos y materiales por aterrizar, deben calcularse para soportar térmicamente las máximas corrientes de falla, así como evitar los gradientes de paso y contacto que superen los valores de seguridad permitidos para el personal y el equipo.
El sistema de tierras de los módulos fotovoltaicos es responsabilidad del Proveedor. Es responsabilidad del Proveedor hacer las mediciones de resistividad del suelo en el sitio de la obra para diseñar un apropiado sistema de tierras.
Las estructuras soporte, tableros, gabinetes, etc., deben de estar aterrizados en todos los puntos donde sea posible. Adicionalmente se deben efectuar conexiones firmes en la zona de módulos fotovoltaicos procurando hacerlo en puntos equidistantes.
El sistema de protecciones asegurara la protección de las personas frente a contactos directos e indirectos.
La instalación estará protegida frente a cortocircuitos, sobrecargas y sobretensiones. Se prestara especial atención a la protección de la batería frente a cortocircuitos mediante un fusible, disyuntor u otro elemento que cumpla con esta función.
2.6 Estructura soporte.
Se dispondrán las estructuras soporte necesarias para montar los módulos y se incluirán todos los accesorios que se precisen.
La estructura de soporte y el sistema de fijación de módulos permitirán las necesarias dilataciones térmicas sin transmitir cargas que puedan afectar a la integridad de los módulos, siguiendo las normas del fabricante.
La estructura soporte de los módulos ha de resistir, con los módulos instalados, las sobrecargas del viento y sísmicas de acuerdo a la normativa vigente.
El diseño de la estructura se realizara para la orientación y el ángulo de inclinación especificado para el generador fotovoltaico, teniendo en cuenta la facilidad de montaje y desmontaje y la posible necesidad de sustituciones de elementos.
La tornillería empleada deberá ser de acero inoxidable. En el caso de que la estructura sea galvanizada se admitirán tornillos galvanizados, exceptuando los de sujeción de los modulos a la misma, que serán de acero inoxidable.
Los topes de sujeción de los módulos y la propia estructura no arrojaran sombra sobre los paneles.
En el caso de instalaciones integradas en cubierta que hagan las veces de la cubierta del edificio, el diseño de la estructura y la estanqueidad entre módulos se ajustara a las exigencias de la normativa vigente y a las técnicas usuales en la construcción de cubiertas.
Si la estructura está construida con perfiles de acero laminado conformado en frio, cumplirá la norma MV-102 para garantizar todas sus características mecánicas y de composición química. En caso de que este construida con acero galvanizado en caliente cumplirá con toda la normativa vigente y el numero de micras mínimo será de 80 micras de espesor, para eliminar las necesidades de mantenimiento y prologar su vida útil.
2.7 Reguladores de carga.
Las baterías se protegerán contra sobrecargas y sobredescargas. En general, estas protecciones serán realizadas por el regulador de carga, aunque dichas funciones podrán incorporarse en otros equipos siempre que se asegure una protección equivalente.
Los reguladores de carga que utilicen la tensión del acumulador como referencia para la regulación deberán cumplir los siguientes requisitos.
- La tensión de desconexión de la carga de consumo del regulador deberá elegirse para que la interrupción del suministro de electricidad a las cargas se produzca cuando el acumulador haya alcanzado la profundidad máxima de descarga permitida. La precisión en las tensiones de corte efectivas respecto a los valores fijados en el regulador será del 11%
- La tensión final de carga debe asegurar la correcta carga de la batería.
- La tensión final de de carga debe corregirse por temperatura a razón de -4mV/°C a -5mV/°C por vaso, y estar en el intervalo de ±1% del valor especificado.
- Se permitirán sobrecargas controladas del acumulador para evitar la estratificación del electrolito o para realizar cargas de igualación.
Se permitirá el uso de otros reguladores que utilicen diferentes estrategias de regulación atendiendo a otros parámetros, como por ejemplo, el estado de carga del acumulador. En cualquier caso, deberá asegurarse una protección equivalente del acumulador contra sobrecargas y sobredescargas.
Los reguladores de carga estarán protegidos frente a cortocircuitos en la línea de consumo.
El regulador de carga se seleccionara para que sea capaz de resistir sin daño una sobrecarga simultánea, a la temperatura ambiente máxima de:
-Corriente en la línea de generador: un 25% superior a la corriente de cortocircuito del generador fotovoltaico en CEM
- Corriente en la línea de consumo: un 25% superior a la corriente máxima de la carga de consumo.
Las pérdidas de energía diarias causadas por el autoconsumo del regulador en condiciones normales de operación deben ser inferiores al 3% del autoconsumo diario de energía.
El regulador de carga deberá estar etiquetado con al menos la sigueitne información:
Tensión nominal (V)
Corriente Máxima (A)
Fabricante (nombre o logotipo) y numero de serie
Polaridad de terminales y conexiones.
2.8 Inversores
Los requisitos técnicos de este apartado se aplicaran a inversores monofásicos o trifásicos que funcionan como fuente de tensión fija (valor eficaz de la tensión y frecuencia de salida fija). Para otro tipo de inversores se aseguraran requisitos de calidad equivalentes.
Los inversores serán preferentemente de onda senoidal pura.
Los inversores se conecta4ran a la salida de consumo del regulador de carga o en bornes del acumulador. En este último caso se asegurara la protección del acumulador frente a sobrecargas y sobredescargas. Estas protecciones podrán estar incorporadas en el propio inversor o se realizaran con un regulador de carga, en cuyo caso el regulador deber permitir breves bajadas de tensión en el acumulador para asegurar el arranque del inversor.
El inversor debe asegurar una correcta operación en todo el margen de tesniones de entrada permitidas por el sistema.
El inversor será capaz de entregar la potencia nominal de forma continada, en el margen de temperatura ambiente especificado por el fabricante.
El inversor debe arrancar y operar todas las cargas especificadas en la instalación, especialmente aquellas que requieren elevadas corrientes de arranque sin interferir en su correcta operación ni en el resto de cargas.
Los inversores estarán protegidos frente a las siguientes situaciones.
- Tension de entrada fuera del margen de operación
- Desconexion del acumulador
- Cortocircuito en la salida de corriente alterna
- Sobrecargas que excedan la duración y límites permitidos.
El autoconsumo del inversor sin carga conectada será menor o igual al 2% de la potencia nominal de salida.
Las pérdidas de energía diaria ocasionadas por el autoconsumo del inversor serán inferiores a 5% del consumo diario de energía. Es recomendable que el inversor disponga de un sistema “Stand- by” para reducir estas pérdidas cuando el inversor trabaje en vacio (sin carga).
Los inversores deberán estar identificados por lo menos con la siguiente información
- Potencia nominal (VA)
- Tensión nominal de entrada (V)
- Tensión y frecuencia nominales de salida
- Fabricante (nombre o logotipo) y numero de serie
- Polaridad y terminales.