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Tema: Cálculo de cableado
- 30/09/2010, 14:00 #1Miembro del foro
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Cálculo de cableado
Buenas de nuevo.
Tengo una instalación aislada que quiere pedir subvención, ¿por dónde empiezo?, ¿Que normativa ha de cumplir (Andalucia)?.
En cuanto al cálculo del cableado he visto por la red un Pliego de Condiciones del IDAE del 2002 y otro del 2009. (que me imagino habrá que cumplir para el tema de la subvención ¿no?)
En el del 2002 me dice que las cdt serán:
- entre generador y regulador max 3%
- entre regulador y bateria max 1%
- entre bateria e inversor max 1%
Sin embargo en 2009 dice que todo 1,5%, ¿Se refiere a toda la parte de CC?, ¿O se refiere a cada tramo de los anteriormente mencionados como 1,5%?
Gracias de antemano.
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Respuesta: Cálculo de cableado
Yo es que al IDAE le hago el caso justito. Si me pones un link me lo leo y te cuento.
- 01/10/2010, 09:42 #3Forero
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Respuesta: Cálculo de cableado
El dimensionado de cableado es lo que peor llevo.
Los porcentajes de caida de tension admisibles no me parecen muy sensatos, porque a veces no tienen en cuenta determinadas cosas, como si estamos ante un MPPT o no, ya que mantener la tension en un tramo de forma inecesaria puede conllevar unos costes muy elevados para nada.
Y, después, en cuanto a las secciones para intensidades/metros me fio de la calculadora de Photon, pero salen unas secciones enormes
SAludos!
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Respuesta: Cálculo de cableado
Todo es para curarse en salud.
Estás calculando a Imax todo el tiempo cuando muy pocas veces vas a tenerla y solo una horas. Pero a su vez simplificamos las cuentas, te puedes ver el RBT y entre agrupamientos de cables, que si van por tubo, enterrados, cubierta de uno u otro material (temp. máxima)...
La puñeta de la FV es que la Imax y la Isc están muy juntas y para poder colar un fusible entre ellas hay que hacer espacio aumentando la Isc un 25%. Si no o se funde en operación normal o ni se entera ante un problema.
- 04/10/2010, 12:34 #5Miembro del foro
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Respuesta: Cálculo de cableado
Vale, me quedo claro lo de la intensidad, pero ¿que normativa he de seguir para la subvención? Sugún el decreto de 2009 de 4 de febrero (si no recuerdo mal), dice que deberá cumplir el REBT del 2002, pero en el REBT no indica la caida de tension por tramos ni nada por el estilo. ¿en que normativa lo pone? ¿Existe alguna normativa que lo estipule?
Gracias compañeros.
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Respuesta: Cálculo de cableado
Este es del 2007 y no se si alguno mas moderno lo modifica. De todas maneras la institución que otorgue la ayuda debería poder ponerte al día.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/.../d/updf/d1.pdf
- 04/10/2010, 15:05 #7Miembro del foro
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Respuesta: Cálculo de cableado
Gracias a todos por vuestra ayuda.
- 14/11/2010, 23:28 #8Miembro del foro
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Respuesta: Cálculo de cableado
Hola
Yo sigo con dudas respecto a las caídas de tensión máxima.
La normativa de Andalucía (orden de 26 de marzo de 2007 a la que hace referencia photon) se indican los siguientes valores de caída de tensión:
Generador-Regulador 2%
Regulador-Bateria 0,5%
Regulador-Inversor 0,5%
Batería-Inversor 1%
Generador-Inversor 2%
Sin embargo, la ITC-BT-40 del REBT sobre instalaciones generadoras de BT establece en el pto. 5 que los cables se deben dimensionar de forma que la caída de tensión máxima entre el generador y la red o la instalación interior sea menor del 1,5%.
Creo que es contradictorio. No entiendo como la orden del 26-3-2007 que es posterior al REBT permite mayores caídas de tensión que este.
¿Que valores debemos tomar?
Saludos
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Respuesta: Cálculo de cableado
Como generador que menciona la ITC (que me parece mas orientada a redes de distribución) bien podría ser el inversor y no las placas.
Para estos casos y ante la duda, la mas restrictiva.
- 16/11/2010, 20:30 #10Forero
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Respuesta: Cálculo de cableado
Hola egm,
Tal como te comenta photon, la ITC 40 está pensada para generadores en lineas de baja tensión, y la referencia con renovables es que sean generadores eólicos, provenientes de máquinas asincronas. No hay referencia alguno a fotovoltaica, o al menos en el REBT que tengo.
Lo que yo te sugiero es lo siguiente:
Realiza un esquema según tu instalación y adaptándote a los modelos que la Junta de Andalucía publica en el Boja 80.
Para el lado de CC aplica las cdt que corresponda a tu esquema según lo que has expresado (Boja 98, correcciones a la Orden de 26 de marzo de 2007: Generador-Regulador 2%, Regulador-Bateria 0,5%, Regulador-Inversor 0,5%, Batería-Inversor 1%, Generador-Inversor 2% )
Calcula las secciones correspondientes en función de la temperatura ambiente donde se encuentra el conductor y el método de instalación utilizado, ITC BT 019. En este punto te diré que hace tiempo en el foro hay un post al tema con varios puntos de vista. Para hacerlo fácil, considera conductor de XLPE (aislante con temperatura máxima admisible de 90º) con una conductividad de 44, o con una conductividad de 48 si hablamos de PVC (aislante con temperatura máxima admisible de 70º), tal como indica la Guía de Técnica de aplicación del REBT (Guía-BT-Anexo2 cálculo de caídas de tensión).
Toma como intensidad de cálculo la máxima que puede circular, en este caso la Isc. En este punto, como medida de seguridad aplicaría el criterio de la ITC-040, y es aplicar el 125% de Isc. Con lo que cumpliría con el REBT. (Photon te indica un 25%, que supongo corresponde a un criterio propio, según su experiencia). Insisto, este punto es muy discutible puesto que no hay nada comparable en el REBT que se pueda utilizar. Seguro que alguien aporta otros puntos de vista.
Para la parte de AC, calcularías la sección tomando la máxima intensidad que el inversor pueda dar, según fabricante, independientemente de si pudiera o no alcanzarla por la cantidad de energía que reciba del sol. Aquí si deberías aplicar el 125% Imáxima, dado que por comparación con el generador eólico, esta parte del circuito es la salida que es la que se aplicaría a las cargas o líneas de AC.
Si realizas este razonamiento, no existe contradicción entre REBT y la ITC-FV, que citas, dado que el REBT se refiere a la zona de AC y la ITC-FV a la de CC. Nuevamente comparando con el generador eólico, la zona de AC de tu instalación es la salida de tu inversor, por ello aplica una cdt del 1,5% a esta zona. A esto efectos, y por comparación con Fv conectadas a red, el "generador" es el inversor.
Ten en cuenta que la filosofía del REBT en cuanto al cálculo de secciones es hacerlo en las peores situaciones de trabajo posible. Otra cosa será el coste de los mismo, pero para eso está el cliente y la competencia, no?
Saludos.Última edición por paKoSTe; 16/11/2010 a las 20:39 Razón: faltó incluir comentarios
- 16/11/2010, 20:44 #11
Respuesta: Cálculo de cableado
Amigo Sanchez Martín, olvidate de las subvenciones de la Junta de Andalucía, las han cortado por falta de fondos, o mejor segun pienso yo por desvio de fondos para tapar otros agujeros... ¿habrá mas adelante? llama a la Agencia de la Energía en Sevilla a ver lo que te dicen.
Saludos
Conchuo
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- 16/11/2010, 21:32 #12Miembro del foro
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Respuesta: Cálculo de cableado
Gracias PaKoSTe y Photon
Estoy de acuerdo contigo, PaKoSTe.
Solo una duda mas en cuanto a las caídas de tensión:
Si tienes receptores en CC, ¿cual es la caída máxima desde el regulador al cuadro de protección?
Saludos.
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Respuesta: Cálculo de cableado
El 25% por encima que digo es lo mismo que dice pakoste de poner el 125%, pura sintaxis basada en la misma ITC. Los yankis lo mayoran un 56%, con dos cojo***.
Si una subvención la otorga(ba) la junta tendrás que seguir sus reglas hasta sus límites mas estúpidos. A la junta ya he aprendido a no pedirle ni la hora.
- 17/11/2010, 21:57 #14Miembro del foro
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Respuesta: Cálculo de cableado
En el caso de Andalucía ya no se trata de la subvención. La orden es de obligado cumplimiento.