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- 28/02/2006, 13:36 #1Miembro del foro
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¿LÍMITES INSTALACIONES GRANDES EMPRESAS?
Hola foreros.
PLANTEAMIENTO
- Una gran empresa, de fabricación, quiere invertir en energía solar fotovoltaica.
- Tiene edificios con terrenos disponibles en varias fábricas en diferentes comunidades autónomas.
ANTECEDENTES
- El límite para aprovechar las tarifas máximas del RD436 es 100kW en una instalación.
CUESTIONES
1- ¿Puede instalar esta gran empresa en cada centro de trabajo un parque fotovoltaico de 100kW inscrito independientemente en el régimen especial de producción de energ. eléctr. con las tarifas del 575%? ¿O al ser titular de más de 100kW cambiaría el régimen económico?
2- ¿No supone ninguna limitación que los centros de trabajo sean de la misma empresa, con idéntico CIF? O por el contrario, ¿hay límite por persona jurídica?
3- ¿Habría limitaciones en instalaciones en una misma comunidad autónoma?
Voy a seguir consultando legislación, pero espero que alguien tenga la experiencia suficiente para conocer las respuestas. Yo de momento no he visto inconvenientes, pero no estoy seguro.
Gracias de antemano. Saludos.
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- 28/02/2006, 13:42 #2Miembro del foro
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Por cierto, si no tenéis inconveniente y decidís exponer algo, por favor, indicad el fundamento legal en que os basáis para sostener vuestra posición.
Un saludo.
- 28/02/2006, 13:46 #3
Hola Sercal. Tengo exactamente estas mismas dudas (ver tema "Conectada a red por personas jurídicas"). No sé cómo va exactamente por loque seguiré atentamente las participaciones en este tema que has iniciado.
De todas formas, te agradecería que publicases o me enviaras los descubrimientos argumentados y con fundamento legal que vayas haciendo.
Gracias
- 28/02/2006, 14:03 #4Miembro del foro
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Cuenta con ello, que para eso estamos aquí :wink: . Estoy convencido de que en breve averiguaremos las respuestas , lo que pasa es que como dice simosol entonces cambiarán las preguntas :? .
Un saludo.
- 28/02/2006, 17:25 #5Miembro del foro
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De momento, una vez revisado el RD 436/2004 en sus capítulos I (Objeto y ámbito de aplicación), II (Procedimiento para la inclusión de una instalación de producción de energía eléctrica en el régimen especial) y IV (Mecanismos de retribución de la energía producida e régimen especial) no he encontrado nada que se oponga a la acumulación de instalaciones individuales.
Es más, en el artículo 7 apartado d) de presentación de solicitud de inclusión en el régimen especial a la Administración General del Estado se pide al solicitante que en la memoria-resumen se incluya la "relación de otras instalaciones acogidas al régimen especial de las que sea titular". Por lo tanto, se presenta esta eventualidad como un hecho posible, no contradictorio.
En el capítulo segundo (Régimen especial) del título IV (Producción de energía eléctrica) de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico (artículos 27 al 31) tampoco he visto nada en contra de la posesión de varias instalaciones acogidas.
En el RD 1663/2000 sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión tampoco aparece nada entre las condiciones que presenta, que son administrativas y, sobre todo, técnicas.
Un saludo.
- 28/02/2006, 18:55 #6
Lo de la "relación de otras instalaciones acogidas al régimen especial de las que sea titular", supongo que se referirá a las instalaciones que están a nombre del titular, y no a nombre de las empresas de las cuales es accionista...
Seguimos investigando :roll:
- 02/03/2006, 10:55 #7Miembro del foro
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Re: ¿LÍMITES INSTALACIONES GRANDES EMPRESAS?
Hola Sercal, me ha parecido muy interesante tu pregunta. Yo trabajo desde hace poco tiempo en una empresa dedicada a la promoción de parques solares y después de casi dos años hemos conseguido todas las licencias y permisos necesarios para poner en marcha el primer parque, pues bien nos encontramos ahora con varias dudas que hasta la fecha nadie ha sabido respondernos con ciertas garantías:
1.- Si las instalaciones individuales que forman el parque son de 100 Kw con centros de transformación independientes pero compartiendo punto de enganche ¿podría una persona física ser la propietaria de varias instalaciones a nombre de personas jurídicas de su propiedad sin perder la prima?
2.- Si el punto de enganche y las licencias están a nombre de la promotora ¿podría tener consecuencias negativas a la hora de venderle la energía a la empresa eléctrica?
Como te digo llevo poco tiempo en este sector y necesito que alguien me aclare mis dudas. Muchas gracias y un saludo
- 02/03/2006, 12:03 #8Miembro del foro
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Hola Bea.
Espero que alguien con la experiencia suficiente para hilar fino nos lo aclare.
Yo de momento, sin demasiado criterio por ser también nuevo en este mercado, entiendo que cada instalación con autorización administrativa, punto de enganche en las condiciones que marque la compañía y contrato de venta individual puede pertenecer a cualquiera. Es decir, me atrevería a aventurar que una sola persona o empresa podría poseer en el régimen del 575% toda una huerta formada por instalaciones independientes de 100kW o muchas instalaciones por toda España.
Pero no estoy seguro... :? Sólo lo creo porque no he visto nada en contra.
¿Alguien lo sabe?
Saludos.
- 02/03/2006, 22:01 #9Miembro del foro
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Bueno...........si os sirve de algo, yo conozco ya varias sociedades que tienen en propiedad mas de 500 kwp en una sola sociedad, eso si, estan instalados de 100 kwp en kwp en diferentes lugares y por supuestos todo pagado al 575% del precio de la energia..............
- 02/03/2006, 23:03 #10
¡¡¡CÓMO!!! A ver si lo he entendido bien... ¿Una misma sociedad puede tener más de 100 Kw siempre y cuando no se encuentren en la misma ubicación? Necesito por favor que se aclare ésto porque empieza a sonar... no sé.