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- 20/09/2008, 15:25 #26Forero
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola IWOLF
No me queda claro, si en el parrafo que sigue, la expresion "ACTIVIDAD PROFESIONAL", se refiere a trabajo ó a estar dado de alta en una actividad economica.
"En respuesta a su consulta de fecha: 18/09/2008: Si la posesión de dichas instalaciones no le requiere la realización de ningún trabajo o actividad profesional"
Si significa lo segundo, está claro que nosotros estamos dados de alta en una actividad economica.
De otro lado, en mi consulta al INEM, yo les deje claro que las instalacines FV estaban encuadradas en la actividad, OTRAS PRODUCCIONES DE ENERGIA.
En fin les pediré una nueva aclaracion tipo SI ó NO para mi caso en concreto.
Saludos
PD. no encuentro la opcion de poner el texto en negrita. alguien sabe como puedo solucionarlo?
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- 20/09/2008, 18:56 #27
Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
¡Hola de nuevo a todos!
Gracias a Joakolete y Solarwind por las buenas noticias .
No obstante, y dados los antecedentes del tema, comparto con Solarwind algunas dosis de escepticismo. Por ello abundo en la idea de que sería muy útil poder tener las referencias de alguna circular o normativa en la que se explicite la compatibilidad con la prestación contributiva; útil no tanto para desterrar mi escepticismo, que importa poco, sino el del funcionariado del INEM de turno, que ése si importa.
Me apunto a la idea de elevar al Olimpo del foro a todo aquél que aporte esas referencias .
Y hasta entonces lo que está claro es que tenemos alguna razón de más para ser optimistas .
- 21/09/2008, 11:16 #28Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Buenas a todos¡
Respondiendo a Solarwind no se cuál es el artículo de la ley que marca la norma.
La consulta yo la realice personalmente a una amiga que trabaja en una oficina del INEM.l Como es un tema bastante nuevo el de las huertas solares me dijo que no concocía si existía incompatibilidad. Se lo consultó al director de la oficina y tampoco tenía ni idea, por lo que llamaron a la central o a un jefe suyo (no me acuerdo lo que dijo)
Ante la pregunta de si existía compatibilidad entre estar dado de alta en el IAE y la percepción del desempleo, le dijeron: ¿qué me lo preguntas por las huertas solares, no? Y le dijeron que no era incompatible, no me dijo que especificasen ninguna potencia máxima, ni nada.
Me comentó que existe una norma que determina que si estas dado de alta en una actividad económica y estas como ejerciente no tienes derecho a subsidio, sólo si estas como no ejerciente. A lo mejor esta actividad se trata como no ejerciente y de ahí que haya derecho a subsidio.
Por cierto, la consulta fue realizada en Valencia para más datos.
A riesgo de parecer pesado, intentaré que me indiquen el artículo donde aparece la ley o que me concreten la persona que les dió esa información. a ver si lo aclaramos bien de una vez.
Un saludo a todos
- 21/09/2008, 11:53 #29Forero
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- 21/09/2008, 13:24 #30Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola solarwind,
Hola IWOLF
No me queda claro, si en el parrafo que sigue, la expresion "ACTIVIDAD PROFESIONAL", se refiere a trabajo ó a estar dado de alta en una actividad economica.
"En respuesta a su consulta de fecha: 18/09/2008: Si la posesión de dichas instalaciones no le requiere la realización de ningún trabajo o actividad profesional"
Si significa lo segundo, está claro que nosotros estamos dados de alta en una actividad economica.
De otro lado, en mi consulta al INEM, yo les deje claro que las instalacines FV estaban encuadradas en la actividad, OTRAS PRODUCCIONES DE ENERGIA.
Art. 221 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social..., que en la version actualizada el 3 de enero de 2008 dice en su totalidad:
Artículo 221.- Incompatibilidades.
1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
2. Serán, asimismo, incompatibles con la obtención de pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social, salvo que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo..
Esto tambien se puede lee en esta pagina que Marcovaldiano publico.
Por tanto: Si no hay trabajo por cuenta propia o ajena no hay incompatibilidad con la prestacion o el subsidio de desempleo. Si que es cierto que el subsidio de desmpleo tambien tiene ademas una incompatibilidad a partir de cierto nivel de ingresos.
PD. no encuentro la opcion de poner el texto en negrita. alguien sabe como puedo solucionarlo?
Con estos cambios, realizados una unica vez, ya tendras acceso a todas las opciones de formato cuando utilices los botones 'Citar' o 'Responder' y a unas pocas ociones de formato en el cuadro 'Quick Reply', al final de los posts.
Saludos.
- 21/09/2008, 18:41 #31Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Sin pretender quitar merito a otras aportaciones, no se si en esta "conversacion" se estan mezclado dos cosas diferentes, como son el cobrar la Prestacion por desempleo contributivo y cobrar el Subsidio de desempleo.
Lo que dice la ley, respecto al Subsidio por desempleo, en el Art. 215 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social..., de la version actualizada el 3 de enero de 2008 es:
Artículo 215.- Beneficiarios del subsidio por desempleo.
1. Serán beneficiarios del subsidio:
1. Los parados que, figurando inscritos como demandantes de empleo durante el plazo de un mes, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y careciendo de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:...
Hay otras razones para ser beneficiario del subsidio por desempleo, pero la mayoria de ellas exigen el cumplir las codidiones del Apartado 1.1 (y por tanto tienen la limitacion de ingresos superiores al 75% del SMI).
Saludos.
- 21/09/2008, 19:31 #32Forero
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola a todos,
me alegra ver que se ha reactivado este hilo y ante las peticiones para saber en qué había quedado todo (incompatibilidad de la prestación de mi mujer con la tenencia de una instalación fotovoltaica), paso a contarlo.
Tras recibir la carta "famosa", remitimos una reclamación al INEM y todavía no nos han contestado. Hasta ahí todo sería preocupante si no tuviera un amigo íntimo trabajando en el INEM. Resulta que el tema lo tienen en suspenso hasta que resuelvan en Madrid. Hicieron una interpretación y al cruzar datos mandaron varias cartas a las que dimos cumplida respuesta. Tras recibir todas las cartas han paralizado los expedientes y por tanto mi mujer sigue cobrando el paro sin ningún problema.
Por lo que decís, parece ser que finalmente se impone la cordura y no serán incompatibles.
- 22/09/2008, 11:56 #33Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola de nuevo,
Paso a comentaros el caso de mi mujer, que fué cuando hice la 1ª consulta a este foro, el Inem le pidió que acreditara el tipo de actividad que realizaba al estar dada de alta en IVA y las declaraciones trimestrales y anuales y desde el mismo día que lo presentó le suspendieron la prestación, presentamos alegaciones demostrando que no es un trabajo por cuenta propia ni de ningún otro tipo, pero el Inem ha resulto la extinción del derecho y devolución de cantidades cobradas, haciendo mención al art. 221.1 del decreto 1/94 y al art. 6 bis del reglamento de protección de desempleo que considera trabajo toda actividad que genere o pueda generar retribución o ingresos económicos.
En estos momentos estamos esperando respuesta a la reclamación previa a la vía jurisdicional social que hemos presentado.
Por lo que estamos muy interesados en saber en que INEMs han respondido que no existe incompatibilidad y si se conoce artículo o norma dónde lo aclara o cualquier cosa que pueda ayudarnos.
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Un cordial saludo
- 22/09/2008, 19:15 #34Forero
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Luis 1908,
este es el texto que preparamos y sobre el que no tenemos respuesta oficial, aunque sí "extraoficial" como ya he comentado:
AL INSTITUTO DE EMPLEO SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES.
xxxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, con DNI xxxxxxxxxxx, con domicilio a efectos de notificaciones en xxxxxxxxxxxxxx actuando en mi propio nombre y representación comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO:
I.- Que en fecha xxxxxxxxxx me ha sido trasladado escrito de fecha xxxxxxxxxxxx remitido por la Dirección Provincial de Albacete del Servicio Público de Empleo Estatal por el cual se me requiere para, en un plazo de 15 días desde la recepción de dicho escrito, aporte la baja en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E), en el que permanezco de alta desde el xxxxxxxxxxxxx en la actividad de “Otras Producciones de energía”, a efectos de comprobar que reúno los requisitos para percibir la prestación por desempleo.
II.- Que por medio del presente escrito, dentro del plazo indicado, y con los máximos respetos al requerimiento efectuado, muestro mi disconformidad con el mismo en base a las siguientes
ALEGACIONES
PRIMERA.- En virtud de Resolución del INEM de fecha xxxxxxxxxxx, vengo percibiendo prestación por desempleo, la cual me fue reconocida para el periodo comprendido entre el xxxxxxxxxxx y el xxxxxxxxxxxx en base a las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social, xxxxxxx días cotizados, y cumpliendo estrictamente con los requisitos exigidos para ello por el artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social.
Con fecha xxxxxxxxxxx adquirí a la compañía xxxxxxxxxx una instalación fotovoltaica de una potencia nominal de 5 kW, ubicada en el término municipal de xxxxxxxxxx. Posteriormente, con fecha xxxxxxxxxxx adquirí otra instalación fotovoltaica en las mismas condiciones y de iguales características en xxxxxxxxxxx, y ahora, con fecha xxxxxxxxxxx acabo de adquirir una tercera, también igual, en xxxxxxxxx.
Como consecuencia de la primera adquisición y de conformidad con la normativa legal vigente, procedí a darme de alta en el epígrafe del I.A.E. 151.4 .
Dichas instalaciones, que han sido adquiridas por un precio de xxxxxxxx€, xxxxxxxxxxx€ y xxxxxxxxx€, respectivamente, me aportan aproximadamente, desde su puesta en marcha y funcionamiento, la cantidad anual de 4.500 euros, por instalación, los cuales han sido empleados, íntegramente, en la amortización de los préstamos que me fueron otorgados por xxxxxxxxx y xxxxxxxxx para la adquisición de las instalaciones.
SEGUNDO.- Expuestos los hechos anteriores, desde el Servicio público de Empleo se me ha requerido para darme de baja en el I.A.E. por considerar que el alta en este impuesto es incompatible con la percepción de la prestación por desempleo.
El artículo 221.1 de la vigente Ley General de la Seguridad Social establece que:
“La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado”.
Del análisis del citado precepto y su tenor literal hay que entender que permanecer de alta en el Impuesto de Actividades Económicas no constituye por sí mismo una incompatibilidad con la percepción de la prestación por desempleo, ni conlleva necesariamente la realización de un trabajo productivo. En fecha xxxxxxxxxxx, a los efectos de la obtención de la prestación, presenté ante el INEM declaración jurada explicando las circunstancias de mi alta en el I.A.E. e indicando que en ningún caso implicaba, ni me requiera, la realización de ninguna actividad de carácter personal ni habitual, algo lógico por la ubicación de la misma así como por su reducido tamaño.
La interrogante a resolver en este supuesto de hecho consiste en dilucidar si la actividad, que se supone estoy realizando, debe ser calificada como trabajo por cuenta propia y por tanto, puede o no estar incardinada en el artículo 221.1 de la Ley.
- 23/09/2008, 00:03 #35Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
gracias Tusasolar por tu pronta respuesta e información.
Las alegaciones presentadas por nosotros han sido similares recalcando que no hay trabajo de ningún tipo y que debe considerarse una inversión.
Espero que si se están parando los expedientes también afecte al nuestro. Os mantendremos informados.
Gracias a todos por vuestras valiosas aportaciones al tema.
Saludos
- 16/10/2008, 00:30 #36
Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
[Gracias a los administradores por su esfuerzo ]
A raíz de las últimas intervenciones de tusasolar y luis1908 decidí hacer una segunda consulta (de la primera he dado referencias en anteriores intervenciones) a los servicios del INEM en su página web. En mi pregunta expuse mi caso: huerto solar 10kw.
Ésta ha sido la respuesta del servicio del INEM (con fecha de 24 de septiembre de 2008):
En su caso, la prestación de desempleo es compatible con la actividad que figura en la Agencia Tributaria.
Como no figura de alta en ningún régimen de la Seguridad Social, deberá de suspender la prestación cuando se produzcan ingresos por la venta de la energía sobrante. Informará a su oficina de empleo- prestaciones en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha de la percepción del importe de la venta, al objeto de suspender la prestación.
La forma de averiguar el periodo de tiempo o días durante los cuales se ha de suspender la prestación es mediante la aplicación de la fórmula siguiente:
Ingresos obtenidos divididos entre la Base máxima diaria del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (102,47 €) = nº de días que ha de suspenderse la prestación.
Para reanudar la prestación, debe solicitarla en los quince días hábiles siguientes a la finalización de los días calculados según la formula anterior
Lo de "venta de energía sobrante" me hace dudar acerca de la correcta comprensión del caso por parte del funcionario; de lo demás, y considerando todo lo que se ha dicho aquí ya, sinceramente no sé qué pensar.
(Por cierto, el sistema de consultas por internet en el INEM es bastante precario: no tienen habilitada la posibilidad de pedir aclaraciones a la respuesta dada. No abren hilos. ¡no vaya a ser que se enmarañen!)
- 05/11/2008, 10:52 #37Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola de nuevo,
Acabamos de recibir malas noticias del INEM que ha resuelto incompatibilidad para nuestro caso alegando los siguientes articulos:
art 221.1 del Real decreto 1/94 de 20/06/94
1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
y el art.6 bis del Reglamento de protección por desempleo considera trabajo, toda actividad que genere o pueda generar retribución o ingresos económicos.
Ahora tengo un plazo de 30 días para interponer demanda ante el Juzgado de lo Social.
Me gustaría saber que opinión tenéis del tema, que me podéis aconsejar o cualquier otra noticia o conocimiento del que dispongais.
Saludos
- 05/11/2008, 16:09 #38Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
he seguido este hilo con atencion y no me quedan claro si las incompatibilidades de las que se hablan son entre prestacion por desempleo y/o subsidio con la actividad económica FV o tambien se habla de la incompatibilidad entre desempleo/subsidio con una S.L. que gestiona una instalacion FV
- 05/11/2008, 17:57 #39
Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Da la sensación de que consideran incompatible el subsidio contra realizar cualquier actividad "empresarial" que produzca ingresos. A excepción de trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial..., que es como tener dos empleos. El paro (menos las horas del otro) y el a tiempo parcial.
Si lo que se quiere es "invertir" en energía FV, se debe poner como socio "no laboral". En teoría no debe trabajar ni figurar como trabajador, puesto que se vulnera la ley laboral.
S2Siempre hay espacio para nuevos conocimientos y saber!
- 05/11/2008, 22:40 #40Miembro del foro
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- 16/11/2008, 20:52 #41Miembro del foro
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola Tusasolar,
Me gustaría saber si ya habéis recibido respuesta del INEM respecto a la compatibilidad.
Saludos a todos.
- 17/11/2008, 09:56 #42Forero
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Re: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Por alusiones...
No hemos recibido nada, únicamente la versión "extraoficial" de que se habían paralizado todas las notificaciones hasta que en Madird dijesen algo. A mi mujer le reanudaron el pago hasta que el pasado mes comenzó a trabajar de nuevo.
- 07/02/2009, 23:09 #43Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Resucito este hilo porque he preguntado en el Inem si es compatible cobrar el desempleo por estar unos días en un ERE. La persona lo desconocía en ese momento pero, tras elevar la pregunta a Madrid, han contestado que todavía no se ha tomado una resolución definitiva. Preguntando si tras cobrar unos meses el desempleo por los días de ERE, existiría la posibilidad que me retirasen las cantidades cobradas me ha contestado que sí, que entraba dentro de lo posible.
¿ Hay alguien que pueda confirmar esta noticia o tenga información de primera mano? . Si se lo están pensando creo que ya han tenido tiempo, yo ya les comenté que el asunto era urgente para muchas persona, dadas las actuales circunstancias donde se unen la proliferación de huertas solares y de EREs.
Saludos
- 16/02/2009, 13:23 #44Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola
Pues yo he recibido la famosa carta del INEM para verificar la incompatibilidad de tener una instalación fotovoltaica con la prestación por desempleo...
Según un abogado que he consultado, el INEM tiene la razon al exigir la devolución de las cantidades cobradas por el paro, ya que ser titular de una instalación fotovoltaica y emitir factura a Iberdrola se considera actividad económica por cuenta propia...
Según la Ley de la prestación por desempleo, es incompatible percibir el paro con realizar una actividad ecnómica por cuenta propia , aunque no tengamos beneficios...
Por tanto, si nos siguen pagando la prestación del paro es por pura caridad humana... Yo lo veo bastante chungo y ya me veo devolviendo lo que he cobrado del paro...
SaludosÚltima edición por FRANVISAL; 17/02/2009 a las 09:40
- 19/02/2009, 11:26 #45Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
la verdad es que ésto es una gran puñeta, por decirlo de manera fina , sobre todo para pequeños propietarios cuyos ingresos derivados por su planta sean elevados a efectos del INEM, pero del todo insuficientes para sus necesidades personales y más teniendo en cuenta que la gran mayoría estamos abonando un crédito de la instalación....
Ésto y el tema de la incertidumbre o inseguridad jurídica del caso de la cotización a la seguridad social por el régimen de autónomosme tiene ciertamente inquieto, dado que por lo visto, por ahora la segunda cuestión está un limbo que no se está requiriendo, pero nadie nos dice q de aquí a un par de años, empiecen a enviarnos notificaciones con este tema. Y desde el punto de vista legal la cosa está poco clara para defenderla, aunq personalmente, creo que tenemos más argumentos a favor que en contra.
saludos
- 19/02/2009, 12:43 #46Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola
La verdad que si es una puñeta... a mi lo de la instalación fotovoltaica siempre me lo han vendido como una inversión y ahora resulta que eres un empresario normal... Me dicen que al estar dado de alta en el IAE y declarar IVA estoy realizando una actividad económica... cuando yo la única actividad que realizo es mirar al sol y rezar para que arda el planeta jijijiji... es un cachondeo, nos obligan a hacer los modelos estos de IRPF y de IVA y nosotros no podemos hacer nada para incidir ni sobre la producción ni sobre el precio ni nada de nada, somos meros espectadores o sujetos pasivos en esta actividad...
A todo esto, con los ingresos que tengo no me da ni para pagar el préstamo de la instalación... a ver cómo coño comemos... esto es una verguenza, nos animan a invertir en energias renovables y ahora no solo no tenemos beneficios sino que encima no tenemos derecho a cobrar el desempleo, que es un derecho que me he ganado trabajando en mi actividad principal durante mas de 3 años...
saludos
- 19/02/2009, 23:25 #47Miembro del foro
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
A pesar de los trastornos y problemas económicos y personales que nos está generando el tratamiento dado por el INEM a esta inversión y agotadas las reclamaciones previas, hemos puesto una demanda por vía juridico-social, aconsejados por nuestro abogado que ve posibilidades de defender el tema, pero todavía va a tardar unos meses en salir el juicio.
Si alguien tiene información o experiencia al respecto, agradecería sus comentarios.
Un saludoÚltima edición por Asterix; 19/02/2009 a las 23:34
- 25/02/2009, 23:35 #48Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Creo que deberiamos organizar una recogida de fondos para financiar tu demanda espero que al menos todos los que tienen instalaciones y son asalariados se sumen a esta iniciativa.
De momento te paso este comentario para que lo consultes con tu abogado;
El aprovechamiento de la energia solar se puede hacer entre otras de las dos formas siguientes:
a.- Convirtiendo la energia solar en energia fotovoltaica
b.- convirtiendo la energia solar en calor
Las dos instalaciones necesitan de la misma dedicacion de parte de sus titulares, sin embargo, a los propietarios de las instalaciones F.V. se les considera que realizan una actividad y a los propietarios de las instalaciones termicas no.
Los dos propietarios reciben aproximadamente el mismo rendimiento economico de sus instalaciones pero uno está incentivado por el estado via subvencion y el otro está subvencionado via prima por kW con lo que para recibir el incentivo tiene que darse de alta en una actividad.
Una vez amortizadas las instalaciones, el propietario de la instalacion termica tambien obtiene un rendimiento economico via ahorro de la factura de gas ó electricidad.
Saludos y espero noticias tuyas para la recogida de fondos.
- 26/02/2009, 10:28 #49Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Estoy de acuerdo con lo de la recogida de fondos, ya que si la demanda prospera y se declara la compatibilidad, sería un precedente muy importante para los que tienen instalaciones fotovoltaicas.
Estaría interesado en saber por que a los titulares de instalaciones térmicas no se les da el mismo trato que a los titulares de instalaciones fotovoltaicas. ¿Los titulares de instalaciones térmicas emiten factura mensual y reciben ingresos por la venta?. Es importante aclarar esto.
Saludos
- 26/02/2009, 11:14 #50Forero
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Respuesta: Compatibilibad entre el paro y huerta solar
Hola FRANVISAL
Los titulares de instalaciones termicas no emiten facturas.
La idea del ejemplo es demostrar que los titulares de instalaciones termicas, a pesar de no estar dado de alta en el I.A.E. tambien estarian realizando un trabajo "sin declarar" ya que el ser propietario de una instalcion termica supone la misma dedicacion que la que tienen los propietarios de una instalacion fotovoltaica.
Por ello, si a estos se les supone que realizan un trabajo a los propietarios de instalaciones termicas tambien se les deberia de suponer.
Mi conclusion es que, en ambos casos el espiritú de la ley de fomento de las energias renobables, no fué el considerar que los referidos propietarios de instalaciones, fuesen considerado empresarios.
Saludos