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- 21/04/2008, 13:19 #1Miembro del foro
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Deducción Medioambiental IRPF.
En Julio del año pasado comencé a pagar un instalción fotovoltaica que me entregan en breve, con lo cual la puesta en marcha de la instalación se producirá este año (2008).
El 90% de los pagos los realicen hasta Diciembre del pasado año.
Mi pregunta es:
Aunque el año pasado no se haya puesto en funcionamiento la instalación fotovoltaica ¿puedo deducirme todas las cantidades aportadas en la declaración de la renta correpondiente al año 2007 que realizaré ahora en Mayo? o tendría que esperar a que estuviese puesta la instalación en funcionamiento para deducir todos los pagos en el ejercicio 2008 (aunque la mayoria se produjeran en el 2007).
Gracias.
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- 21/04/2008, 22:00 #2
Deduccion en IRPF
A efectos de la fecha para desgravarse la deducción: Si la has financiado con leasing cuenta la fecha del contrato de leasing, en tu caso 2007, en caso contrario cuenta la fecha de puesta en marcha de la instalación, en tu caso 2008.
- 23/04/2008, 17:13 #3Forero
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A ver si os parece bien este pundo de vista:
Si no me he equivoco, Mousi ha realizado el pago correspondiente a la finalización de las obras y le falta la entrega y la conexión.
Textualmente, el RD 1777/2004, dice:
"La inversión se entenderá realizada cuando los elementos patrimoniales sean puestos en condiciones de funcionamiento"
No dice "en el momento en el que inicie la producción", o sea, que se podría interpretar como que es en el momento en el que la torre está acabada, aunque la compañía eléctrica no te haya conectado todavía y no produzcas, ¿No? Su elemento patrimonial, la instalación fotovoltaica, está en condiciones de producción y, en ese caso, podría contarse la desgravación del 2007 en lugar de la del 2008.
- 23/04/2008, 17:31 #4Forero
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Bueno, este tema se ha tratado en estre otro hilo:
http://www.solarweb.net/forosolar/sh...t=desgravacion
En definitiva, parece que la interpretación más segura es decir que no se puede, pero es posible aplicar otra interpretación, con el riesgo de que a hacienda no le guste.
- 01/05/2008, 10:23 #5Forero
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alta administrativa
Hola de nuevo
Estoy haciendo la declaración y... no se como lo teneis vosotros, pero yo tengo un documento sellado por el gobierno de navarra que dice "fecha puesta en servicio 12-2007" y un contrato de compraventa de energía con Iberdrola firmado el 26-11.
A efectos administrativos mi instalación ha sido puesta en marcha en 2007, así que me aplicaré la deducción del 8%.
Un saludo,
Adolfo.
- 04/05/2008, 21:40 #6Forero
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efectivamente,con leasing debes desgravarte en deduccciones medioambientales el 8 si el año anterior ya lo hiciste el 10. si no lo hiciste el año anterior a lo mejor este año puedes empezar con el 10(ver la ley). lo que no tengo claro es que en la declaracion debes meter los gastos en actividades economicas, porque estas realizandola; aunque, como yo no tengas ingresos.En estos gastos se deben meter la amortizacion proporcional del leasing(en el contrato del leasing viene reflejado en el mismo en la parte de la derecha) multiplicado por el numero de meses.
- 05/05/2008, 05:18 #7
- 05/05/2008, 09:35 #8Forero
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Hola, Caymer
es que yo no tengo leasing, por lo tanto me cuenta la fecha en la que la instalación es puesta en "condiciones de funcionamiento" y el problema que tenemos varios de nosotros es que ese término puede ser interpretado de varias formas.
Algunos dicen que es cuando esté el contador puesto y por lo tanto se inicie la producción, pero yo no pienso igual, porque el texto no dice "en funcionamiento", si no "en condiciones de funcionamiento", y mi instalación estaba terminada en el 2007 y registrada en 2007, aunque Iberdrola no la haya enchufado hasta el 2008.
un saludo,
Adolfo.
- 05/05/2008, 09:59 #9Forero
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guderian 2: ami entender te puedes aplicar las deducciones ya.Tiene que ver si has tenido gastos en 2007 o no.Yo los he tenido y aparte de las inversiones medioambientales lo voy a meter en actividades economicas puesto que he tenido unos gastos(y 0 E en ingresos)
- 05/05/2008, 10:04 #10Forero
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- 05/05/2008, 11:53 #11Forero
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Hola a todos :
Ya se que hay hilos sobre el tema pero no lo he visto claro.
Veo que se puede desgrabar como gastos en la declarcion trimestral los relacionados con la financiación .
Mi pregunta es ¿Se pueden poner como gastos las cantidades que yo pago , todo de mis ahorros, para montar una instalación llave en mano , sin ningún tipo de prestamo?¿Como lo podría desgravar cada trimestre? ¿como gasto de amortización?
Si es así supongo que se pondria una cantidad por cada trimestre ¿ hay alguna norma sobre cuanto hay que poner?
Perdonar por la duda pero en esto estoy algo "pegado"
Gracias por toda la ayuda que ofreceisGracias por vuestra ayuda
- 05/05/2008, 12:00 #12Forero
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Hola a todos :
Ya se que hay hilos sobre esto que voy a preguntar , pero no lo veo claro.
¿Se puede desgravar como gasto de amortización en las declaraciones trimestrales lo que he pagado por una instalación llave en mano , cuando no he utilizado ninguna forma de financiación y ser todo de ahorros personales?
Si es así supongo que habra que hacer algún calculo sobre las cantidades a poner ¿Como debo de hacerlo?¿ cuanto tiempo hay para desgravar al total del gasto,si hay plazos?
Gracias y perdonar pero estoy algo pegado en estos temas.Gracias por vuestra ayuda
- 05/05/2008, 12:01 #13Forero
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OHHHHH
Perdón mil veces no me di cuentra de que ya se habia colgado mi primer post.
PERDON MIL VECESGracias por vuestra ayuda
- 05/05/2008, 14:09 #14Forero
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Como no pones puntos ni numeros te respondo a cada una de tus interrogantees.
1? NO
2? Si no hay financiación lo unico q te puedes deducir cada trimestre es la parte proporcional de la amortización y el mantenimiento/alquiler...
3? La cantidad a deducir por amortizción depende de a ctos años decidas amortizar, puedes elegir entre 10 y 20 años, Divides la inversion realizada entre el nº de años elegido y luego lo divides otra vez entre 4. Lo q te de es lo q te puedes deducir trimestralmente hasta cumplir los años de amortización elegidos
Sugerencia: con lo barato q esta el dinero en los bancos financia algo aunq sea el 50%
Edito, en la declaracion de la renta por supuesto podras deducirte el 6% de la inversión (aunq no hayas financiado), por inversion medioambiental...Esta parte esta ampliamente explicada en el foro, como y cuando se haceÚltima edición por sifos; 05/05/2008 a las 14:12
- 05/05/2008, 14:16 #15Forero
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guderian2: en el año 2006 hice una aportacion del 10% de la instalacion a la empresa promotora, y en la declaracion de ese año me lo desgravé.Y la instalacion ni se habia comenzado a realizar. Además lo hice la mitad en la de mi mujer y la otra mitad en la mia. y sin problemas , de momento.
- 05/05/2008, 14:23 #16Forero
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guderian2: en el año 2006 hice una aportacion del 10% de la instalacion a la empresa promotora, y en la declaracion de ese año me lo desgravé.Y la instalacion ni se habia comenzado a realizar. Además lo hice la mitad en la de mi mujer y la otra mitad en la mia. y sin problemas , de momento.
- 06/05/2008, 10:39 #17Forero
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Gracias Sifos y perdona por no poner puntos ni numeros pero esyot poco ducho en esto de los "post" .
La verdad es que no he tratado de financiar nada por no saber si tenia alguna ventaja con ello o no , y como tenia esos ahorrillos ( solo es una instalacion de 5 kw en cubierta invertida) pues me dije con lo que tengo y las facilidades de pago que me daba la instaladora pues adelante.
De cualquier modo tomo nota de lo que me dices y trataré de hacerlo bien.
Por cierto, ¿hay que poner en algun sitio, o comunicar, como se va a realizar la amortización a lo largo de los trimestres?
Gracias de nuevo y si yo puedo aportar algo nuevo contar con ello.Gracias por vuestra ayuda
- 06/05/2008, 11:01 #18Forero
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No, no tienes q decirle a nadie q periodo de amortización has elegido (a menos q tengas una inspeccion), pero lo q no puedes hacer es ir cambiando.
Es decir si decides amortizar a 10 años, luego tienes q amortizar siempre a 10 años, no puedes al cabo de 5 años decidir cambiar la amortización y que en vez de 10 años sean 20...
- 06/05/2008, 13:01 #19Forero
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Hola Sifos:
Entendida tu aclaración , la verdad es que si no fuera por vuestra ayuda esto no sería tan facil.
Si alguna cosa puedo hacer por ti o por alguno de vosotros sólo teneis que decirlo .
Por cierto si quieres algo privado lo puedes enviar a guevertoARROBAyahoo.es
Un cordial saludo.
Tomás JesúsGracias por vuestra ayuda
- 11/05/2008, 00:14 #20Forero Junior
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Re: Deducción Medioambiental IRPF.
Hola a todo el foro. Hace 2 días llamé a Información Tributaria para preguntar sobre la deducción por inversiones medioambientales, y me quedé perplejo.
Mi caso es el de una inversión en un huerto solar llave en mano. Pues según mi "informante", yo no tendría derecho a la deducción, sino el promotor de la huerta. También me dijo que la ley que se refiere a esta deducción es la "Ley del Impuesto de Sociedades", con lo que yo, como inversor particular, no me podría acoger.
Al día siguiente, volví a llamar y mi nuevo informante me dijo que sí me podía acoger a la deducción, concretamente al 8%.
¿Qué os parece todo esto? Supongo que algunos de vosotros ya hicisteis la deducción de 2006 en la declaración del año pasado como inversor particular. ¿Alguien ha tenido algún problema? Voy a hacer la declaración ya y me gustaría aclararme con esto.
Ya leí en otro post que lo de la información tributaria era para tomarlo con precaución, pero esto ya me parece demasiado.
Saludos y gracias por vuestra información.
Miguel"La verdadera ciencia enseña, por encima de todo, a dudar y a ser ignorante"
Miguel de Unamuno
- 11/05/2008, 18:56 #21Forero
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Re: Deducción Medioambiental IRPF.
Miguel, puedes aplicarte la deduccion con toda tranquilidad (aunq seas "inversor particular" y no sociedad).
Un consejo, estas son las peores fechas para llamar a Información Tributaria, les sale el trabajo por las orejas y esta lleno de becarios....
- 17/06/2008, 07:59 #22Forero Junior
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Re: Deducción Medioambiental IRPF.
Hola a todos:
Tengo dudas con respecto al alta previa y definitiva. Yo me di de alta previa en el censo en 2007, hice el 90% de la inversión en ese año, me han devuelto ya ese IVA, y este año me he dado de alta definitiva y ha empezado la producción.
El gestor dice que el alta previa sólo es a efectos de IVA, y que como el alta definitiva (que implica inicio de producción) es de este año no me puedo acoger a la deducción del 8% de la inversión de 2007.
Si es así, ¿puedo en 2009 aplicar la deducción de lo invertido en 2007 y 2008 (8 y 6% respectivamente)?
Espero que podáis aclararme ésto.
Muchas gracias,
Miguel"La verdadera ciencia enseña, por encima de todo, a dudar y a ser ignorante"
Miguel de Unamuno
- 17/06/2008, 10:57 #23Forero
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Re: Deducción Medioambiental IRPF.
El 8% o el 6% te corresponderá según haya entrado en funcionamiento en 2007 o 2008. No varía para cada año. Y es una cantidad que deberás deducirte en un máximo de 10 años, cada año lo que puedas. Si has financiado la instalación por leasing, el porcentaje corresponde, no al año que entra en funcionamiento, sino al año que firmaste el leasing.
- 17/06/2008, 11:09 #24Miembro del foro
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Re: Deducción Medioambiental IRPF.
Hola a todos.
Si he entendido bien, se puede desgravar el 8% de la inversión en un máximo de 10 años.
¿Pero que cantidad o porcentaje se tiene que ir haciendo año a año? ¿Puedo este año no desgravarme y acumularlo por ejemplo para el año que viene?
Un saludo,
Cesar
- 17/06/2008, 12:36 #25Miembro del foro
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Re: Deducción Medioambiental IRPF.
Del Blog Solar de Jumanji
El RD 4/2004, en su Artículo 44. Normas comunes a las deducciones previstas en este capítulo:
“1. […]
Las cantidades correspondientes al período impositivo no deducidas podrán aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos. […]
El cómputo de los plazos para la aplicación de las deducciones previstas en este capítulo podrá diferirse hasta el primer ejercicio en que, dentro del período de prescripción, se produzcan resultados positivos, en los siguientes casos:
a) En las entidades de nueva creación.
b) En las entidades que saneen pérdidas de ejercicios anteriores mediante la aportación efectiva de nuevos recursos, sin que se considere como tal la aplicación o capitalización de reservas.
El importe de las deducciones previstas en este capítulo a las que se refiere este apartado, aplicadas en el período impositivo, no podrán exceder conjuntamente del 35 por ciento de la cuota íntegra minorada en las deducciones para evitar la doble imposición interna e internacional y las bonificaciones. […]
En resumen, puedes desgravar cada año lo que necesites, pero tienes un plazo (10 años) y un limite por año (35% de la Cuota Integra).
Saludos.