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  1. #26
    Avatar de jor-sol
    jor-sol está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: licencia de actividad

    Cita Iniciado por jdmsolar Ver mensaje
    ... sino que además según el Ayuntamiento la actividad está sometida a la Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental en la Comunidad de Madrid.
    Leyendo la Ley 2/2002, NO se debería aplicar puesto que se trata de una instalación de 22kWp sobre cubierta de Nave en Polígono Industrial.
    ...
    No será la LEY 2/2006, de 5 de mayo, de prevención de la contaminación y calidad ambiental?

    Esa si que se aplica sobre cubiertas y es bastante sencilla.

    Saludos,
    "Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"

    Mario Benedetti

  2. #27
    jdmsolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: licencia de actividad

    Hola Jor-sol,
    Te confirmo que

  3. #28
    jdmsolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: licencia de actividad

    Hola de nuevo, (los monstruitos del PC se han animado con eso del findesemana), Simplemente confirmar que en Madrid y como veo por lo que me dices, cada Comunidad tiene su propia ley al respecto. (Para Madrid: Ley 2/2002 - BOE 176 de 24/07/2002).

    El lunes he conseguido cita con el Técnico de Actividades y a ver si podemos resolverlo, parece que es cuestión de paciencia y habilidades sociales.
    Gracias por vuestro interés.
    Saludos

  4. #29
    jdmsolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: licencia de actividad

    Por si a alguien pueda interesarle.
    En mi caso el procedimiento será:
    Junto a la licencia de obra o incluso de forma previa a ésta solicitud, se ha de solicitar un "Certificado de uso". (De lo que diligentemente no me indicaron en mi primera en la que pedía toda la información necesaria)
    Una vez obtenido este Certificado, se deberá solicitar la licencia de Actividad (de perogrullo porque me piden una Certificación de obra que no podré obtener hasta que nos autoricen la Licencia de obra correspondiente).
    En este punto parece que se liberará tanto la Licencia de obra como la de Actividad.
    ¿Los plazos?, una barbaridad.

    Por el foro he visto información de trámites similares en otros ayuntamientos de otras comunidades (Valencia), sin embargo parecen realizarse con mayor diligencia.

    Saludos.

  5. #30
    Avatar de HSU
    HSU
    HSU está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: licencia de actividad

    Hasta donde humildemente llego y sólo trabajo sobre cubiertas.

    La licencia de obra y actividad son independientes, normalmente la de obra se adjudica (salvo obra mayor) en un plazo de un par de meses. La licencia de Actividad tarda más, ya que en algunos casos debe ser supervisada por tecnicos que van más allá de la propia oficina de urbanismo. Es decir, Bomberos, Sanidad etc...), no obstante, esta no te la van a pedir.

    La petición de licencia de obra, dependiendo en qué Ayuntamientos, puede ir unida a la petición de licencia de actividad.

    Por cierto, vete preparando pasta, pq en algunos sitios el ICIO se calcula en base al coste del 100% de la instalación, incluyendo módulos, inversores y demás parafernalia.

    Un saludo.
    "La información hay que buscarla en su origen, no en su destino. Internet es un mentidero."

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