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- 06/02/2008, 11:00 #1Miembro del foro
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Subdividir instalacion fotovoltaica para ahorrar el aval
Hola forer@s
Llevaba ya un tiempo si entrar y veo que la web tiene un formato diferente y el foro es tan apasionante como siempre. Muy buen trabajo!!
Tengo una duda i/o pregunta, a ver si algun@ me la puede solucionar:
Resulta que tengo una instal·lación de 100 kW de potencia y para darla de alta en la Generalitat de Catalunya tengo que presentar un aval segun el RD 352/2001 en una cuantia de 500 €/kW instalado.
Mi pregunta es:
Puedo utilizar el truco de subdividir la instalación en varias de mas pequeñas dando de alta varias empresas (por ejemplo 2 de 50 kW) para conseguir ahorrarme este aval?
Alguien lo ha provado? Soy un novato en esto de temas legales!
Muchas GraciasSi el sol envia a la Tierra 4000 veces más al año de la energia que se consume, algo se tendra que aprovechar...
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- 06/02/2008, 11:34 #2
Yo creo que por poder, podrías, pero necesitarías 50 sociedades distintas (aunque creo que he leido algo de que no hay ninguna disposición en contra o a favor de que una empresa tenga huertas separadas). Lo que no me creo que es no te creasen ningún problema a la hora de tramitar cuando te soliciten el aval. Amén de que necesitarías 50 inversores monofásicos de 2kW y demás parafernalia.
Realmente no lo veo tan bien..."Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...
- 06/02/2008, 12:01 #3Miembro del foro
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No tengo ni idea de cómo va el tema en Cataluña, pero... ¿el aval no es exigido por el RD 661/2007? Porque si el RD prevalece frente a esa norma (que no conozco), pongas la potencia que pongas la única forma de ahorrarte el aval es que la instalación fuese ubicada en cubierta.
Si, por lo que sea, prevalece ese 352/2001, entonces no os puedo ayudar
- 06/02/2008, 12:57 #4
- 06/02/2008, 14:12 #5Miembro del foro
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No quiero polemizar con temas políticos, porque no es el cometido del foro, pero ¿los RD no eran de aplicación obligatoria en todo el territorio del Estado? Otra cosa son los reglamentos que los desarrollan y concretan (sí los pueden elaborar -o deben- las CCAA), pero ninguna normativa autonómica puede estar por encima de una emitida por el Estado.
Insisto en que esa normativa, si es de aplicación en Cataluña y data de 2000, estaría derogada, en principio, por las normativas estatales de 2004 (primero) y de 2007 (actualmente)
- 06/02/2008, 16:45 #6Miembro del foro
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Ahi os dejo el texto:
Régimen jurídico aplicable
La Disposición final segunda del Real decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el cual se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial añade un nuevo artículo 66 bis al Real decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica que introduce la figura de l’aval en concepto de fianza por responder de las obligaciones derivadas de la solicitud d’acceso a la red de distribución de las instalaciones de producción en régimen especial.
Cuantía de l’aval
Para las nuevas instalaciones de producción en régimen especial, el solicitante, antes de realizar la solicitud de acceso a la red de distribución habrá de haber presentado un aval por una cuantía equivalente a 500 €/KW instalado para las instalaciones fotovoltaicas o 20 €/KW para el resto de instalaciones.
Cuando se trate de parques solares, el propietario del depósito debe ser el solicitante del punto de conexión segundos prevé el punto 2 de la Instrucción 5/2006.
Instalaciones excluidas
Quedarán excluidas de la presentación de este aval las instalaciones fotovoltaicas de potencia inferior o igual a 100 KW que se rigen por el Decreto 352/2001, de 18 de diciembre, sobre procedimiento administrativo aplicable a las instalaciones d’energía solar fotovoltaica conectadas a la red eléctrica (procedimiento simplificado) y las instalaciones fotovoltaicas (independientemente de la potencia) colocadas sobre cubiertas o paramentos de edificaciones destinadas a vivienda, oficinas o locales comerciales o industriales.
Que os parece? Se podria hacer?Si el sol envia a la Tierra 4000 veces más al año de la energia que se consume, algo se tendra que aprovechar...
- 06/02/2008, 17:39 #7"Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
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