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- 30/01/2008, 11:22 #1Miembro del foro
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Capacidad legal, técnica y económica
Hola a todos.
El RD 1955 exige acreditar capacidad legal, técnica y económica para solicitar la autorización administrativa para la instalación de un parque solar.
Alguien sabe cuales son los criterios mínimos que exige industria de Castilla y Leon (concretamente Salamanca) para cumplir con lo exigido por el RD 1955, sobre todo en cuanto a la capacidad económica y técnica.
Por ejemplo, para justificar capacidad económica es suficiente con acreditar la presentación del aval, o es necesario un capital social mínimo etc. En cuanto a capacidad técnica, que acreditaciones, contratos etc. son necesarios.
Un saludo
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- 30/01/2008, 12:30 #2
- 30/01/2008, 13:19 #3Miembro del foro
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Me contesto a mi mismo y a otras personas que pudieran tener la misma duda.
Despues de varios intentos de comunicarme con la industria de Salamanca y confirmar con Valladolid, se llega a la siguiente conclusión.
Capacidad Legal: definirse como productor de electricidad en el objeto social de la empresa titular de la instalación.
Capacidad económica: suficiente con resguardo del aval
Capacidda técnica: no exigible
- 30/01/2008, 16:12 #4
Capacidad Legal: definirse como productor de electricidad en el objeto social de la empresa titular de la instalación.
Capacidad económica: suficiente con resguardo del aval de 500€/W
Capacidad técnica: asesoramiento técnico de una empresa que ya sea generadora de energía
Su exigencia varía según la Comunidad Autónoma."Ahorcaremos al último burgués con la soga que nos venda - Lenin"
Fotovoltaica VS Nuclear: Energía renovable; eso es bueno. Energía más cara; eso es malo. Sin radiactividad; eso es bueno. Sujeta a subvenciones variables; eso es malo. Más barato desmantelar; eso es bueno... Yogulado...