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Tema: suelo rustico
- 18/12/2007, 16:39 #1Miembro del foro
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suelo rustico
Buenas a todos:
Tengo una instalación para ejecutar en un pueblo de salamanca. Ya tengo punto de enganche con Iberdrola la instalación la solicite para 50 kW en la cubierta de una nave en suelo rustico. Por normativa urbanistica en suelo rustico en CyL tendria que dejar 10m separación con la siguiente parcela y no dispongo de ello para poder hacer la instalación. Yo me quiero acoger a que la instalación se realizará sobre la cubierta y no sobre el suelo.
¿Tengo alguna posibilidad de seguir adelante, la nave esta a menos de 4 metros del lindero?
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- 18/12/2007, 18:37 #2
- 19/12/2007, 12:35 #3Miembro del foro
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Lo mejor es hablar directamente con urbanismo.
yo estuve preguntando no por distancias sino por la autorizacion de uso excepcional porque condideraba que al estar autorizada la nave no había que pedirlo y me dicen que hay que pedir el uso excepcional de todos modos, porque la actividad para la que se construye la nave puede ser autorizable pero la instalación fotovoltaica no (???) así que lo tienen que estudiar y dictaminar. No lo entiendo, la verdad no. Así que lo de la lógica.... parece que no todos siguen la misma lógica y menos la administración.
Resumen llama a urbanismo pide hablar con el tecnico de suelo rustico y haz una consulta.OLIVERIO
- 19/12/2007, 13:40 #4Miembro del foro
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te puedo adelantar que tu consulta sea lo màs discreta posible.
Me explico:
vamos a montar una instalacion en la cubierta de mis naves,100kw. Bien pues teniamos entendido que no hacia falta concesion municipal, fuimos a pedir la licencia de inicio de actividad, porque nos la pedian para una pequeña ayuda que conseguimos , bien , en el ayuntamiento se les iluminan los ojos y se les nublan la mente al ver el presupuesto. Nos comentan que no hay problema, pero hay que sacar la licencia de obra mayor, y el cannon es del total de la inversion.
si sabemos que esto era asi nos hubieramos planteado el abadonar, pero claro te pillan con las placas montadas y pagadas el noventai- tantos porciento.
pienso que es un abuso y una falta de apoyo a los pequeños aventureros en este incierto mundo de la energia solar.
un saludo y felices y soleadas fiestas
- 19/12/2007, 18:48 #5Miembro del foro
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hola, mira ariscar ese tema esta trillado un poquillo, usa el buscador y mete algo como "ley haciendas locales " p. ej. salen sentencias q sientan jurisprudencia, en el caso de eólica, igual q a tí querían cobrar por la totalidad de la instalación, solo se paga por lo q se construya in situ, es decir la obra civil, no por los ventiladores (quiero decir aerogeneradores). Es de sentido común, recuerdas cuando construiste tus naves? pagaste licencia de obra según lo q costaron estas, no por los camiones q guardas, o es q si guardas 2 pagas más q si guardas 1 (valga como ejemplo, no se pa q las usas)
En fin, q primero vas de buen rollo y les comentas a los funcionarios (q a veces parece q van a comision) lo q hay si se ponen burros de abogados y eso, les tocará pagar además del proceso el lucro cesante (lo mismo tampoco saben q es eso)... supongo entraran en razón y llegaréis a un acuerdo, te pueden joder en esperas de tiempos muertos y eso, poco más Y el calentón q te has llevado.
si conoces a algún abogado competente se lo comentas, y al q te ha hecho el proyecto/emp. instaladora un tiron de orejas, se hacen presupuestos separados y se explica bien en el ayto. pa no pasar estos malos tragos, si es obra llave en mano q se busque la vida el instalador, si lo montaste tu todo, lo digo siempre zapatero a tus zapatos, ya diras. bye
- 21/12/2007, 10:29 #6Miembro del foro
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Gracias a todos por las respuestas. Azazel tu respuesta fue la mas segura podrias confirmar que una instalación fotovoltaica encima de una cubierta de una nave se puede hacer en suelo rustico sin tener la autirización en suelo rustico.
En mi caso el arquitecto del ayuntamiento primero me dice que si la actividad dentro de la nave no tiene licencia de apertura no podemos montarla en la cubieta..... Despues de lidiar con el y con el alcalde parece aclarado esta parte, el problema viene cuando me pide la autorización de uso en suelo rustico. Y aqui no lo tengo claro, yo tambien pienso que la instalación es en cubierta y que no tendria que solicitar la licencia urbanistica pero claro la canalización electrica si irá enterrada...Gracias por vuestra consideración.
- 22/12/2007, 02:44 #7Miembro del foro
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El problema que veo es una nave en suelo rustico...
la dificultad que tienes es que la nave no es oficial, poque si no, el tereno no seria rustico.
- 28/12/2007, 23:23 #8Miembro del foro
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Hola muchachos, os comento cuatro cositas respecto a este tema.
En Cataluña y creo que en las otras autonomias funcionará igual, encima de una granja PUEDES PONER LAS PLACAS QUE QUIERAS, Y NO ES NECESARIA NINGUNA CALIFICACIÓN ESPECIAL DEL SUELO.
En cataluña tenemos un auténtico peregrinaje que recorrer, si queremos instalar placas en el suelo rústico: MÍS DE 6 MESES SOLAMENTE PARA CAMBIAR EL USO DEL SUELO.
Pero en techos es distinto:
- en un suelo rústico, pagamos una contribución de sueló rústico.
- UNA GRANJA, POR EJEMPLO, el edificio en si ya paga una contribución
que es dístinta a la del suelo rústico.
Por lo tanto, yo en cataluña puedo poner placas solares con la misma facilidad encima de una nave industrial en un polígono industrial, que encima de una granja de cerdos en medio del campo, tal y como ahora estamos haciendo.
Y lo dicho, encima de un edificio, la distancia que tengas con el vecino, es la que es, y punto.
CONSULTALO PRIMERO EN VOZ BAJA EN EL AYUNTAMIENTO, Y ADELANTE, pero no creo que tengas ningún problema.