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- 28/11/2007, 09:01 #1Miembro del foro
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Substituir térmica por fotovoltaica
En un hilo de hace tiempo se comentó este tema, pero entonces no había experiencia suficiente como para contestar algo que no fueran conjeturas.
Al amparo de lo establecido en el CTE HE 4, punto 1.1, apartado 2, caso a), queda expresa de forma nu tanto ambigua la posibilidad de substituir la instalación de un sistema de energía solar térmica con la aportación energética para A.C.S. (determinada dependiendo de cada zona, orientación, etc.) por la instalación de otra energía renovable que cumpla los requisitos mínimos exigidos. El problema es que no explica como.
Ahora que ya ha pasado algún tiempo, ¿alguien tiene alguna experiencia real de qué exigen para hacer la equivalencia a fotovoltaica y si están poniendo problemas?, ¿está ya definido o cada maestrillo administrativo tiene su librillo?
Gracias de antemanoÚltima edición por Seldon; 28/11/2007 a las 09:06
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