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Tema: Deducción IRPF
- 04/11/2007, 09:36 #1Miembro del foro
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Deducción IRPF
Hola a todos,
soy nuevo en el foro y leiendo leiendo me he dado cuento que las cosas no me encajan. Tengo una instalacion de 7,5kW a titulo personal y trimestralmente me aplican el 20% de los ingresos que obtengo de la planta mediante el modelo 130, de tal manera que en el momento de realizar la declaración de renta me devolveran el dinero, es decir, tengo un pago a cuenta.
En los posts pone que se puede amortizar la instalación trimestralmente (periodo de 10 años, 11 ..... según interés) y mi gestor me dice que no, que el pago a cuenta lo debo hacer igualmente y que ya me lo devolveran en el momento de realizar la declaración. Por lo que entiendo que mi amortización será anual. Voy bien o canvio de gestor.................... jajaj
Gracias por vuestra atención.
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- 04/11/2007, 11:51 #2
Amortización fiscal vs pago a cuenta
Hola Gerarxi.
Discúlpame puesto que me manejo mejor con sociedades que con personas físicas, pero entiendo que lo que comentas son cosas dieferentes.
Es decir, una cosa son los pagos a cuenta, y otra la amortización fiscal, que es un término económico y contable que mide la depreciación de un bien por su uso, obsolescencia y paso del tiempo. Es decir, las amortizaciones no conllevan movimientos de dinero, son sólo asientos contables.
No sé si ibas por aquí...
- 10/11/2007, 09:30 #3Miembro del foro
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Amortiac
hola Jumanji,
gracias por tu aportación, ya no se si voy por ahi o no.....jajajaja
Estoy entregando un 20% del benficio de la planta y entiendo que en el momento de hacer la declaración me devolveran el dinero hasta que la palanta esté amortizada,,,,,,,,,,,,,,,, a menos que no cobre 5000 euros al mes i me toque pagar una pasta a hisenda.
Puedo entender que la amortización no sea un dinero físico pero que a mi también me la aplicaran al igual que una sociedad.............
si me lo puedes aclarar me arias un favor,
un saludo.
- 10/11/2007, 11:03 #4
Hola gerarxi,
Imagino que tu pregunta es la siguiente:
Trimestralmente pagas en 20% de los beneficios con el modelo 130. Como los gastos de mantenimiento son casi nulos, los beneficios equivalen a los ingresos por la venta de la energia y por tanto, el mod130 te sale a ingresar.
Anualmente, en tu declaración de IRPF deduces la amortización de los equipos de la planta según tu plan de amortización (max. de 8% anual y max. de 25 años). De manera que recuperas casi todo lo que has adelantado trimestralmente mediante el mod130.
Si lo he entendido bien tu quieres amortizar trimestralmente, ya que Hacienda te retiene trimestralmente.
No te puedo responder con seguridad, pero creo que es posible y estas en tu derecho de hacerlo. Simplemente, divides por 4 la amortización anual y la aplicas trimestralmente.
En mi instalación no amortizo trimestralmente, pero el año que viene si que lo haré, así tendré menos movimientos de dinero con Hacienda.
Si no estoy en lo cierto, dimelo please.
Salut
- 10/11/2007, 11:04 #5
Mira el siguiente hilo
http://solarweb.net/forosolar/showthread.php?t=5612
- 10/11/2007, 14:01 #6Forero
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Gevarxi,
creo q se ha comentado bastantes veces. SI puedes amortizar trimestralmente (bueno no amortizas trimestralmente, pero lo descuentas de los pagos acuenta) de esta manera no tienes q adelantar dinero a hacienda, para q te lo devuelvan despues.