Iniciado por
SERBANA
Hola,
Pues te cuento para que tomes decisiones en base a mi experiencia.
Boletin legalizado el 12/12/22
Comunicado de Repsol el 28/12/22
Hemos recibido una comunicación de tu compañía distribuidora de electricidad en la que se nos informa de la nueva modalidad de autoconsumo a la que se acogerá tu instalación con CUPS
Según lo establecido en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica (en adelante referido como RD 244/2019), tienes un plazo de 10 días para expresar cualquier disconformidad relativa a la modificación de tu contrato de acceso
Solicitada información por escrito sobre la "modificación de mi contrato de acceso" y sin respuesta.
Comunicado de I-DE 19/01/23 (22 días desde el 28/12/22)
Desde i-DE, la distribuidora del Grupo Iberdrola, queremos informarte de que la solicitud de modificación de las condiciones técnicas de tu contrato que hemos recibido desde tu comercializadora REPSOL COMERC DE ELEC Y GAS relativa al suministro de -X-X-X-X-X-X se realizará en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Comunicado de I-DE 20/01/23
Desde i-DE, la distribuidora del Grupo Iberdrola, queremos informarte de que la solicitud de modificación de las condiciones técnicas de tu contrato que hemos recibido desde tu comercializadora REPSOL COMERC DE ELEC Y GAS relativa al suministro de -X-X-X-X-X-X se ha realizado con éxito el día 20.01.2023.
Ese mismo día por la tarde realizo contratación con otra comercializadora y el día 21/01/23 ya está registrada la solicitud de cambio en I-DE
La nueva comercializadora (no se si lo hacen todas) por el "derecho a tu posible desistimiento" no "activa el contrato" hasta el día 3/02/23
Con todo y con eso, todavía me llamaron desde Repsol el día 10/02/23, si el 10 de Febrero y entonces sí me dieron nueva tarifa y por escrito.
Ahora tengo una factura de Repsol del 15 al 31/12 (con excedentes a 0,05 € que han contabilizado desde el 20/01/23) y otra del 1 al 3/01/23.
Ten en cuenta estos plazos, porque quizá te merece la pena quedarte el primer mes en la comercializadora que inicia la activación del autoconsumo con la distribuidora.
Enero y Febrero son meses de baja generación, pero si no activas vertido cero, los excedentes que produces y no te compensan por toda esta "burocracia" son los que además te los venden en tu consumo.
Saludos,