Resultados 1 al 13 de 13
  1. #1
    Avatar de skolly
    skolly está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    jul 2005
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    1.584

    Predeterminado Financiación del plan de energías renovables 2005-2010.

    Hola.
    Estoy revisando el plan de energías renovables 2005-2010 que salió en septiembre. Y en el aspecto de la financiación, hay tres categorías.
    Ayudas públicas a la inversión, Incentivos fiscales, y PRIMAS.
    En esta tercera categoría, la de primas, hay una partida de dinero, textualmente "de 4.956.000 miles de euros". O sea, entiendo que son 4.956.000.000 euros. ¿Qué pasa si ese dinero se gasta en el 2010 o antes? Nos dejan de pagar la prima al 575%? Y después del 2010, ¿que pasa con la prima, a pesar que el RD 436/2004 ponga que el 575% durante 25 años?
    No sé si me explico bien.... yo lo que interpreto es que la prima no está garantizada esos 25 años, sino mientras dure ese dinero para financiar esa prima.
    Qué opináis?

  2. #2
    simosol está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    jun 2005
    Ubicación
    Bulgaria y España
    Mensajes
    788

    Predeterminado

    Pues mi opinión es que no has leído algunos de los posts de este foro... lo cual es normal, no es un reproche,je,je.

    Te recomiendo que leas uno llamado "Derrogación RD 436".

    Por cierto, para el pago de la prima por venta de kWh fotovoltaicos no hace falta partida presupuestaria alguna, la pagamos entre todos bien repartidita en nuestra factura de la luz. A que no se nota? es que somos muchos...

    Un saludo.
    "Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)

  3. #3
    Avatar de skolly
    skolly está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    jul 2005
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    1.584

    Predeterminado

    Simosol, te aseguro que me he dijerido todos los posts de este foro.
    Entonces a qué se refiere la partida presupuestaria que habla en el apartado tres (categoría primas) del plan de energías renovables?

  4. #4
    Pipiolo está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    jul 2005
    Ubicación
    Bruselas
    Mensajes
    35

    Predeterminado

    El apartado 4.3, página 271, del PER aclara que "... estas primas son las propuestas para el adecuado cumplimiento de los objetivos del Plan..."

    Es decir, es lo que el que ha hecho el PER estima que costarán las primas para pagos de energía renovable producida por los nuevos MW que correspondan a cada tecnología, y cubre todas las tecnologías (la mitad se lo llevará la eólica).

    Si se superan las previsiones el Gobierno podría decidir reducir las primas para las nuevas instalaciones, pero nunca para las existentes.

    Saludos

  5. #5
    JBBCU está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    oct 2005
    Mensajes
    15

    Predeterminado Retroactividad de la norma

    Pues yo no estaría tan seguro en que la prima es intocable. Tengo en mis manos una enorme carpeta que me han hecho llegar de un foro de empresas que presentaron el nuevo plan de EERR 2005-2010, y una de las presentaciones, de la APPA, habla de 2 términos un poco preocupantes a este respecto: inestabilidad de la norma y retroactividad de la norma. Vamos! que si la APPA está preocupado por ello pues cuidadín!

  6. #6
    Avatar de skolly
    skolly está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    jul 2005
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    1.584

    Predeterminado

    Dónde está escrito textualmente, o se da a entender que el cambio en las primas no será con carácter retroactivo? Porque yo aún no lo he leído.

  7. #7
    simosol está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    jun 2005
    Ubicación
    Bulgaria y España
    Mensajes
    788

    Predeterminado

    Insisto en lo que comentaba antes, todo está muy bien explicado en el post que he citado, lo demás es querer buscar los tres pies al gato y volver una y otra vez sobre lo mismo. Parece que la energía solar suscita todas las dudas del mundo, más nos valdría ser igual de críticos y suspicaces con otros asuntos también...

    La mejor forma de aclarar una duda es, habitualmente, recurrir a las fuentes que la han generado. Pero como parece que no estáis por la labor de echarle un vistazo al RD 436, os adjunto literalmente la parte del texto que hace referencia al tema en cuestión.

    Artículo 40, apartado 3:

    "Las tarifas, primas, incentivos y complementos que resulten de cualesquiera de las revisiones contempladas en esta sección (leer sección) serán de aplicación únicamente a la instalaciones que entren en funcionamiento con posterioridad a la fecha de entrada en vigor referida en el apartado anterior ( leer apartado anterior), SIN RETROACTIVIDAD sobre tarifas y primas anteriores".

    Un saludo.
    "Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)

  8. #8
    Avatar de skolly
    skolly está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    jul 2005
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    1.584

    Predeterminado Gracias

    Gracias Simosol por tu rápida y efectiva respuesta.
    Es un gran punto a favor ese párrafo.
    No lo había leído antes y es muy importante.

  9. #9
    Avatar de skolly
    skolly está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    jul 2005
    Ubicación
    Valencia
    Mensajes
    1.584

    Predeterminado

    JBBCU, qué opinas del párrafo que ha expuesto Simosol?

  10. #10
    JBBCU está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    oct 2005
    Mensajes
    15

    Predeterminado De acuerdo

    Si, estoy totalmente de acuerdo, al menos por la cuenta que me trae me lo tengo que creer. Aunque siempre me queda la duda de si en derecho se permite derogar leyes con caracter retroactivo, digamos por ejemplo, por causas objetivas de perjuicio publico. Acordemonos que la energia es un servicio publico en manos de empresas privadas y por tanto con un nivel de intervención muy muy alto.

  11. #11
    solauria está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    nov 2005
    Mensajes
    33

    Predeterminado Ayudas a la explotación

    Cuando leo el PER publicado en Agosto de este año, me he fijado en un detalle, a la hora de describir como se van a financiar los fotovoltaicos conectados, a parte del 575% de la tarifa media regulada, ojo que ya se olvida del 460 % del año 25-40 del RD 436, a mayores habla del 10 % de desgravación fiscal y de un nuevo concepto el de ayudas a la explotación que lo define como prima y por un importe del 525% de la TMR , no 575%, a mí me da la sensación de que la intención de la administración a partir de la próxima modificación del RD 436 va a ser la de suprimir las subvenciones tanto a fondo perdido como a los creditos y garantizar unos ingresos mayores a los actuales durante los primeros 25 años y considerar estos 25 años como la vida máxima de cada instalación. ¿me gustaría contrastar opiniones a este respecto.

  12. #12
    r0ger está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    oct 2005
    Mensajes
    6

    Predeterminado

    Hola solauria,
    Hablas de la próxima modificación del RD 436, sabes cuando va a ser esta modificación ?.
    Saludos

  13. #13
    solauria está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    nov 2005
    Mensajes
    33

    Predeterminado modificación RD 436

    Hola:, no lo sé, si me creo que el propio RD habla del 2006 para su modificación y también aunque el PER, no deja de ser un estudio y una declaración de intenciones, si sé que el PER no coincide a la hora de proponer la financiación con el RD436 por lo que si se debería modificar el RD para poder cumplir el PER(2006-2010), al igual que el RITE , publicar el CTE, la normativa de interconexión a MT y alguna cosa más.




1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47