Iniciado por
David1108
Justificación de la previsión, según se lee en anexo II, apartado AII.B, letra b), número 3:
"3. Para el programa de incentivos 4, informe, firmado por un técnico competente o la empresa instaladora, que justifique la previsión de que el consumo anual de energía por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación sea igual o mayor al 80% de la energía anual generada por la instalación objeto de la ayuda."
Yo sigo sin verle mayor problema. Y, además, añado otra cosa. Esto son fondos europeos que deben ser utilizados para este fin (para esta línea de subvenciones) y que si no se utilizan al 100%, deberán ser devueltos a Europa. Así que ya se encargará la Administración de no poner excesivas pegas a las justificaciones, sobre todo si son razonables. Porque sino les va a tocar devolver la pasta a Europa, cosa que no les va a hacer ninguna gracia. Otra cosa sería sin los fondos fueron "propios"...