Resultados 1 al 6 de 6
- 03/07/2007, 13:56 #1Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jul 2007
- Mensajes
- 5
ACTA DE PUESTA EN SERVICIO PROVISIONAL PARA PRUEBAS
Buenas a todos.
Me animo a escribir a ver si alguien me resuelve el cacao...
Acabo de empezar a trabajar y me he contrado con una instalación ya montada de 5 Kw (en andalucia)
Tiene un carácter científico, estamos probando unos equipos de monitorización, etc...
El punto de conexión lo tenemos concecido
La SOLICITUD de autorizacion administrativa tb
Sevillana dice que sin la resolución de la autorización administrativa no nos da acceso a la red.
Queremos ponerla en pruebas y conectarla a la red para probarla
El nuevo RD contempla el Acta de puesta en servicio provisional para pruebas...
¿Como se hace eso?...Supongo q la Junta no tiene aun ningun formulario(conseguir informacion de ellos es trabajoso...)
Que documentos o procedimientos previos me hacen falta para la inscripción previa en el REPE?
QUE ALGUIEN ME AYUDE!!!!!!!!!!!!!!!!
-
- 05/07/2007, 13:59 #2Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jul 2007
- Mensajes
- 24
Hola tumaun!, yo también soy nueva por aquí, espero ayudarte algo.
Si aún no has realizado ninguna autorización administrativa, salvo el punto de conexión (con lo cual te librarás del aval) - para el proceso el inscripción en el REPE deberás aplicarte el nuevo RD 662/2007. Según los Art. 5, 6, 7, 11 y 12, el proceso para inscripción en el régimen especial entiendo es el siguiente:
1. Autorización de inclusión en el régimen especial (según Art. 5, será necesario contar con las condiciones de acceso a la red de distribución, además de aportación de documentación técnica y de las características que se indican en el Art. 6 y 7)
2. Inscripción previa:
El Art. 11.2 dice: "La solicitud de la inscripción previa se acompañará, al menos, del acta de puesta en servicio provisional para pruebas, el contrato técnico con la empresa distribuidora [...]
3. Inscripción definitiva:
Documento de opción de venta y certificados de la Cía. Distribuidora(contadores y de instalación)
Bueno, un proceso más difícil todavía, con el nuevo RD entiendo queda así:
1. Aval a razón de 500€/kW
2. Solicitud del punto de conexión.
3. Autorización de inclusión en el régimen especial.
4. Ejecución de la instalación.
5. Certificación de la instalación.
6. Contrato con la Cía Distribuidora.
7. Inscripción previa.
8. Inscripción definitiva.
Es cierto que para pedir la inscripción previa puede valer una certificación provisional, pero no creo que en esas condiciones la Cía Distribuidora firme el contrato, con lo cual, aunque te conectes no estarás conbrando. ¿Para qué una certificación provisional?, si en estas condiciones no tendrás contrato con la Cía. Distribuidora, y por tanto, no puedes pedir la previa. No sé si me explico en mi punto de vista. No veo que adelantes mucho solicitar una certificación provisional, salvo que pueda servirte para asegurarte del funcionamiento de la instalación, pero no mucho más.
La diferencia sustancial respecto al anterior RD es que podías solicitar la previa e ir trabajando tranquilamente en la instalación. Ahora, tienes que pedir primero una autorización administrativa, la previa cuando está todo ejecutado y contrato firmado, y la definitiva cuando la eléctrica haya verificado la instalación. Pero si el contrato y la verificación de la instalación con la Cía Distribuidora son parejos, al final se acabará haciendo dos solicitudes (previa y definitiva), casi al mismo tiempo.
Todo esto es lo que más o menos deduzco. Espero haberte ayudado.
Saludos!
- 05/07/2007, 16:58 #3Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jul 2007
- Mensajes
- 5
Hola Malenna
Gracias por tu respuesta.
Explico con más detalle:
Tenemos el punto de conexión concedido en enero de 2007.
En mayo solicitamos la inclusión en el REPE
En Junio solicitamos la autorización administrativa y aprobacion de proyecto
Lo que nosotros necesitamos es enganchar a la red eléctrica YA, porque como dije es una planta de carácter científico, estamos probando nuevos productos.
Por eso es lo del acta de puesta en marcha provisional.
¿Alguien me puede ayudar de como hacerlo?Cual es el siguiente paso?
No podemos esperar una autorizacion que tarda 8 meses.
Gracias
- 05/07/2007, 17:00 #4Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jul 2007
- Mensajes
- 5
Perdón, la inclusión en el REPE no, la solicitud de inclusión en el regimen especial.
- 05/07/2007, 17:07 #5Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jul 2007
- Mensajes
- 5
Yo lo que quiero, simplemente, es que me dejen conectar a la red de Sevilla-Endesa, porque tenemos que hacer pruebas.
Y, o yo he entendido mal a los de Sevillana, o sin la autorización administrativa ni contrato ni enganche ni nada de nada...y no podemos esperar.
Además el nuevo RD recoge la figura de "puesta en servicio provisional para pruebas".
Tengo el boletín del instalador.
- 05/07/2007, 17:56 #6Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jul 2007
- Mensajes
- 24
tumaun, ¿qué autorización tarda 8 meses?
Vamos a ver, en tu caso, yo me olvidaría del acta de puesta en marcha provisional que comentas, además son para cosas distintas, el nuevo RD alude a dicha acta para solicitud de la previa (algo que antes se hacía de oficio al solicitar la inscripción).
La autorización administrativa a la que te refieres, y que la Cía. Distribuidora te pedirá es la inscripción previa en el régimen especial, que pediste en Mayo, antes de la entrada en vigor del nuevo RD. Si ya tienes el boletín del instalador sellado en Industria, sólo necesitas esperar a la previa, que en principio suele tardar alrededor de 1mes. Si desde Mayo aún no tienes respuesta, es posible que haya algún problema en la resolución.
Con eso, la Cía deberá conectarte, por tanto, yo en tu lugar insistiría en la Administración correspondiente de Industria cuándo te van a dar la previa, el plazo está regulado, es de 1mes desde que se resuelve.
Tengo un caso parecido al tuyo, la solicitud en el REPE se realizó en Marzo, y a principios de Abril nos llego la inscripción previa. Luego se ejecutó la instalación, y se ha certificado en Junio. Con el boletín y la previa, la Cía. Distribuidora conecta la instalación, y facilita el contrato, sólo que ahora dicho contrato hace referencia al nuevo RD y su nueva regulación en cuanto a tarifas. Y ahora sólo queda la inscripción definitiva.
A ver si aclaré algo más.