Parece que hay buenas noticias,van a dejar el 116 las horas a O,con lo que en Noviembre nos devolverán '"lo robado""
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No entiendo bien tu mensaje.
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Que solo descuenten lo producido cuando haya 6 horas consecutivas con precio negativo es perfecto y alivia algo. Yo apuntaba que otra posible solución sería que se rebajase la cantidad de horas mínimas que se exigen. Tb. comentaba que para mejorar las producciones se pueden cambiar placas antiguas por nuevas (ahora esto es muy económico) o incluso aumentar la potencia pico de la instalación para incrementar la producción de kwh, aunque esto último dudo que se pueda legalizar
Lo de que no se cuenten las horas con precio nulo como negativas lo cambia todo.
¿Ese rumor tiene algún fundamento?
A ver eso mitigaria un poco el tema pq la verdad yo que estuve mirando las horas de cada mes del 2024, ya lo comente que al añadir las horas negativas eran muchas mas horas porque para que sean 6 o mas horas consecutivas a 0 hay menos casos siempre rompia por medio horas negativas, que hacia que no pudieran descontar nada, e imagino que eso les llevo añadir las horas 0 y negativas. No se de donde sale esa negociación a ver si dan mas datos
Hay un proyecto de RD que adjunto y que en la página 10 indica "solo las negativas".Archivo adjunto 32542 Desconozco como está la tramitación de dicho RD
Hola, la verdad es que ese párrafo se puede interpretar de varias formas. Pensando mal dice que esa energía no será tenida en cuenta, pero tú sigues vertiendo aunque sea a precio negativo, con lo cual, si no se tiene en cuenta quiere decir que te la descontarán del cálculo de la horas tal y como están haciendo ahora,
sinceramente no interpreto que esas horas no te las vayan a quitar..
El artículo entero dice:
Cita:
Cuatro. Se modifica el artículo 21.2, que queda redactado en los siguientes términos:«2. A estos efectos se define el número de horas equivalentes defuncionamiento de una instalación de producción de energía eléctrica en un periododeterminado como el cociente entre la energía vendida en el mercado encualquiera de sus formas de contratación en el mismo periodo, expresada en kWh,y la potencia instalada, expresada en kW. En el caso de las instalaciones decogeneración se considerará la energía generada en barras de central.A los efectos del cálculo del número de horas equivalentes de funcionamiento,se considerará la energía que no ha podido ser vendida como consecuencia delproceso para la solución de restricciones técnicas desarrollado por el operador delsistema.A los efectos del cálculo del número de horas equivalentes de funcionamientono se considerará la energía vendida en el mercado ni, en el caso de lascogeneraciones, la energía generada en barras de central, en aquellas horasdurante las cuales los precios de mercado diario de la electricidad son negativosdurante seis horas consecutivas o más.»
La mejora aquí es que no tienen en cuenta las horas a precio cero. O mejor dicho, que SI SE TIENEN EN CUENTA, DE CARA A LA PRODUCCIÓN.
Obviamente las horas a precio negativo, las van a contar, PERO NO LAS HORAS A PRECIO CERO. Si produces a precio cero, te cuenta como hora producida de cara a superar las horas mínimas.
Igualmente tomando la norma al pie de la letra, si se alternan horas a precio cero con horas a precio negativo, el cómputo de las 6 horas o más se resetea, y por tanto, la producción durante "alguna" hora a precio negativo (siempre que sea menor de 6 horas consecutivas negativas) se debería seguir computando.
Opino igual. No hay que olvidar que en el borrador de RD se dice: "A los efectos del cálculo del número de horas equivalentes de funcionamiento, se considerará la energía que no ha podido ser vendida como consecuencia del proceso para la solución de restricciones técnicas desarrollado por el operador del sistema". Es decir, que las horas de corte cuentan a efectos de HEF. Lógicamente debe ser una desconexión no realizada por nosotros sino por un agente externo que deje constancia.
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¡Que chachi! Tenía entendido que el problema surge por un exceso de oferta FV. No veo que ninguna asociación aborde el exceso de oferta. Parece que ese crecimiento se da como requisito ineludible. Cuando se trataba de excedentes agrarios si que se abordaba el origen.
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Si. Está previsto en el borrador de RD: "A los efectos del cálculo del número de horas equivalentes de funcionamiento no se considerará la energía vendida en el mercado ni, en el caso de las cogeneraciones, la energía generada en barras de central, en aquellas horas durante las cuales los precios de mercado diario de la electricidad son negativos durante seis horas consecutivas o más.»
En otras ocasiones hemos tenido documentos firmados y avalados por el Estado y aún así no han servido de nada...
Ahora parece que este todo resuelto porque hay un borrador de un Real Decreto....
Para nada es así..., tenemos que seguir apelando lo que no es justo con nosotros..., y no nos podemos conformar con que resten de la retribución a la inversión las horas negativas y no las horas cero, no nos tienen que restar nada, por lo menos a los del recore que firmamos la rentabilidad razonable..., tenemos que tener la consideración de inversores priority y que esto no nos afecte en nada a nosotros..., en cuanto a la rentabilidad razonable además, al no actualizarla con el IPC, esta ha quedado en torno al 5,5% y no al 7,38%, por lo que ya se esta incumpliendo con nosotros en cuanto ella..., no pueden hacer más leyes que nos perjudiquen..., no nos podemos dejar ningunear más..., hay que seguir los cauces de la negociación pero también el resto de cauces legales..., porque esto sigue siendo un atropello en toda regla!!!!!!!!!!
Totalmente de acuerdo contigo