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  1. #1
    FILIS está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    jun 2007
    Ubicación
    santander
    Mensajes
    148

    Predeterminado certificados de caución versus avales bancarios.

    Muy buenas a todos. Soy nuevo en el foro y decidí registrarme en éste porque he podido comprobar argumentos en vuestras explicaciones dignos de tenerse en cuenta.

    Me dedico a la promoción y gestión de agrupaciones solares fotovoltaicas (hablando en plata: huertos solares) en diferentes puntos de la geografía nacional.

    Quisiera hacer comentarios respecto al aval.

    Según la información que tanto yo como mi equipo hemos manejado, la ASIF solicitó en su momento la inclusión de un aval para reventar la ya conocida burbuja fotovoltaica. En ningún momento, se planteó desde este asociación un aval de semejante valor y carga, de hecho, plantearon un aval que suponía algo menos de la mitad de lo regulado por este nuevo RD. Bien, mi incursión en este foro, lejos de juzgar el papel de ASIF, APPA, tiene como fin aportar información que puede allanar la problemática que subyace tras conocer la cuantía de dicho aval. Si bien es cierto que dicho aval es desmesurado también es cierto que se ha hablado muy poco de la existencia de medidas contingentes que pueden minimizar el impacto de ese aval bancario. La vía existente para ello es un SEGURO DE CAUCIÓN. Es digno de mención que las compañías aseguradoras no tienen la obligación de informar al banco de españa de las líneas de avales que otorgan a las empresas. Además de ésto, y de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en los Art. 35, 36 y 37, queda establecido el seguro de caución como instrumento válido como garantía frente a la administración, equiparándolo con el aval bancario y los depósitos en metálico. No dejo de pensar que la cuantía que se exige es, cuando menos, desmesurada, pero esta vía puede aligerar el peso que supone este nuevo escollo.

    Pónganse ustedes en contacto con la compañía con la que aseguran sus instalaciones, si son productores en régimen especial o si son empresas promotoras y/o instaladoras hagan lo mismo con la compañía de seguros que ofertan para sus clientes. La documentación que os van a solicitar seguirá este esquema (a parte de lo que cada entidad aseguradora estime oportuno para implementar proyectos de estas características):

    - Memoria auditada de los ejercicios 2005 y 2006. En caso de aún no estar auditada la información correspondiente al ejercicio 2006, balance de situación y cuenta de resultado a 31.12.2006.

    - Especificación del proyecto, número de vatios, nombre del huerto solar, ubicación, etc.

    - Indicación de los importe(s) a avalar según la(s) solicitud(es) de acceso y conexión.

    Les invito a meditar sobre esta propuesta: las posibilidades y ventajas que podrían implicar la presentación de certificados de caución frente a avales bancarios.

    Sin otro particular reciban todos ustedes un cordial saludo.

    FILIS.

  2. #2
    jose666 está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    may 2007
    Mensajes
    106

    Predeterminado aval

    bueno en mi humilde opinión, una compañía de seguros no te va a avalar a menos que no tengas un buen patrimonio; entonces cual es la ventaja??

  3. #3
    Avatar de jor-sol
    jor-sol está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    sep 2005
    Ubicación
    Valencia-Alicante
    Mensajes
    1.467

    Predeterminado

    jose, en este hilo no se debate si se puede conseguir el aval o no.

    Se parte de la base de que se puede conseguir y entonces es cuando se comparan las ventajas de uno u otro sistema.

    Saludos,
    "Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"

    Mario Benedetti




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