Resultados 1 al 3 de 3
  1. #1
    gamu está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    dic 2006
    Mensajes
    24

    Predeterminado CONEXION ANTES Y DESPUES 1 ENERO 2008!!!!!!!!!

    HOLA A TODOS,ESCRIBO PORQUE TENGO DUDA ESTOY MONTANDO MI PROPIA INSTALACION Y VOY A CONECTAR ANTES DE ENERO DE 2008, PERO LA PREGUNTA ES SI FIRMO ANTEN ME MANTIENEN LA PRIMA DE 0.44 EUROS DURANTE LOS 25 AÑOS Y LO Q SUBA EL IPC Y A LOS Q CONECTAN DESPUES DEL 1 ENERO DE 2008 TAMBIEN SE LA MANTIENEN O TE LA PUEDEN VARIAS.

    ESPERO ALGUIEN ME CONTESTE CON CLARIDAD A ESTA PREGUNTA PORQUE NO LO TENGO MUY CLARO

    1SALUDO

  2. #2
    alf
    alf está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    nov 2005
    Mensajes
    122

    Predeterminado

    Los que conecten después de la fecha indicada estarán sujetos a lo en ese momento esté estipulado, si en 2010 se revisa, o posiblemente cuando se llega al 85% de lo fijado, se marcarán unos plazos, que dice el RD que serán de almenos doce meses, con lo cual tendré que echar cuentas si estoy en esos plazos.

  3. #3
    OLISOLAR está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    mar 2007
    Mensajes
    52

    Predeterminado

    Hola Gamu:
    De acuerdo con el nuevo RD, la fecha 01/01/08 es irrelevante en cuanto a la FV. La tarifa establecida, actualizada en función de IPC-025(IPC-0,50 a partir de 2.012) habrá de mantenerse durante la vida útil de todas las instalaciones que se conecten dentro del plazo que fije la Secretaría de Estado de la Energía(que al menos ha de ser de un año), cuando se alcance el 85% del objetivo de potencia.
    Si se ejecuta al menos la mitad de las instalaciones actualmente autorizadas, más las que se autoricen y ejecuten en un plazo aproximado de año y medio (al menos seis meses va a necesitar dicha Secretaría para organizarse y enterarse del % de potencia)se superará con creces el citado objetivo(371 MW), y todas ellas percibirán dicha tarifa.
    Aunque hemos quedado todos muy mosqueados por el contenido y tramitación de lo borradores de RD, y amén de la desvinculación de la tarifa de la TMR ,efectuada e junio de 2.006, sobre este particular, el nuevo RD mejora la regulación anterior de la fv, pues mantiene el principio de irretroactividad y refuerza la seguridad jurídica respecto al plazo en que las instalaciones que se conecten pueden acogerse a la actual tarifa.
    Saludos.
    Sol, Fuerza y Honor




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