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  1. #1
    emigdio está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Buenos dias,

    Acabo de recibir una oferta para un arrendamiento de una finca rústica para instalar una instalación fotovoltaica.

    El caso es que no tengo ni puñetera idea del tema y me gustaría saber si los términos del contrato y la oferta son acordes a lo que sea habitual en el sector, que como os comentaba, desconozco por completo.

    Lo unico que sé es:
    • La finca tiene unas 14 ha.
    • Al parecer solo usarán unas 10 ha porque el máximo que van a poder evacuar son 5 MW de potencia. (Debería pedir una cláusula que incremente algo la renta si por el motivo que se pueden evacuar mas potencia en un momento dado? O es o no es lo normal ?)
    • En el contrato no se habla nada de potencia instalada ni nada parecido.
    • Proponen 40 años y 10 adicionales a su discreción.
    • Carencia hasta que se formalice todo el tema administrativo (esto entiendo que es lo normal).
    • Y una renta de unos 1000€/ha/año revisables con el IPC.


    Que os parece? Está en linea con el mercado ahora mismo? Le voy a pedir a la empresa que hace la oferta el análisis que, supongo, habrán hecho del terreno y sus características. Que es lo que me tengo que asegurar que me informan? He leído en el foro sobre la inclinación, las horas de sol al año y todo eso, pero no tengo ni idea de qué es lo que realmente se mira en estos casos.

    Gracias a todos!

  2. #2
    el_cobarde Invitado

    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Cita Iniciado por emigdio Ver mensaje
    ... una renta de unos 1000€/ha/año revisables con el IPC
    Si el cálculo de rentabilidad se basa en subvenciones del estado -aunque sea solo parcialmente-, te recomiendo olvidarlo. Nadie sabe como cambiarán estas subvenciones en el futuro - pero la experiencia dice que cambiarán, probablemente a peor

  3. #3
    emigdio está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Gracias por la respuesta.

    Pero a que te refieres con olvidarlo exactamente? No tengo ni idea de sus cálculos de rentabilidad, la verdad.

  4. #4
    el_cobarde Invitado

    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Cita Iniciado por emigdio Ver mensaje
    Pero a que te refieres con olvidarlo exactamente? No tengo ni idea de sus cálculos de rentabilidad, la verdad.
    Me refiero a olvidar el arrendamiento

    Según yo sé, hay unas 60000 familias españolas en aprietos, por haber invertido en plantas FV, fiándose de las promesas de subvenciones hechas por el gobierno y "garantizadas" por Real Decreto
    El hilo más voluminoso de este foro trata del tema: https://www.solarweb.net/forosolar/f...opiniones.html

  5. #5
    emigdio está desconectado Forero Junior
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    dic 2017
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Ah vale, ahora entiendo.
    Pero ese no es el caso, yo no voy a invertir, solo soy el titular del terreno que la empresa que va a realizar la instalación me quiere arrendar, por eso es por lo que pregunto, si que me ofrezcan ese arrendamiento es mas o menos acorde al mercado ahora mismo.

    Gracias por al respuesta.

  6. #6
    el_cobarde Invitado

    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Cita Iniciado por emigdio Ver mensaje
    Pero ese no es el caso, yo no voy a invertir, solo soy el titular del terreno que la empresa que va a realizar la instalación me quiere arrendar ...
    Entiendo. Efectivamente, esto es diferente. He leído que últimamente se vuelven a realizar instalaciones de este tipo - parece que habrá razones que desconozco, para hacerlo
    En cuanto a tus dudas no puedo ayudarte, pero hay foreros muy firmes en este tema. Espero que alguno te conteste

  7. #7
    Sol_t está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Instalaciones grandes son rentables a pool. Más del 10% de rentabilidad pero tienen que ser grandes, muy grandes, precisamente para aprovechar los ahorros de la gran escala.

    Por otra parte el tema del arrendamiento es simplemente si a ti como propietario te interesa.
    Eso sí, que te paguen las 14 hectáreas integras.

  8. #8
    emigdio está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Cita Iniciado por Sol_t Ver mensaje
    Instalaciones grandes son rentables a pool. Más del 10% de rentabilidad pero tienen que ser grandes, muy grandes, precisamente para aprovechar los ahorros de la gran escala.

    Por otra parte el tema del arrendamiento es simplemente si a ti como propietario te interesa.
    Eso sí, que te paguen las 14 hectáreas integras.
    Muchas gracias por la respuesta. En principio a mi como propietario sí que me interesa porque es una finca a la que apenas se le saca otro rendimiento (secano) así que bien. Eso de que paguen la totalidad lo había pensado pero no se si es lo habitual, porque en el fondo como las otras 4 no las van a usar, dirán que no. Lo cierto es que no he estado involucrado en la negociación hasta ahora y no se si ha hablado o no.

    Ese precio de unos 1000€/ha/año está en rango de mercado?

  9. #9
    Avatar de juheru
    juheru está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Buenas.

    El precio está dentro de lo más alto que se está viendo ahora para arrendamientos de terreno para instalaciones fotovoltaicas.

    Los precios que yo conozco van desde 400€ a 1000€ que es por ahora lo más alto que yo conozco.

    1000€ se está pagando a terrenos cercanos a subestaciones para que no se tenga que hacer infraestructura de evacuación. De ahí que se hagan solo unidades de 5MB ya que para esa potencia no hacen falta estando pegadosa una subestación.

    Enviado desde mi HUAWEI P7-L10 mediante Tapatalk

  10. #10
    Gabriel 2018 Invitado

    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Cita Iniciado por emigdio Ver mensaje

    [*]Carencia hasta que se formalice todo el tema administrativo (esto entiendo que es lo normal).[*]Y una renta de unos 1000€/ha/año revisables con el IPC.[/LIST]

    Que os parece? Está en linea con el mercado ahora mismo? Le voy a pedir a la empresa que hace la oferta el análisis que, supongo, habrán hecho del terreno y sus características. Que es lo que me tengo que asegurar que me informan? He leído en el foro sobre la inclinación, las horas de sol al año y todo eso, pero no tengo ni idea de qué es lo que realmente se mira en estos casos.

    Gracias a todos!
    1.000 € al año por una hectárea de secano es una bola para ti. Por mi zona, el regadio está de 300 a 600
    y el secano por 50.

    Cuidado con la carencia. Establece un tiempo máximo de carencia en el contrato. Algo razonable.

  11. #11
    chacal525 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Las nuevas instalaciones fotovoltaicas ya no dependen de subvenciones, se calcula la rentabilidad a precio de pool, como mucho en las subastas lo único que obtienen es un precio mínimo del pool, es decir, nunca venden la energía menos de x, por lo que son muy rentables. Atrás han quedado ya aquellos turbios años donde las primas que dada el estado eran 10 o 20 veces mayores que el pool

  12. #12
    emigdio está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Gracias por la respuesta.
    Al final hemos arrancado 1.100€. Y sí, tenemos el periodo de carencia (clausula suspensiva) de un par de años para dar tiempo a la gestión del proyecto, que me han comentado que suele rondar el año o año y medio fácilmente no ?

  13. #13
    gollizno2018 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Yo les pediría un tanto por ciento de la energía producida , sin limite de tiempo, un 4 o 5% saldrías mejor

  14. #14
    luis801598 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Hola buenas tardes a todos como he podido ver en este foro estoy en la misma situación de Emigdio.Acabo de recibir una oferta para un arrendamiento de una finca rústica para instalar una instalación fotovoltaica. La verdad que para mi esto es un tema que desconozco bastante, la oferta me ha venido desde Sevilla a través de una llamada telefónica.

    Las característica de la finca son:

    La finca tiene una dimensión de 23has

    La utilización seria de unas 20has para una potencia de 10MW de potencia.

    Con una duración de contrato de entre 25 y 30 años.

    La finca se encuentra en una zona rodeada de unos 6 o 7 municipios a una distancia menos de 9 km cada uno.

    Además cuenta con dos entradas de muy fácil acceso ya que en uno de sus lados pasa una carretera.

    No tiene nada de arboleda ya que en ella solo sembraba trigo y es bastante llana y se encuentra en la provincia de córdoba.



    Mi pregunta es cuanto creéis que debo pedir por el alquiler de la finca? o como podría yo calcularlo.


    Gracias a todos!

  15. #15
    olemrac está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    o estoy en una situación similar que paso al final?

  16. #16
    jmpelos está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Hola buenas días. Tengo una oferta de una empresa de 1000€ y otro de 800€ pero no sé bien cómo va tengo 7 hectáreas es en ciudad real y no sé qué hacer a 30 años si hacerme empresa o que pegas hay si me pueden ayudar diciéndome más empresas y los problemas una es de Alicante y otra de León. Gracias

  17. #17
    emigdio está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Cita Iniciado por rafatinsa Ver mensaje
    Buenas noches Emigdio.

    Finalmente accediste al alquiler de la parcela ?

    Lo pregunto porque nosotros estaríamos interesados en la compra de la misma si llegásemos a un acuerdo de precio.

    Gracias.
    Hola, gracias por el interes pero ya firmamos el contrato. De hecho ya han recobido el ok de la electrica sobre la capacidad de la linea que pasa cerca por lo que estan elaborando ya el proyecto.

    Saludos

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Cita Iniciado por olemrac Ver mensaje
    o estoy en una situación similar que paso al final?
    Ya firmamos.

  18. #18
    jmpelos está desconectado Forero Junior
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    may 2018
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar. emigdio me podias decir que empresa te a echo la oferta gracias

    Cita Iniciado por emigdio Ver mensaje
    Buenos dias,

    Acabo de recibir una oferta para un arrendamiento de una finca rústica para instalar una instalación fotovoltaica.

    El caso es que no tengo ni puñetera idea del tema y me gustaría saber si los términos del contrato y la oferta son acordes a lo que sea habitual en el sector, que como os comentaba, desconozco por completo.

    Lo unico que sé es:
    • La finca tiene unas 14 ha.
    • Al parecer solo usarán unas 10 ha porque el máximo que van a poder evacuar son 5 MW de potencia. (Debería pedir una cláusula que incremente algo la renta si por el motivo que se pueden evacuar mas potencia en un momento dado? O es o no es lo normal ?)
    • En el contrato no se habla nada de potencia instalada ni nada parecido.
    • Proponen 40 años y 10 adicionales a su discreción.
    • Carencia hasta que se formalice todo el tema administrativo (esto entiendo que es lo normal).
    • Y una renta de unos 1000€/ha/año revisables con el IPC.


    Que os parece? Está en linea con el mercado ahora mismo? Le voy a pedir a la empresa que hace la oferta el análisis que, supongo, habrán hecho del terreno y sus características. Que es lo que me tengo que asegurar que me informan? He leído en el foro sobre la inclinación, las horas de sol al año y todo eso, pero no tengo ni idea de qué es lo que realmente se mira en estos casos.

    Gracias a todos!
    hola emigdio me podias decir que empresa te a echo la oferta

  19. #19
    txali está desconectado Forero Junior
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    jun 2018
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar. emigdio me podias decir que empresa te a echo la oferta gracias

    Estas son condiciones y precios que se están usando en estos momentos, te envío una lista de puntos y como tratarlos en el contrato de alquiler que luego deberias de redactar basado en esto. Piensa que se trata de un contrato donde pueden suceder muchas cosas en periodos de tiempo tan largos y debes proteger tu finca y el cobro de los alquileres. Estas son condiciones usadas para una finca de 15 Has en la zona de valladolid. Espero que te ayude:

    ###########

    Los siguientes puntos son los que se desarrollarían en el futuro contrato de alquiler.
    1) El arrendador es el propietario de las parcelas.
    2) El arrendatario es el inquilino de las parcelas.
    3) La duración del contrato será de 25 + 5 + 5 años (o los que tu acuerdes).
    4) El único destino para el que se alquilan las parcelas es para la instalación y explotación de una planta fotovoltaica dentro de los límites de las parcelas objeto del contrato. Cualquier otra actividad queda excluida del mismo.
    5) El proyecto de planta fotovoltaica debe ocupar el 100% de la superficie de las parcelas, obteniendo así la mayor producción de energía posible para dichas parcelas.
    6) El arrendatario no podrá subarrendar las parcelas, ni ceder sus derechos a un tercero.
    7) El contrato de alquiler contempla 3 periodos:
    a. Periodo 1 - Obtención de permisos máx. 8 meses
    b. Periodo 2 – Ejecución de la obra máx. 12 meses
    c. Periodo 3 – Explotación de la planta 25 + 5 + 5 años
    8) El precio del alquiler es del 6% de la producción anual cuantificada en Euros, con una cuota mínima de 2.000 Euros/Ha/año más el incremento del IPC anual para la cuota mínima.
    9) El pago del alquiler se establece con carácter anual, a pagar antes del 30 de Enero de cada año, a excepción del primer año del periodo 3 que se prorrateará desde el día de comienzo de la explotación (comienzo del periodo “3”) hasta el 31 de Diciembre de ese mismo año.
    10) Fianzas y avales:
    a. Periodo 1: Al comienzo del periodo 1 el arrendatario depositará una fianza o aval (a escoger por el arrendatario, si se escoge aval éste será a favor del arrendador a ejecutar a primer requerimiento) por un importe del 10.000 Euros.
    i. En caso de transcurrir el plazo del periodo 1 y no haber obtenido los permisos necesarios para la ejecución de la obra y la explotación de la planta fotovoltaica, el contrato quedará extinguido de forma automática pudiendo el arrendador ejecutar el aval o fianza y perdiendo el arrendatario el importe íntegro de la misma y todos los derechos que tuviera respecto al contrato de alquiler.
    ii. En caso de que uno o varios de los permisos necesarios hicieran inviable la instalación fotovoltaica y/o su posterior explotación antes de finalizar el periodo 1, al arrendador devolverá al arrendatario el aval o fianza extinguiéndose totalmente el contrato de alquiler, terminando toda relación entre ambos.
    iii. Durante el periodo 1 el arrendador tendrá la posibilidad de alquilar las parcelas a otro inquilino únicamente para su explotación agrícola.
    iv. Si durante el periodo 1 se obtuvieran todos los permisos necesarios para la ejecución de las obras y su posterior explotación, comenzará el periodo 2 para lo cual el arrendatario deberá depositar un aval o fianza de 20.000 euros a sumar a lo depositado por el periodo 1 (total 30.000 Euros). En caso de no iniciar el periodo 2 en el plazo máximo de 30 días tras la obtención del último permiso, el contrato quedará extinguido ejecutándose el aval o fianza depositado para el periodo 1. En caso de no terminar las obras de ejecución y como consecuencia de ello no tener la planta produciendo energía con todos los permisos necesarios en el plazo del periodo 2, se entenderá el contrato por extinguido, el arrendatario deberá devolver la parcela en el mismo estado que la recibió y el arrendador podrá ejecutar las dos fianzas o avales, perdiendo el arrendatario dichos importes.
    v. Si las obras de ejecución se terminan antes de finalizar el periodo 2 y la planta comienza su explotación, se producirán los siguiente actos:
    1. El arrendatario depositará una fianza o aval equivalente al importe de alquiler de dos años con objeto de garantizar los posibles importes no pagados en concepto de rentas y/o penalizaciones e intereses de demora a favor del arrendador.
    2. El arrendatario depositará un aval de 60.000 Euros en la Junta de Castilla y León para garantizar que al término del periodo 3 el arrendatario dejará la parcela en las mismas condiciones de como se le fue entregada.
    3. El arrendatario pagará al arrendador el importe de alquiler correspondiente al prorrateo de tiempo a calcular entre la fecha de inicio del periodo 3 y el 31 de Diciembre de ese mismo año.
    4. En ese mismo acto el arrendador hará entrega al arrendatario de las dos fianzas o avales que ostenta en su poder correspondientes a los periodos 1 y 2.
    vi. En caso de superar el plazo de tiempo establecido en el periodo 2 sin haber terminado las obras de ejecución, se entenderá el contrato por extinguido, facultando al arrendador a la ejecución de los dos avales o fianzas correspondiente al periodo 1 y 2.
    11) El retraso en el pago de cada anualidad más allá del 30 de enero de cada ejercicio, tendrá una penalización del 30% de la anualidad a sumarla a ésta el mismo 1 de febrero, a lo que habrá que añadir un interés de demora a sumar a dicha anualidad del 4% hasta el día que se produzca el pago de todos los importes resultantes de sumar anualidad + penalización. Transcurridos 6 meses desde el 30 de enero y si el pago de la anualidad más intereses y penalización no se hubiera producido por parte del arrendatario al arrendador, el contrato quedará extinguido, el arrendatario deberá de abandonar las parcelas dejándolas en el mismo estado a como se le fueron entregadas y el arrendador podrá ejecutar los avales y fianzas que se encuentran a su favor en concepto de fianza o aval para el aseguramiento de las anualidades + intereses de demora + penalizaciones. Si el arrendatario abandona las parcelas en el plazo de 30 días a partir de la extinción del contrato dejándolas en el mismo estado que las recibió, el arrendador liberará al arrendatario el aval depositado en la Junta de Castilla y León, de lo contrario se procederá a su ejecución.
    12) En caso de discrepancias por parte del arrendador en cuanto al cálculo del 6% de la producción para el cálculo del importe de la renta anual, el arrendador estará facultado para solicitar una auditoría de cuentas (escogiéndose el auditor por parte del arrendador) sobre la actividad y balances del arrendatario en las parcelas sometidas al contrato. Esta auditoria será abonada por parte del arrendador, si el resultado de la misma derivara que la cantidad declarada por el arrendatario es menor al menos en un 5% a lo que éste declaró, el arrendatario pagará los costes íntegros de la auditoría al arrendador que previamente habrá pagado al auditor, si sucede lo contrario, será el arrendador quien asuma los gastos de dicha auditoria. Si efectivamente el auditor hubiera encontrado diferencias superiores al 5%, será necesario recalcular el importe de la anualidad, lo que supondrá una diferencia a pagar por parte del arrendatario a favor del arrendador, y ello conllevará la correspondiente penalización e intereses de demora a favor del arrendador en lo que respecta a la diferencia encontrada en la auditoría.
    13) El contrato se somete a la jurisdicción española y para cualquier litigio a los tribunales de xxxxxxxxxxxxx en la provincia de yyyyyyyyyy.

  20. #20
    salva.carmona está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar. emigdio me podias decir que empresa te a echo la oferta gracias

    Cita Iniciado por txali Ver mensaje
    Estas son condiciones y precios que se están usando en estos momentos, te envío una lista de puntos y como tratarlos en el contrato de alquiler que luego deberias de redactar basado en esto. Piensa que se trata de un contrato donde pueden suceder muchas cosas en periodos de tiempo tan largos y debes proteger tu finca y el cobro de los alquileres. Estas son condiciones usadas para una finca de 15 Has en la zona de valladolid. Espero que te ayude:

    ###########

    Los siguientes puntos son los que se desarrollarían en el futuro contrato de alquiler.
    1) El arrendador es el propietario de las parcelas.
    2) El arrendatario es el inquilino de las parcelas.
    3) La duración del contrato será de 25 + 5 + 5 años (o los que tu acuerdes).
    4) El único destino para el que se alquilan las parcelas es para la instalación y explotación de una planta fotovoltaica dentro de los límites de las parcelas objeto del contrato. Cualquier otra actividad queda excluida del mismo.
    5) El proyecto de planta fotovoltaica debe ocupar el 100% de la superficie de las parcelas, obteniendo así la mayor producción de energía posible para dichas parcelas.
    6) El arrendatario no podrá subarrendar las parcelas, ni ceder sus derechos a un tercero.
    7) El contrato de alquiler contempla 3 periodos:
    a. Periodo 1 - Obtención de permisos máx. 8 meses
    b. Periodo 2 – Ejecución de la obra máx. 12 meses
    c. Periodo 3 – Explotación de la planta 25 + 5 + 5 años
    8) El precio del alquiler es del 6% de la producción anual cuantificada en Euros, con una cuota mínima de 2.000 Euros/Ha/año más el incremento del IPC anual para la cuota mínima.
    9) El pago del alquiler se establece con carácter anual, a pagar antes del 30 de Enero de cada año, a excepción del primer año del periodo 3 que se prorrateará desde el día de comienzo de la explotación (comienzo del periodo “3”) hasta el 31 de Diciembre de ese mismo año.
    10) Fianzas y avales:
    a. Periodo 1: Al comienzo del periodo 1 el arrendatario depositará una fianza o aval (a escoger por el arrendatario, si se escoge aval éste será a favor del arrendador a ejecutar a primer requerimiento) por un importe del 10.000 Euros.
    i. En caso de transcurrir el plazo del periodo 1 y no haber obtenido los permisos necesarios para la ejecución de la obra y la explotación de la planta fotovoltaica, el contrato quedará extinguido de forma automática pudiendo el arrendador ejecutar el aval o fianza y perdiendo el arrendatario el importe íntegro de la misma y todos los derechos que tuviera respecto al contrato de alquiler.
    ii. En caso de que uno o varios de los permisos necesarios hicieran inviable la instalación fotovoltaica y/o su posterior explotación antes de finalizar el periodo 1, al arrendador devolverá al arrendatario el aval o fianza extinguiéndose totalmente el contrato de alquiler, terminando toda relación entre ambos...
    Pues si hay que estar subiendo cada dos por tres a limpiar cristales va a haber un tráfico importante por la cubierta.

    Chicos no es por ponerme tiquis-miquis, pero sería posible preguntaros sobre qué medidas utilizáis para subiros a los tejados, cubiertas, azoteas, etc. o donde sea que tengáis las placas... Me interesa porque para acceder a ciertas subvenciones, éstas dependen muchas veces de que exista un contrato de mantenimiento y revisión anual de las placas solares, y trabajando por cuenta ajena de un cliente o propietario la normativa viene a pedirnos que exista toda una parafernalia de líneas de vida, etc.

    ¿Cómo lo veis?

  21. #21
    txali está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar. emigdio me podias decir que empresa te a echo la oferta gracias

    Estas condiciones están pensadas para huertos solares sobre suelo, no sería aplicable a las condiciones que se han de redactar para una cubierta. Es posible que algunas condiciones las puedas aprovechar pero si es en cubierta deberías contemplar apartados para el acceso de mantenimiento.

  22. #22
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Buenos días,

    Dejamos este hilo para discutir información relativa al arrendamiento de terrenos rústicos para la instalación de plantas FV.

    Se ruega no publicar anuncios de ofertas ni demandas de dichas fincas.

    Gracias por vuestra colaboración y un saludo,

  23. #23
    mig7845 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Precio Contratro Alquiler Terrenos,

    Hola Buenos días,
    Yo he recibido una oferta por unos terrenos de 1000 € por Hectárea, son aproximadamente 10 Hectáreas

    La oferta me parece un poco baja, (teniendo en cuenta que la subestación se encuentra dentro del propio terreno) y lo que dice el compañero en el texto de mas abajo (Unos 2000 €/Hect).

    Por favor me podéis ayudar o decirme que empresa redacto este contrato y si es actual, me interesa mucho,
    Dejaría mail o teléfono para contactar pero no se si esta permitido o hay alguna forma de hablar por privado.

    Muchas por vuestra ayuda, Pasar buen día!!!.





    Cita Iniciado por txali Ver mensaje
    Estas son condiciones y precios que se están usando en estos momentos, te envío una lista de puntos y como tratarlos en el contrato de alquiler que luego deberías de redactar basado en esto. Piensa que se trata de un contrato donde pueden suceder muchas cosas en periodos de tiempo tan largos y debes proteger tu finca y el cobro de los alquileres. Estas son condiciones usadas para una finca de 15 Has en la zona de valladolid. Espero que te ayude:

    ###########

    Los siguientes puntos son los que se desarrollarían en el futuro contrato de alquiler.
    1) El arrendador es el propietario de las parcelas.
    2) El arrendatario es el inquilino de las parcelas.
    3) La duración del contrato será de 25 + 5 + 5 años (o los que tu acuerdes).
    4) El único destino para el que se alquilan las parcelas es para la instalación y explotación de una planta fotovoltaica dentro de los límites de las parcelas objeto del contrato. Cualquier otra actividad queda excluida del mismo.
    5) El proyecto de planta fotovoltaica debe ocupar el 100% de la superficie de las parcelas, obteniendo así la mayor producción de energía posible para dichas parcelas.
    6) El arrendatario no podrá subarrendar las parcelas, ni ceder sus derechos a un tercero.
    7) El contrato de alquiler contempla 3 periodos:
    a. Periodo 1 - Obtención de permisos máx. 8 meses
    b. Periodo 2 – Ejecución de la obra máx. 12 meses
    c. Periodo 3 – Explotación de la planta 25 + 5 + 5 años
    8) El precio del alquiler es del 6% de la producción anual cuantificada en Euros, con una cuota mínima de 2.000 Euros/Ha/año más el incremento del IPC anual para la cuota mínima.
    9) El pago del alquiler se establece con carácter anual, a pagar antes del 30 de Enero de cada año, a excepción del primer año del periodo 3 que se prorrateará desde el día de comienzo de la explotación (comienzo del periodo “3”) hasta el 31 de Diciembre de ese mismo año.
    10) Fianzas y avales:
    a. Periodo 1: Al comienzo del periodo 1 el arrendatario depositará una fianza o aval (a escoger por el arrendatario, si se escoge aval éste será a favor del arrendador a ejecutar a primer requerimiento) por un importe del 10.000 Euros.
    i. En caso de transcurrir el plazo del periodo 1 y no haber obtenido los permisos necesarios para la ejecución de la obra y la explotación de la planta fotovoltaica, el contrato quedará extinguido de forma automática pudiendo el arrendador ejecutar el aval o fianza y perdiendo el arrendatario el importe íntegro de la misma y todos los derechos que tuviera respecto al contrato de alquiler.
    ii. En caso de que uno o varios de los permisos necesarios hicieran inviable la instalación fotovoltaica y/o su posterior explotación antes de finalizar el periodo 1, al arrendador devolverá al arrendatario el aval o fianza extinguiéndose totalmente el contrato de alquiler, terminando toda relación entre ambos.
    iii. Durante el periodo 1 el arrendador tendrá la posibilidad de alquilar las parcelas a otro inquilino únicamente para su explotación agrícola.
    iv. Si durante el periodo 1 se obtuvieran todos los permisos necesarios para la ejecución de las obras y su posterior explotación, comenzará el periodo 2 para lo cual el arrendatario deberá depositar un aval o fianza de 20.000 euros a sumar a lo depositado por el periodo 1 (total 30.000 Euros). En caso de no iniciar el periodo 2 en el plazo máximo de 30 días tras la obtención del último permiso, el contrato quedará extinguido ejecutándose el aval o fianza depositado para el periodo 1. En caso de no terminar las obras de ejecución y como consecuencia de ello no tener la planta produciendo energía con todos los permisos necesarios en el plazo del periodo 2, se entenderá el contrato por extinguido, el arrendatario deberá devolver la parcela en el mismo estado que la recibió y el arrendador podrá ejecutar las dos fianzas o avales, perdiendo el arrendatario dichos importes.
    v. Si las obras de ejecución se terminan antes de finalizar el periodo 2 y la planta comienza su explotación, se producirán los siguiente actos:
    1. El arrendatario depositará una fianza o aval equivalente al importe de alquiler de dos años con objeto de garantizar los posibles importes no pagados en concepto de rentas y/o penalizaciones e intereses de demora a favor del arrendador.
    2. El arrendatario depositará un aval de 60.000 Euros en la Junta de Castilla y León para garantizar que al término del periodo 3 el arrendatario dejará la parcela en las mismas condiciones de como se le fue entregada.
    3. El arrendatario pagará al arrendador el importe de alquiler correspondiente al prorrateo de tiempo a calcular entre la fecha de inicio del periodo 3 y el 31 de Diciembre de ese mismo año.
    4. En ese mismo acto el arrendador hará entrega al arrendatario de las dos fianzas o avales que ostenta en su poder correspondientes a los periodos 1 y 2.
    vi. En caso de superar el plazo de tiempo establecido en el periodo 2 sin haber terminado las obras de ejecución, se entenderá el contrato por extinguido, facultando al arrendador a la ejecución de los dos avales o fianzas correspondiente al periodo 1 y 2.
    11) El retraso en el pago de cada anualidad más allá del 30 de enero de cada ejercicio, tendrá una penalización del 30% de la anualidad a sumarla a ésta el mismo 1 de febrero, a lo que habrá que añadir un interés de demora a sumar a dicha anualidad del 4% hasta el día que se produzca el pago de todos los importes resultantes de sumar anualidad + penalización. Transcurridos 6 meses desde el 30 de enero y si el pago de la anualidad más intereses y penalización no se hubiera producido por parte del arrendatario al arrendador, el contrato quedará extinguido, el arrendatario deberá de abandonar las parcelas dejándolas en el mismo estado a como se le fueron entregadas y el arrendador podrá ejecutar los avales y fianzas que se encuentran a su favor en concepto de fianza o aval para el aseguramiento de las anualidades + intereses de demora + penalizaciones. Si el arrendatario abandona las parcelas en el plazo de 30 días a partir de la extinción del contrato dejándolas en el mismo estado que las recibió, el arrendador liberará al arrendatario el aval depositado en la Junta de Castilla y León, de lo contrario se procederá a su ejecución.
    12) En caso de discrepancias por parte del arrendador en cuanto al cálculo del 6% de la producción para el cálculo del importe de la renta anual, el arrendador estará facultado para solicitar una auditoría de cuentas (escogiéndose el auditor por parte del arrendador) sobre la actividad y balances del arrendatario en las parcelas sometidas al contrato. Esta auditoria será abonada por parte del arrendador, si el resultado de la misma derivara que la cantidad declarada por el arrendatario es menor al menos en un 5% a lo que éste declaró, el arrendatario pagará los costes íntegros de la auditoría al arrendador que previamente habrá pagado al auditor, si sucede lo contrario, será el arrendador quien asuma los gastos de dicha auditoria. Si efectivamente el auditor hubiera encontrado diferencias superiores al 5%, será necesario recalcular el importe de la anualidad, lo que supondrá una diferencia a pagar por parte del arrendatario a favor del arrendador, y ello conllevará la correspondiente penalización e intereses de demora a favor del arrendador en lo que respecta a la diferencia encontrada en la auditoría.
    13) El contrato se somete a la jurisdicción española y para cualquier litigio a los tribunales de xxxxxxxxxxxxx en la provincia de yyyyyyyyyy.

  24. #24
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    Predeterminado Re: Precio Contratro Alquiler Terrenos,

    Estoy en las mismas. He recibido una oferta de 1000€/Ha con la subestación dentro del terreno. ¿Alguien podría dar algo de información sobre cómo está el tema en estos momentos?
    Muchas gracias y un saludo.

  25. #25
    Avatar de juheru
    juheru está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Arrendamiento de finca rústica para instalación solar.

    Yo más de 1000 x hectárea no he visto en estos momentos, tenga o no tenga subestación.

    Lo de los 2000 x ha era en otra época pero ahora instalaciones a mercado 1000 es lo más alto que he visto.

    Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk

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