Resultados 1 al 16 de 16
- 14/05/2007, 00:07 #1Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- andalucia
- Mensajes
- 17
s.o.s necesito ayuda de legislacion municipal en terrenos
hola.necesito alguien que me pueda orientar
Me he pasado el otro dia por el ayuntamiento de mi localidad para preguntar por los requisitos para montar un huerto solar en un terreno de 2.000 m cuadrados de rustica y aunque el perito del ayto estaba por la labor(o eso parece)me dice que para montar una planta los terrenos deben de estar en zona industrial
Alguien me puede echar una mano en cuanto a legislacion para poderla aportar al ayto
Muchas gracias de antemano
-
- 14/05/2007, 15:52 #2Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- ene 2006
- Mensajes
- 152
El tecnico municipar tiene razon, pero puedes solicitar una declaración de interes comunitario para que te permitan hacerlo y pagar un canon al ayuntamiento. El ayuntamiento es quien da el visto bueno a la consejeria, por lo que no deberias tener problemas en que te lo concedieran, pero consultalo antes con el Ayuntamiento para no perder el tiempo
- 15/05/2007, 10:21 #3Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- andalucia
- Mensajes
- 17
Muchas gracias. Lo voy a intentar
Si se os ocurre alguna otra cosa por favor os ruego me la envieis e iré probando todas hasta que lo consiga.Gracias
- 15/05/2007, 20:02 #4
En Andalucia no es necesaria una declaracion de interes comunitario ya que existe una disposicion por la cual la acitividad esta permitida en suelo rustico sin la necesidad de un proyecto de actuacion. Ahora no tengo aqui la disposicion, la buscare pero la informacion es segura porque yo he pasado por este camino.
- 15/05/2007, 20:06 #5Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- andalucia
- Mensajes
- 17
Muchíssimas gracias espero impaciente tu contestacion
- 15/05/2007, 20:17 #6
Aqui esta la respuesta extraida de otro post:
En Andalucía la Ley que regula esta cuestión es la LOUA .
La actuación se considera incluida dentro de las recogidas en el Art. 52.1.C de la LOUA, como una actuación de interés público. En este tipo de actuaciones se requiere como norma general y con carácter previo a la licencia urbanística, la aprobación de un Proyecto de Actuación.
No obstante, a través de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, se ha modificado la LOUA, añadiendo una nueva Disposición Adicional Séptima en cuanto a los actos de construcción e instalación vinculados a energías renovables, en la que se excepciona a estos actos de la aplicación del Art. 52.4 de la LOUA.
En dicha Ley, se añade una nueva disposición adicional (séptima) a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía que queda redactada de la siguiente forma:
“1. Durante el período de vigencia del plan Energético de Andalucía 2003-2006, a los actos de construcción o instalación de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos vinculados a la generación mediante fuentes energéticas renovables, incluido su transporte y distribución eléctricas, no les será de aplicación lo previsto en el artículo 52,4 de la presente Ley. Estos actos tendrán una duración limitada, aunque renovable, no inferior en ningún caso al tiempo que sea indispensable para la amortización de la inversión que requiera su materialización.
2. En las autorizaciones de dichas actuaciones a otorgar por la Consejería competente en materia de energía, se incluirán las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52, entre ellas la necesaria prestación de garantía por una cuantía igual al importe de los gastos de restitución de los terrenos a su estado original para lo que se deberá presentar proyecto de desmantelamiento y restitución.
3. Las actuaciones indicadas en el párrafo primero requerirán, además de las autorizaciones que procedan de acuerdo con el resto de las normas de aplicación, el otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística municipal, previo informe de la Consejería competente en materia de urbanismo.
4. A los expedientes de otorgamiento de licencia urbanística municipal en tramitación, les será de aplicación lo establecido en esta disposición, para lo cual los titulares de las construcciones o instalaciones deberán presentar ante la Consejería con competencias en materia de energía un proyecto de desmantelamiento y restitución de los terrenos, a fin de dictar resolución sobre el importe de la garantía mencionada en párrafo segundo, antes de dicho otorgamiento."
En resumen, que en Andalucia se puede instalar en suelo rustico aunque se considera como una autorizacion temporal sujeta al desmantelamiento posterior cuando se haya amortizado la instalacion. Esto no implica ninguna recalificacion del terreno que sigue siendo considerado como no urbanizable.
- 15/05/2007, 20:56 #7Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- andalucia
- Mensajes
- 17
Quinto un millon de gracias me voy mañana mismo al ayto a primera hora, a ver si es posible que me dejen de una vez montar mi jubilación en 12 años
Por cierto llamamos el otro dïa a sevillana-endesa para ver lo que necesitamos para el estudio por parte de ellos de viabilidad de la planta y nos contestaron que para empezar a hablar lo primero es que pagemos por adelantado 1044 euros .
No creeis que es un abuso por su parte que por mirar en un programa nos claven ese importe?
Distinto veo que me lo cobren por la autorización
Como siempre muchas gracias a todos y en especial a ti Quinto que donde había derrota has devuelto ilusión y ganas de seguir hacia adelante
- 15/05/2007, 21:54 #8Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- ene 2006
- Mensajes
- 152
Pues es curioso, pero a mi me han pedido un proyecto para Jaen, precisamente porque les han pedido el DIC. Yo no he hablado con ellos asi que no os puedo decir mas.
Saludos
- 16/05/2007, 13:14 #9Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Mensajes
- 3
En Aragón se rige por la LUA, artículos 24 y 25.
- 16/05/2007, 19:32 #10Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- mar 2007
- Mensajes
- 2
Y en canarias? alguien conoce algo al respecto...
- 16/05/2007, 21:22 #11Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- andalucia
- Mensajes
- 17
Tengo un cabreo de un par de narices(por no decir otra cosa)me he pasado por el ayto y le he comentado al tecnico lo que me dijo Quinto y el empeñado en que tienen que ser 35.000 m .
Me voy a la delegacion de innovacion y alli me han dado unas pag de interes que paso adeciros :
-Boja nº26 de febrero de 2004
-Agencia andaluza de energia (Bastante interesante)
-ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenacion urbanistica de Andalucia que me dijo Quinto pero en la cual no aparece la disposicion adicional (septima)
En conclusion sigo estando hecho un lio me duele la cabeza de mirar tantas lleyes y decretos y estoy indignado con la puñetera burocracia de esta preciosa region a la cual pertenezco que hace leyes y no tiene en cuenta las distintas administraciones que intervienen o no forman a sus funcionarios para darnos soluciones, por lo cual en esta bella region hay que ser abogado, funcionario,politico, Psicologo... o tener una pasta y pagar a todos los anteriores.
Por eso recurro de nuevo a vosotros foreros para que me echeis una mano a mi y a todos los que vengan detras en este camino un tanto ingrato por el que nos hace adentrarnos la administracion para conseguir nuestro proposito de montar nuestra planta propia
Como siempre un abrazo y os iré contando como va la evolucion
- 16/05/2007, 21:53 #12Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- abr 2007
- Mensajes
- 12
Ley?
Y para Extremadura, alguien lo sabe? Gracias.
- 17/05/2007, 09:46 #13Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Ubicación
- andalucia
- Mensajes
- 17
Hola foreors os traigo buenas noticias
La disposicion transitoria a la que hacia alusion Quinto se termino en diciembre de 2006 pero acaban de llamarme de la consejeria de innovacion y ciencia y me han dicho que a partir del 10 de julio se abre otra disposicion transitoria para el fomento de las energias renovables basada en la ley 2/2007 boja nº20 de 10 de abril de2007 art 12
- 18/05/2007, 10:55 #14Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- may 2007
- Mensajes
- 2
Iniciado por jose ocaña
Solo una pequeña corrección por si alguien quiere buscar la nueva disposición transitoria que tan amablemente has compartido....el BOJA es el nº70, lo tenéis en este link:
http://www.andaluciajunta.es/portal/...391886,00.html
Saludos y mucha suerte
- 07/06/2007, 18:36 #15Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jun 2007
- Mensajes
- 2
soy nuevo en esto y en este foro pero me interesa muchisimo el tema ....
alguien sabe como esta el tema de permisos en cataluña...gracias
- 07/06/2007, 18:36 #16Miembro del foro
- Fecha de ingreso
- jun 2007
- Mensajes
- 2
soy nuevo en esto y en este foro pero me interesa muchisimo el tema ....
alguien sabe como esta el tema de permisos,legislacion,etc en cataluña...gracias