Instalacion domestica conectada a red y nuevo RD 900/2015
Buenas a todos, tengo una duda a ver si me podeis ayudar.
Un consumidor que tenga una potencia contratada <=10kw estaria exento del pago de los estudios de acceso y conexión previstos en el artículo 30 del Real Decreto 1048/2013 y del pago de los derechos de acometida de generación previstos en el artículo 6 del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, siempre que tenga un dispositivo de vertido 0.
A parte de eso, esta instalacion seria de tipo 1, se regularia por el RD 1699/2011. ¿Se podrian instalar baterias en casa o esto estaria supuestamente prohibido?
Re: Instalacion domestica conectada a red y nuevo RD 900/2015
Cita:
Iniciado por
Pepoteto
Buenas a todos, tengo una duda a ver si me podeis ayudar.
¿Se podrian instalar baterias en casa o esto estaria supuestamente prohibido?
En ese Real Decreto en el apartado 5 del artículo 5 dice:
"5. Podrán instalarse elementos de acumulación en las instalaciones de autoconsumo reguladas en este real decreto, cuando dispongan de las protecciones establecidas en la normativa de seguridad y calidad industrial que les aplique y se encuentren instaladas de tal forman que compartan equipo de medida que registre la generación neta o equipo de medida que registre la energía horaria consumida".
Por tanto si que se puede. Un saludo
Re: Instalacion domestica conectada a red y nuevo RD 900/2015
Muchas gracias, era normal que fuera asi.