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  1. #1
    Ivancillo está desconectado Forero Junior
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    mar 2015
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    3

    Predeterminado Aclaración de conceptos básicos de la situación actual

    Muy buenas.

    Estoy haciendo un trabajo sobre la SFV en España.

    He estado mirando un maremágnum de reales decretos, leyendo hilos en foros, viendo artículos y más o menos me he ido haciendo una idea.

    Pero tengo ciertos temas que concretar. Por ejemplo :

    1)
    -El dueño de un huerto solar, ¿tiene un régimen distinto al de un usuario de autoconsumo? ¿cuál?

    2)
    -Un usuario doméstico, con una instalación SFV conectada a red, ¿puede vender electricidad como negocio, con ánimo de lucro o eso solo está reservado al que tiene un huerto solar?

    En caso de ser cierto ¿cuánto ganaría por kWh vertido y cuánto pagaría por impuestos?

    3)
    -Un usuario con instalación SFV conectada a red, ¿puede evitar verter su exceso de energía producida a red con algún aparato? ¿cuál?

    4)
    -Un usuario con instalación SFV conectada a red, ¿tiene que tener algún contrato especial con la compañía eléctrica?

    ¿Puede tener un contrato con factura tipo 2.0A?

    Y si no, ¿de qué tipo debe ser?

    5)
    -¿Cuáles creéis que son los reales decrertos más importantes que regulan las instalaciones SFV conectadas a red?

    6)
    -¿Cuánto se paga por verter excedentes de energía a la red?




    Muy agradecido si alguien me contesta alguno de los puntos.

  2. #2
    Sol_t está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Aclaración de conceptos básicos de la situación actual

    1)
    -El dueño de un huerto solar, ¿tiene un régimen distinto al de un usuario de autoconsumo? ¿cuál?

    - Si, tiene un régimen económico primado, a no ser que por alguna circunstancia le haya sido denegada la prima, por una inspección o por estar fuera de plazo, por ejemplo.

    2)
    -Un usuario doméstico, con una instalación SFV conectada a red, ¿puede vender electricidad como negocio, con ánimo de lucro o eso solo está reservado al que tiene un huerto solar?

    En caso de ser cierto ¿cuánto ganaría por kWh vertido y cuánto pagaría por impuestos?

    - No está aprobada la normativa que regula el autoconsumo a día de hoy. Pero sí te puedo decir que, en principio, ganaría el precio al que se venda el kwh en el día y hora que lo venda. No hay precio fijo. Y los impuestos, si actúa como persona física, estarán sujetos al IRPF en el tipo que le corresponda sumando todos sus ingresos.

    3)
    -Un usuario con instalación SFV conectada a red, ¿puede evitar verter su exceso de energía producida a red con algún aparato? ¿cuál?

    -Hay inversores (pocos) de un solo sentido. En caso de que la potencia de la SFV sea insuficiente, permite el paso de la diferencia del exterior, y si es el caso contrario, se dedica esa potencia a cargar baterías.

    4)
    -Un usuario con instalación SFV conectada a red, ¿tiene que tener algún contrato especial con la compañía eléctrica?

    ¿Puede tener un contrato con factura tipo 2.0A?

    - No hay normativa aprobada actualmente por tanto no se sabe.

    5)
    -¿Cuáles creéis que son los reales decrertos más importantes que regulan las instalaciones SFV conectadas a red?


    6)
    -¿Cuánto se paga por verter excedentes de energía a la red?

    - Se paga, en principio el precio POOL, menos el peaje que aparentemente, será alto.
    El precio lo puedes consultar aqui http://www.omie.es/files/flash/ResultadosMercado.swf

  3. #3
    Ivancillo está desconectado Forero Junior
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    mar 2015
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    3

    Predeterminado Re: Aclaración de conceptos básicos de la situación actual

    Hola, lo primero de todo, gracias por tomarte tu tiempo en leer esto y contestar.

    Tus respuestas me generan nuevas dudas:

    1) Si los poseedores de un huerto tienen un régimen primado y los domésticos también pueden vender energía con ánimo de lucro, ¿dónde está la linea para diferenciar unos de otros?

    ¿Potencia de los paneles instalados? ¿mero papeleo?

    2)Con respecto a los usuarios domésticos con instalaciones SFV conectadas a red, si no hay normativa aprobada, ¿quiere eso decir que los tipos de contratos y demás los decide cada compañía eléctrica a su libre albedrío?

    ¿No hay que registrar la instalación en algún sitio? y, si hay un registro ¿cuál es su función si no existe regulación?

  4. #4
    Sol_t está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    dic 2013
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    1.305

    Predeterminado Re: Aclaración de conceptos básicos de la situación actual

    Tus respuestas me generan nuevas dudas:

    1) Si los poseedores de un huerto tienen un régimen primado y los domésticos también pueden vender energía con ánimo de lucro, ¿dónde está la linea para diferenciar unos de otros?

    ¿Potencia de los paneles instalados? ¿mero papeleo?

    - Acogerse a la convocatoria cuando salió y cumplir los requisitos. Desde finales de 2011 no hay nuevas convocatorias.

    2)Con respecto a los usuarios domésticos con instalaciones SFV conectadas a red, si no hay normativa aprobada, ¿quiere eso decir que los tipos de contratos y demás los decide cada compañía eléctrica a su libre albedrío?

    ¿No hay que registrar la instalación en algún sitio? y, si hay un registro ¿cuál es su función si no existe regulación?

    - No hay actualmente normativa vigente y por tanto no te puedo contestar, pero creo que no hay actualmente usuarios de autoconsumo como planteas, vertiendo a red legalmente.

    Si que habrán algunos que tengan una o dos placas pero con eso no vierten a red, pues la producción es equivalente al consumo residual de una vivienda. O las placas las tienen en una instalación independiente que no vierte a red aunque el consumo sea 0. si instalas una o dos placas en tu casa y no legalizas la instalación, según el borrador actual, te puede caer una multa de 60 millones de euros . (Si, 60 millones, no esta mal escrito.)

    Tengo entendido que a día de hoy, con la mayoría de los contadores antiguos, si viertes a red te cuenta como consumo -no hay distinción entre entrada y salida-, por lo tanto, viertes a red y te cuenta como que lo has consumido (y lo tienes que pagar)

  5. #5
    Ivancillo está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    mar 2015
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    A Coruña
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    3

    Predeterminado Re: Aclaración de conceptos básicos de la situación actual

    A ver si lo he entendido bien :

    1)Osea, que para verter a red, tanto si tienes un huerto solar como si tienes paneles en tu casa debes estar inscrito en ese régimen económico primado. Vamos, que en la práctica, aunque no quieras la instalación para ánimo de lucro, la figura es la misma.

    Y que si eres nuevo en esto y quieres tener un huerto solar/instalación que vierta a red (legalmente) no puedes hasta que no haya una nueva convocatoria.

    O bien te montas una aislada.

    ¿Es correcto?

    2)No me salen las cuentas acerca de los precios de venta de la energía.

    Según la gráfica del enlace que me has mostrado, si nos fijamos por ejemplo en el precio de hoy a las 12 para España, nos dice que sale en 58,69€/MWh.

    Si los pasamos a kWh, serían 0,05869€/kWh, que en palabras simples serían 5 céntimos de euro por kWh menos el peaje.

    Lo que no me cuadra de esto, es que se supone que el kWh le vale al consumidor 22 céntimos de euro.

    Entonces, si 5 céntimos < 22 céntimos, se llega a la conclusión de que aquí en España no saldría a cuenta para las eléctricas un supuesto balance neto ¿no?

  6. #6
    Sol_t está desconectado Forero
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    dic 2013
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    Predeterminado Re: Aclaración de conceptos básicos de la situación actual

    1)Osea, que para verter a red, tanto si tienes un huerto solar como si tienes paneles en tu casa debes estar inscrito en ese régimen económico primado. Vamos, que en la práctica, aunque no quieras la instalación para ánimo de lucro, la figura es la misma.

    Y que si eres nuevo en esto y quieres tener un huerto solar/instalación que vierta a red (legalmente) no puedes hasta que no haya una nueva convocatoria.

    O bien te montas una aislada.

    ¿Es correcto?

    - Es un terreno pantanoso este. Si quieres montar un huerto solar, no se que requisitos hay a día de hoy. Lo mismo sucede para montar una instalación en tu casa.
    Aislada también tendrías que legalizarla, en teoría, porque te cae la multa igualmente si se aprueba el borrador tal y como esta.

    2)No me salen las cuentas acerca de los precios de venta de la energía.

    Según la gráfica del enlace que me has mostrado, si nos fijamos por ejemplo en el precio de hoy a las 12 para España, nos dice que sale en 58,69€/MWh.

    Si los pasamos a kWh, serían 0,05869€/kWh, que en palabras simples serían 5 céntimos de euro por kWh menos el peaje.

    Lo que no me cuadra de esto, es que se supone que el kWh le vale al consumidor 22 céntimos de euro.

    Entonces, si 5 céntimos < 22 céntimos, se llega a la conclusión de que aquí en España no saldría a cuenta para las eléctricas un supuesto balance neto ¿no?

    - El borrador tal y como esta planteado el peaje de respaldo, es superior a lo que cobrarías (creo recordar 0.07€). Por lo tanto, te costaría 2 céntimos cada kw producido por ti, vertido a la red. Obviamente esto es para que no viertas a red y adaptes el dimensionado a tu consumo, entiendo, pues te cuesta dinero a ti.
    Pero hablar de esto es para nada, porque son suposiciones a borradores. Hasta que no se apruebe, nada.




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