Resultados 1 al 3 de 3
  1. #1
    moriscos está desconectado Forero
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    feb 2007
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    TAKA-TUKA
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    74

    Predeterminado ACUERDO DE CESION

    Ayer me pasaron el Acuerdo de Cesión de instalaciones para la agrupación de plantas fotovoltaicas.
    Después de mucho rollo contractual, y de una serie de instalaciones que hay que hacer, hay 2 cosas que os quiero comentar a ver si lo véis normal.
    1) "........, se aplicará en la facturación de la energía generada por cada planta una reducción del 2,35 % de la energía medida." :x
    2) "...durante la vida útil de la planta, una cuota anual de 200 euros por cada planta de menor o igual potencia a 100 Kw , en concepto de costes derivados de la titularidad de las instalaciones." :shock:

    El punto 2 me da igual, me están diciendo que tengo que invitar a comer a 2-3 ingenieros todos los años (según su saque de esquina)

    El punto 1 es el que me cabrea. Ese parámetro es normal, alto o bajo.
    ¡¡Qué cabr.....!!
    A ver si me podéis decir algo.
    saludos

  2. #2
    dOMINGO está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    may 2006
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    200

    Predeterminado

    Moriscos:

    Ese porcentaje es para que los productores asuman las pérdidas desde q ceden la producción, BT, hasta que llegan a los lugares de consumo.

    A modo de ejemplo. Los productores ceden la producción en BT, se mide con un equipo de BT, se sube a MT y se enlaza en la Red de MT de la compañía. Normalmente la producción (mitad del campo) está alejado de los centro de consumo (núcleo urbano). Por todo, te descuentan eso.

    Más injusto me parece los 200 E anuales by de face.

    Saludos

  3. #3
    solarenergia está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    ene 2006
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    508

    Predeterminado

    Perdona Moriscos,

    no entiendo que es el Acuerdo de Cesión, ¿ es el contrato de compraventa con la distribuidora?

    Ese 2,35% que te penalizan en contador, ¿ es por pérdidas en tu transformador y acometida hasta el mismo después de la medida?

    Si es por la acometida es calcular las pérdidas aplicando la fómula de Joule, y lo que salga.

    Si es por pérdidas en el transformador aquí el tema está abierto a que no hay normativa aplicable excepto "por el artículo 33" que dice la distribui¡dora y en este caso si al negociar no estás de acuerdo acude al arbitraje del Servicio Provincial de Industria que es quien tienen las competencias para decidir en estos casos. Otra cosa claro es que se mojen, pero por lo menos intentarlo.

    Estoy contigo, es un robo, proque los KWh no se pierden se descuentamn pero viajan por la red, al menos el 50% de lo que nos descuentan. Gratis.

    Lástima no poder palntear una OPA y limnpiar el patio,,, suerte.




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