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- 02/11/2016, 11:51 #501Forero
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- 02/11/2016, 12:20 #502Forero Junior
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- 02/11/2016, 18:06 #503Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
A lo mejor es meterme donde no me llaman,pero me sorprende que haya productores fotovoltaicos de a pie con IBERDROLA como representante de mercado......Existen otros y no quiero alardear de publicidad,a ninguno, porque a mí personalmente ni me van ni me viene pero cobran unas diez veces menos al año,aunque es verdad que lleva un tramite burocratico,pero envian facturas a tiempo y creo que siempre serán mejor que el los grandes que trantan de hundirnos....Una de las cosas de las que más contento estoy en este sendero lleno de obstáculos..............mi caso de pagar 1600 Euros a 180 Euros(Me cambié en diciembre 2011)...Tambien porpoco dinero al año podeis haceros socios de ANPIER(TAMBIEN ASESORAN,INFORMAN) Y al cabo del año gastamos MENOSPero es solo una reflexión,no podía por menos;.....cada uno con su dinero hace lo que quiere
- 02/11/2016, 18:32 #504Forero Junior
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
La elección de representante es un tema controvertido. Lo de "acostarse con tu enemigo" parece un sin sentido. Además la broma me cuesta unos 1500€ al año que van a parar al oligopolio. Porqué sigo? En mi caso, instalacion en BT conectada a un transformador de la compañía eléctrica dependo del correcto funcionamiento de lo externo a mi instalación. De hecho he tenido problemas de lectura por fallo del contador y tb. con el transformador donde evacuo la energía y lo han solucionado rápido y eficaz. ¿Harían lo mismo si estuviese con un representante ajeno?
- 02/11/2016, 18:48 #505Forero
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- 03/11/2016, 07:37 #506Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Creo que llamando a Anpier, os informarán de como hacerlo, si es factible y los tramites a efectuar.
Al enemigo, ni agua.Las electricas nos estan meando pero la prensa y Gobierno dicen que está lloviendo.
- 03/11/2016, 09:11 #507Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Que tiene que ver las churras con las merinas!!!
Yo sigo alucinando cuando nos metemos en este berenjenal y no sabemos diferenciar lo que es una Distribuidora y un Representante de Mercado. Yo tengo Iberdrola como Distribuidora porque es lo que hay, pero llevo años, con Gestwrnova, y sin problema con Gesternova y cuando he tenido alguno, responsabilidad de la Distribuidora, lo han resuelto diligentemente.
Ahorro económico de todos estos años....la de Dios. Por cierto, el 1 había cobrado con Gesternova.
Asociaros a Anpier y romper las cadenas. Os asesoran en la Asociación. Dedicar vuestros recursos a dar caña a quien nos tiene sometidos, y nos les engordéis.
- 10/11/2016, 17:08 #508Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
10/11/2016. La Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC en su sesión de 11 de Noviembre de 2016 ha aprobado la liquidación 9/2016 de la retribución específica a las instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías que aprovechan energías primarias renovables, cogeneración y residuos.
- 10/11/2016, 17:34 #509
Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
No os cambiais, porque no quereis......
Como bien han comentado, no tiene nada que ver el representante de mercado con la distribuidora (que además de dueña de la red de distribución es la dueña de los transformadores)
Os hago también una pregunta (y sin rencor.... ni nada parecido, intento hacer reflexiones en voz alta) ¿Habéis demandado tanto los recortes de Sebastián, como los del PP, recurrido el recorte del IPC, el impuesto Mod. 583?
Si la respuesta es que no..... os ofrezco una solución para que podías cambiaros, demandar y además contar con el mejor seguro para vuestra instalación que cubrirá el lucro cesante (para el caso que el contador se averíe) y quizá todo por el precio que pagais a Iberdrola por REPRESENTAROS.... Y NADA MAS
Ahora pagais 5.-€/MWh por la representación de Iberdrola, pero si no recuerdo mal, hasta el 2013 pagábais 10.-€/Mwh
Por ejemplo, Geoatlanter ofrece un servicio Conjunto junto con Holtrop donde la representación de mercado, las demandas y los impuestos especiales os pueden salir por 4,5.-€/Mwh
Mas servicios, se ahorra un poquito y además no le pagamos a Ibertrola
Así, una instalación, por ejemplo de 100 fija con una producción de 185.000 Kwh
- Representación con Ibercur: 925.-€
- Representación con Geoatlanter, demandas con Holtrop e Impuestos Especiales: 832,5.-€
Un seguro de dicha instalación:
- Capital Asegurado: 200.000.-€ (es lo que costaría hoy dicha instalación y lo que pagan los seguros, no lo asegureis por más 2.-€/watio)
- Responsabilidad Civil: 300.000.-€
- Lucro cesante: Los ingresos totales anuales brutos (cobertura 12 meses)
Puede salir éste seguro por unos 490.-€
Ahí lo dejo, para que cada uno saque sus propias conclusiones..... como dice Ana Pastor, nuestros son los datos, suyas las conclusiones....."Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"
- 11/11/2016, 11:07 #510Forero
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- 11/11/2016, 11:40 #511
Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Buenos días Sol_T
El contrato con Iberdrola que tendrás firmado, es el contrato con la distribuidora, o sea con la titular de las lineas de tu zona para la evacuación de la energía de la planta. Ese contrato es para "evacuación" y se firma con la distribuidora, no tiene nada que ver con la representación con Ibercur.
El estar con Ibercur, es por defecto, es decir, que los distribuidores (en tu caso, así como en el mío -Alicante-) estaban obligados a ofrecer ese servicio de representación por ley, lo que pasa es que, si no recuerdo mal, por defecto, es decir si no dices nada, estás siempre con la "representante de ultimo recurso" (de ahí el nombre de IBERCUR - IBERdrola Comercializadora de Ultimo Recurso) y cuando se "liberalizó" se podía uno cambiar.....
Por lo tanto, no tienes con Ibercur, ninguna permanencia, por lo que el cambio a otra comercializadora, lo puedes realizar cuando quieras
Un saludo"Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"
- 14/12/2016, 21:10 #512Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Alguien sabe como ha quedado la IT 58 si ha aumentado o disminuido los ingresos con la nueva normativa
- 14/12/2016, 22:39 #513Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Vista y analizada la nueva orden y analizadas las retribuciones de la IT-00047 resulta un incremento de 126 € en concepto de Rinv, un incremento de 1.368 € en concepto de Rop (para una producción de 172.000 kw). Pero como se considera un precio por debajo de los 4 céntimos el kw en el mercado, considerando un precio de 0,035, a mi me resulta una disminución de ingresos por este concepto de 2.557 € al mes. En total 1,58 % menos que en los tres años anteriores del 13 al 16.
- 13/01/2017, 11:57 #514Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
- 13/01/2017, 12:09 #515Forero
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- 15/02/2017, 09:56 #516
Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Ya están en la web de Iberdrola las facturas de la liquidación 12. La bajada del CC nos lleva a que cobramos casi la.mitad que cobramos el mes pasado. Es la tercera liquidacion mas baja del año.
Enviado desde mi HUAWEI P7-L10 mediante Tapatalk
- 01/03/2017, 11:01 #517Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
.....suma y sigue.... Ahora en Canarias... si no he entendido mal, pueden bloquear el 50% de la retribución regulada... hasta que les de la gana.........incluso con efecto retroactivo a 2015 y 2016...
Estimados Sres.:
Les adjuntamos la comunicación que nos ha realizado la CNMC donde nos informan de que a partir de la primera liquidación del año 2017 (1/2017) se va a aplicar la normativa extrapeninsular que afecta al cobro del régimen retributivo específico de su instalación. Por tanto el importe que se les va a abonar a partir de ahora en las facturas será:
energia valorada a precio de mercado + 50% de RETRIBUCIÓN REGULADA * CC
El pago del 50% restante de la Retribución Regulada que corresponde a su instalación, dado que se abona con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, se realizará según se vayan materializando las trasferencias de fondos desde el Tesoro Público a la CNMC.
Sobre la previsión temporal de las trasferencias de estos importes a la CNMC para que puedan ser trasladados a los productores, no se nos ha aportado más información. En el momento en que estos importes se trasladen a EEXXI, se lo comunicaremos para proceder a su abono.
- 01/03/2017, 18:39 #518Forero Junior
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Hola, yo también estoy en Canarias... que me dices!! y quién te ha enviado esta información? Endesa? también estamos con Endesa y no he recibido nada... pero entonces el 50% de la retribución regulada por el Coeficiente??? es decir... ¿que cobraremos estos primeros meses que empiezan con el coeficiente super bajo?
- 02/03/2017, 09:23 #519Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Hola..
Si, comunicado de Endesa.... (sigo con Enel porque al estar en la Isla de El Hierro, sale prohibitivo el cambio de representante, ya que pero "al ser un sistema totalmente independiente y no tener más clientes en el mismo nos obliga a darnos de alta en dicho sistema y asumir todos los desvíos.".... otra trampa más.
Adjunto el correo que me han reenviado... lo peor es que amenazan con regularizar desde 2015.... "procederá también a la regularización de las cantidades ya liquidadas a las instalaciones ubicadas en territorios no peninsulares en los ejercicios 2015 y 2016, para adaptarlas al sistema de financiación antes descrito."..... con lo cual, y ojalá esté equivocado.... pero si alegan que no hay partida de los presupuestos generales para esto...no solo pagarán la mitad, sino que pueden incluso bloquear cualquier pago hasta que se regularice 2016..... Aunque como tenemos un gobierno serio y responsable, comprometido con el desarrollo de las energías renovables y defensor de la seguridad jurídica de la marca España, lo normal es que ya tengan previsto estos fondos y los pagos se realicen con normalidad...¿verdad?....
NOTA: Adjuntamos correo remitido por la CNMC el pasado día 30 de enero de 2017.
De: Infoprima [mailto:[email protected]]
Enviado el: lunes, 30 de enero de 2017 17:19
Para: Infoprima <[email protected]>
Asunto: Financiación Reg. Retributivo Específico - Instalaciones Extrapeninsulares
Estimados Sres.,
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares: “Para cada año natural, a los efectos de la liquidación del extracoste de generación… El organismo encargado de las liquidaciones del sector eléctrico calculará los derechos de cobro definidos en el párrafo b) del artículo 7.1 [que se remite al régimen establecido en el título IV del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio] correspondientes a cada una de las instalaciones generadoras que tengan reconocido el régimen retributivo específico realizadas con medidas definitivas así como el resto de conceptos establecidos en el presente real decreto”.
A su vez, la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, en su disposición adicional decimoquinta prevé que: “los extracostes derivados de la actividad de producción de energía eléctrica cuando se desarrollen en los sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico, serán financiados en un 50 por ciento con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”.
La disposición adicional tercera de la Orden ETU/1976/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2017, ha establecido lo siguiente:
“1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, el extracoste de la actividad de producción en estos sistemas, del año 2015, correspondiente al periodo entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, incorporará las cuantías correspondientes de los costes de generación para las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico. A estos efectos, deberán regularizarse en la liquidación que se lleve a cabo en virtud de la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas que debe aprobarse para cada año, de acuerdo con el párrafo e) del artículo 72.3 del citado Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.
2. A partir de 2016, en aplicación de lo previsto en el artículo 72 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, el órgano encargado de las liquidaciones del sector eléctrico incorporará como extracoste de la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, las partidas correspondientes de los costes de generación de las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico.”
La aplicación de estas normas implica que la CNMC, en el ejercicio de su función de órgano encargado de la liquidación, comenzará a aplicar, en las liquidaciones del ejercicio 2017 de las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico que ejerzan su actividad en territorios no peninsulares, las siguientes particularidades:
· El 50% de la retribución que le correspondería percibir a cada instalación se abonará con cargo a las actividades reguladas del sector eléctrico tal como se venía realizando hasta ahora, afectada en los pagos del correspondiente coeficiente de cobertura.
· El 50% restante de la retribución se abonará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Los pagos se realizarán según se vayan materializando las trasferencias de fondos desde el Tesoro Público a la CNMC.
También indicar que sin perjuicio de lo anterior y atendiendo a lo establecido en la mencionada disposición adicional tercera de la Orden ETU/1976/2016, la CNMC procederá también a la regularización de las cantidades ya liquidadas a las instalaciones ubicadas en territorios no peninsulares en los ejercicios 2015 y 2016, para adaptarlas al sistema de financiación antes descrito.
En las próximas fechas les iremos informando de los cambios que se realizarán en los sistemas para adaptarse a las particularidades indicadas.
Reciban un cordial saludo.
--
Oficina de Liquidación de Régimen Específico
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- 14/03/2017, 15:05 #520Forero
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- 16/03/2017, 16:39 #521Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
La Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC en su sesión de 16 de Marzo de 2017 ha aprobado las liquidaciones 1/2017 y 13/2016 de la retribución específica a las instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías que aprovechan energías primarias renovables, cogeneración y residuos.
- 16/03/2017, 16:55 #522Forero
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- 16/03/2017, 17:24 #523Forero
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Liquidación 13 año 2016 93.94%
Liquidación 1 año 2017 30.39
En la liquidación 1 me han actualizados el RI Y EL RO en cuanto a información pero líneas mas abajo cuando me aplican cantidades me lo liquidan en valores delo RI Y RO del año pasado sabeis porque ??????
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PERDON LIQUIDACION 13 AÑO 2016 96.94 %
- 16/03/2017, 22:24 #524Forero
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- 21/03/2017, 16:44 #525Forero Junior
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