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- 26/09/2014, 12:46 #26Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Lo has adjuntado, pero solo lo de 2013. La verdad que ese documento supongo que lo entendera el que lo ha hecho, quizas ni el.
Una cosa, los 5100 euros de que hablas son el importe total de las facturas desde el 14 de julio de 2013 hasta 31/12/2013 o es solo el importe de la prima equivalente, es decir, si ya has deducido el cobro del pool en esos 5100. Si no lo has deducido los 3000 que ponen ellos podria ser el importe de la prima equivalente y los 2100 restantes el importe cobrado a mercado. De la regularizacion de 2014, no te han puesto nada ?
Saludos
-
- 26/09/2014, 13:13 #27Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Solo he incluido la regulación del 2013 porque la del 2014 parece más sencilla, y coincide aprox con los números estimados (liquidación a julio por CC, menos cobrado hasta la fecha). Pero es que la del 2013 es de ciencia infusa. No se de donde han sacado lo de valorar 5,5 partes a abonar ahora, pero tampoco los números parecen bien hechos. En cualquier caso, me han indicado por teléfono que me enviarán una carta justificando esto, lo que no entiendo es porqué no la incluyen en la web.
Por último, me dicen que han rebajado un 50% el precio de representación en Iberdrola, lo que demuestra hasta ahora me han estado timando, y a partir de ahora un poco menos....
En cualquier caso, gracias por revisarlo tan rápidamente
- 26/09/2014, 13:28 #28Forero
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- 26/09/2014, 14:03 #29Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Menudo lío de factura... ¿Y no podéis pedir las facturas de la CNMC? En ellas está todo un poco más claro.
- 26/09/2014, 15:41 #30
re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
@juan68
La noticia también aparece en la WEB de ANPIER: Anpier : LA FALTA DE INFORMACIÓN PODRÍA DEJAR SIN RETRIBUCIÓN A MILES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES FOTOVOLTAICOS
Se trató este tema en este hilo del foro:
http://www.solarweb.net/forosolar/as...ras-dudas.html
El problema es que se acaba el plazo, pero no está claro ni lo que hay que hacer ni como.
Voy a esperar un poco más a ver si ANPIER logra tener los datos que ha reclamado y nos explica los pasos a dar.
- 26/09/2014, 18:23 #31Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Bueno yo entre regularización 2013 2014 y pagos del mes voy por la factura numero 12 (esta semana) y veo que aun me van enviar mas ( de locos ; para una instalación que factura algo mas de 2000€ al año)
- 26/09/2014, 18:29 #32Forero
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- 26/09/2014, 18:30 #33Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Si una fija it-0005
- 26/09/2014, 21:20 #34Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Personalmente, creo que ha sido un error esta nueva clasificación, ya que se ha quedado en un foro donde se solucionan dudas puntuales y conforme desaparezcan estas, en dos meses, desaparecerá el interés. Pronto los meses dejaran de tener cambios (el CC y el pool y se acabó)
Me consta que varios foreros antiguos piensan que os habéis decantado por los que quieren mantener el hilo principal en la dirección de evitar la política, ESPERO QUE NO SEA ASÍ PORQUE SERÍA RENUNCIAR A NUESTRA PRINCIPAL BAZA.
Que conste que yo si que he intervenido, pero soy casi el único. Para intentar reconducir el foro, creo que al menos deberíais sustituir el nombre Actualidad productores por otro más descriptivo
Noticias, Opiniones y Eventos.
Quizás funcione, quizás no, pero con el cambio hemos perdido todos,
- 26/09/2014, 23:05 #35Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
El foroestá mas claro con los tres hilos creados...el problema será al mezclar temas y repetirmo en los hilos
gracias
- 27/09/2014, 00:22 #36Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Esa es nada menos que tu opinión, que yo respeto mucho, pero nada más. Somos muchos los que no coincidimos con la tuya y son opiniones tan respetables como la tuya. El nombrecito que han puesto para seguir noticias de la prensa y poder opinar, o para organizar eventos en el mejor de los casos es desafortunado. Yo al menos lo digo, otros ni siquiera se van a molestar. Esta página web era conocida hasta por los blogueros a sueldo del opigopolio como el nuestro lobby fotovoltaico. ya veremos como nos coordinamos a partir de ahora.
- 27/09/2014, 07:46 #37Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Estoy calculando mi regularizacion del 2014 en mis dos instalaciones y me está resultando "casi imposible".
A mi me sale mucho a mi favor.
Observo que el precio de marcado de cada mes es diferente en para cada instalacion (iguales y con el mimso IT). Como esposible esto?
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Me llega mensase de GeoAtlanter informando que nos pagan el martes 30 de Septiembre
- 27/09/2014, 13:21 #38
re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
El problema de toda esta regularización está en la Disposición Transitoria 8ª del RD 413/2014
Leerla es fácil, interpretarla.... es otro cantar.
Voy a indicaros los casos que se han sucedido y de los 4 posibles de 2 tengo, por parte de productores, las facturas de la CNMC (al estar en representación Directa):
Los 4 casos son:
1.- Regularización 2013 (derecho de cobro) - Regularización 2014 (Obligación de pago) - En éste grupo estamos la gran mayoría de los del 661/2007
2.- Regularización 2013 (obligación de pago) - Regularización 2014 (derecho de cobro) - Este es algo más raro, no tengo datos
3.- Regularización 2013 (obligación de pago) - Regularización 2014 (obligación de pago) - En este grupo están muchas instalaciones (por no generalizar) del 1578/2008
4.- Regularización 2013 (derecho de cobro) - Regularización 2014 (derecho de cobro)
Así, tenemos por signos:
A.- 2013 (+); 2014 (-)
B.- 2013 (-); 2014 (+)
C.- 2013 (-); 2014 (-)
D.- 2013 (+); 2014 (+)
De los tipos A y C tengo constancia por productores en representación directa de COMO LA HA FACTURADO LA CNMC
Tipo A 2013(+); 2014 (-)
Han realizado tres facturas, a saber:
1.- La correspondientes a la liquidación de Julio de 2014 (ya todo con la nueva normativa) que contiene: el 68,5% de la Rinv. + Ro del mes de Julio y el 8% (diferencia entre el 68,5% del CC de Julio y el 60.5% del CC de Junio) de la Rinv. + Ro de los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo y Junio 2014.
2.- La correspondiente a la regularización de Enero a Mayo de 2014: Diferencia entre las liquidaciones Rinv. + Ro con el 60,5% de CC y las cantidades percibidas en dichos meses + la diferencia del CC de dichos meses del 2%
Esta factura contiene TODO EL IMPORTE DEL SALDO NEGATIVO (a favor del sistema)
3.- La correspondiente a la regularización del 14-07-2013 al 31-12-2013
Esta factura contiene dos lineas que son
- Importe positivo equivalente al importe negativo o saldo deudor del 2014 (y así compensan automáticamente el cobro del 2014 con el pago por la misma cantidad en 2013)
- Importe de 1/9 parte del saldo a nuestro favor restante del 2013
Así, han compensando la cantidad menor (la deuda que tenemos del 2014) con la misma cantidad que nos deben del 2013, y la diferencia a nuestro favor (nos deben más del 2013 que debemos del 2014) lo han dividido por 9 y han incluido en la factura ésta cantidad (1/9 del saldo neto a nuestro favor)
Entiendo que en caso de que lo que nos deban del 2013 sea inferior a lo que debemos del 2014 compensarán en 2013 todo el saldo a nuestro favor positivo y la misma cantidad con saldo negativo en 2014 e incluirán una línea negativa en 2014 de la 1/9 parte del saldo pendiente resultante. (De éste caso no he visto facturas, pero deduzco que lo habrán hecho de ésta manera)
El típo A debe de funcionar igual que el tipo B 2013 (-) y 2014 (+).
En resumen, toman la cantidad menor resultante de la regularización de cada año con su signo (+ nos deben; - debemos) y la compensan por el mismo importe pero con signo contrario y en el año contrario
Saldos
2013 (+3.580.-€); 2014 (-2500.-€) ------- Facturas CNMC 2014: -2500.-€ (Más IVA) y 2013 +2500.-€ (más iva) + 120.-€ (1/9 parte de + 3.580.-€ (2013) - 2.500.-€ (2014) = 1.080.-€ / 9 = 120.-€)
2013 ( -3.580.-€); 2014 (+2.500.-€) ------- Facturas CNMC 2013: -2.500.-€ (más IVA) - 120.-€(más iva) (1/9 parte de - 3.580.-€ (2013) + 2.500.-€ (2014) = -1.080.-€ / 9 = -120.-€) y 2014: + 2.500.-€ (más IVA)
2013 (+2.500.-€); 2014 (-3.580.-€) -------- Facturas CNMC 2013: + 2.500.-€ (más IVA) y 2014: - 2.500.-€ (más iva) y - 120.-€ (más iva) correspondiente al 1/9 del saldo a favor del sistema.
2013 (-2.500.-€); 2014 (+3.580.-€) -------- Facturas CNMC 2013: -2.500.-€ (más iva) y 2014: + 2.500.-€ u + 120.-€ de la 1/9 parte del saldo a nuestro favor
Ahora bien, la cosa cambia cuando aplicamos los tipos C (que tengo facturas) y el tipo D
En esos casos han emitido también 3 facturas que son:
C.- 2013 (-); 2014 (-)
D.- 2013 (+); 2014 (+)
1.- La liquidación de Julio 2014 y la diferencia del CC de los meses de enero a junio inc. de 2014
2.- Factura de la regularización del 2014 por 1/9 del importe (con su saldo, sea negativo o positivo)
3.- Factura de la regularización del 2013 por 1/9 del importe (con su saldo, sea negativo o positivo)
También otra dificultad añadida para las comercializadoras, es adaptar sus sistema de facturación (en muchos casos con facturas acumulativas) a éste maremagnum, ya que la CNMC no ha realizado facturas acumulativas o que arrastraran los saldos de cada mes, sino facturas mensuales solo por lo que era cada mes.... vamos "consejos vendo que para mi no tengo", de ahí la dificultad de adaptar tanto las retribuciones antiguas con las nuevas y los saldos acumulados hasta la fecha
Así, Geoatlanter lo ha simplificado de tal forma que todos los tipos A, B, C y D han aplicado 1/9 parte del saldo de la regularización de cada año con su signo. Creo sinceramente que es el sistema más CLARO de todos y que equivaldría al de la CNMC de los tipos C y D pero aplicados a todos
Por lo tanto, se va a las claras, como la DT 8ª fue REDACTADA POR LAS ELECTRICAS DEL OLIGIOPOLIO, ya que si bien en los tipos C y D (devolución o cobro -más probable que sea a devolver que a cobrar- se realiza en 9 meses), mientras que en los tipos A y B la devolución del saldo a favor del sistema SE REALIZA INMEDIATAMENTE POR COMPENSACIÓN CON LA DEUDA EQUIVALENTE DE LO QUE NOS DEBEN.
Ejemplo:
Productor fv del 661 con los saldos siguientes:
(2013) + 12.560.-€; (2014) - 5.880.-€
Devuelve del 2014 INMEDIATAMENTE - 5.880.-€ y COBRA INMEDIATAMENTE EL EQUIVALENTE DEL 2013 + 5.880.-€
Y la diferencia entre (+12.560 -5.880 = 6.680.-€) los cobrará en 9 meses a razón de: (6.680/9) 742,22.-€
Pero OJO: a este productor se le debe 6.680.-€ DEL AÑO 2013 QUE NO HA PERCIBIDO Y QUE PERCIBIRÍ ENTRE SEPT. 2014 Y MAYO 2015
Productor Eólico con instalación de antes del 2005 (ahora con el nuevo sistema NO COBRA)
Saldo 2013: - 12.560.-€; 2014 -5.880.-
Total DEBE AL SISTEMA (vamos que debe a nosotros desde el 14 de Julio del 2013 hasta el 31 de Mayo de 2014) la cantidad de: - 18.840.-€
Que devolverá en 9 cómodos plazo (OJO UN DINERO QUE YA HA COBRADO) a razón de - 2.093.-€ cada mes desde Sept. 2014 a Mayo 2015
NOTA: ESTAS CANTIDADES HAN SIDO IGUALADAS A LO QUE SERÍA UN PRODUCTOR FV PERO UN EÓLICO PODRIA PERFECTAMENTE ESTAS CANTIDADES SER 10 VECES O MÍS.
Así que a los que nos deben de hace un año..... las acabaremos de cobrar a los 17 meses
Y los que deben al sistema Y POR LO TANTO LO HAN COBRADO DE MAS: lo devolverán entre 12 y 24 meses después.
HAY ALGUIEN QUE DUDE QUIEN ES EL INDUCTOR INTELECTUAL DE TODO ESTO, AUNQUE LA FIRMA SEA DE LOS INEPTOS SORIA Y NADAL
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Buenos días José:
Eso es debido a que cada instalación se tiene en cuenta su producción y el precio del mercado horario.
Así, por ejemplo, una instalación con el mismo IT pero una en Galicia y otra en Levante, ayer o antes de ayer, que en levante estaba nublado y lloviendo, una produjera 200 Kwh (la de Galicia) y la de levante 78 Kwh
Así, los kwh producidos x el precio de mercado de cada día por los 30 días pueden dar perfectamente precios diferentes para instalaciones con la misma IT, misma potencia, ya que según la meteorológía, la producción será diferente y por tanto el cobro de cada una también (producción por precio).
Un saludo"Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"
- 27/09/2014, 15:53 #39Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
estoy en el grupo d . 18 facturas para decirme lo que me van a pagar.
- 28/09/2014, 03:54 #40Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
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Buenos días José:
Eso es debido a que cada instalación se tiene en cuenta su producción y el precio del mercado horario.
Así, por ejemplo, una instalación con el mismo IT pero una en Galicia y otra en Levante, ayer o antes de ayer, que en levante estaba nublado y lloviendo, una produjera 200 Kwh (la de Galicia) y la de levante 78 Kwh
Así, los kwh producidos x el precio de mercado de cada día por los 30 días pueden dar perfectamente precios diferentes para instalaciones con la misma IT, misma potencia, ya que según la meteorológía, la producción será diferente y por tanto el cobro de cada una también (producción por precio).
Un saludo[/QUOTE]
Gracias Ramonchu.
Mis 2 instalaciones está en el mismo Parque Solar y el precio Kwh de cada una una es diferente incluso en el mismo mes se llevan unas cienmillonesimas de € ¿por qué?
- 29/09/2014, 09:35 #41Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Explicando la ESTAFA en PODEMOS Villa de Vallecas - YouTube
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Para mi dividirnos en tres hilos, tampoco me parece buena idea. Creo que deberiamos seguir en un mismo hilo, concentrarnos al maximo todos, y no dividirnos, si nos dividimos, perdemos todos, restamos fuerza...
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Lo siento, me he equivocado de hilo, ya he tomado nota. Disculpas, va a costar adaptarse un poco al principio...
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Buenas,
Se han fusionado los hilos "RD 413/2014: Otros aspectos" y "Recortes retroactivos productores FV: Noticias y opiniones" por lo que finalmente sólo quedan dos hilos:
- http://www.solarweb.net/forosolar/as...iniones-4.html
- http://www.solarweb.net/forosolar/as...ibuciones.html
Saludos,
- 29/09/2014, 11:45 #43Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Buenas solarweb,
Creo que así mejor, sólo en dos hilos. Una pequeña sugerencia para el título del segundo, en vez de llamarlo sólo "RD 413/2014 Retribuciones" , llamarlo " RD 413/2014 retribuciones y normativa" así abarcaría no sólo el aspecto de las retribuciones, que sin duda es lo más importante, sino también otros aspectos burocraticos que hay inmersos en el RD, algunos muy presentes y otros que iran surgiendo en un futuro.
Saludos
Jr
- 29/09/2014, 14:20 #44Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Hola, a ver si alguien me puede ayudar. Este mes he recibido 3 facturas de la cnmc, dos positivas y una negativa, de las dos positivas me han ingresado una. Tengo que transferirles la negativa teniendo en cuenta q tengo otra que no me han ingresado?
Gracias por la ayuda
- 29/09/2014, 17:34 #45Forero
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Te compensaran la negativa con la positiva, de todas formas en la web de CNMC al descargar las facturas descarga los documentos adjuntos donde viene el detalle de la liquidación y un documento que llaman relación valorada donde te indican la relación de facturas que te van a pagar y la compensación entre ellas en caso de haber negativas.
Saludos.
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re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
- 30/09/2014, 09:01 #47Forero Junior
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Hola yo tengo una huerta solar de 99kw en Avila y no me aclaro con los cobros de iberdrola tenia entendido que serian unos 65.000€+IVA y en lo que va de año vengo cobrando muy lejos de lo estimado estos son mis cobros iva incluido del 2014:
Enero------355,11€
Febrero----721,22€
Marzo-----1.054,75€
Abril-------2.921,80€
Mayo-----5.219,34€
Junio-----5.015,61€
Julio-----2.845,58€
Agosto--5.307,98€
-------------------------
23.441,39€
Sin iva 18.450€
Me gustaria que alguien arrojara algo de luz para organizarme el año para pedir prestamos etc ya que vengo teniendo unos gastos anuales de unos 80.000€ muy por encima de mis cobros como podeis comprobar
Mi correo es. caiss-pocker(arroba)hotmail.com
Muchas gracias
- 30/09/2014, 10:10 #48
Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Este mes me pilla en plena transición del cambio de representante en mercado desde Iberdrola a Fenie Energía. No he recibido aún el ingreso del mes, por lo que agradeceré que alguien que esté con Iberdrola me confirme si ya le han ingresado o está aún pendiente.
Gracias anticipadas
- 30/09/2014, 10:37 #49Forero Junior
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Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Hola solarweb yo tb estoy pendiente del pago todavia no recibi el conro de inerdrola
- 30/09/2014, 11:09 #50
Re: Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa
Gracias Pascu1979.
Pienso que han montado tal lío que ni ellos se aclaran sobre cuanto tienen que pagarnos o bien están adaptando sus aplicaciones informáticas a esta vergonzosa complejidad que han montado para pagarnos lo que les da la gana.