Hola

Soy nuevo en el foro por lo que desconozco si este tema se ha tratado con anterioridad. Si es así disculpad y sólo os rogaría que me enviarais los links a la información que busco.
En mi caso estoy proyectando una instalación afectada por el RD 1758 que se pondrá en marcha el año que viene clasificada como 1270 ( 1500 kW sistema 2 ejes) y desearía saber cómo se determina la retribución económicaa cobrar en los próximos años para poder determinar la rentabilidad de la inversión.

Saludos Cordiales

Nevkaotic