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Tema: Cumplimentación Mod 513
- 26/02/2014, 11:25 #1Forero Junior
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Cumplimentación Mod 513
Hola a todos
Ya se acerca Marzo y me dispongo a cumplimentar el mod 513 de Hacienda y me surge una duda, en la casilla g." Importe Energía Facturada con Impuesto". Este año tenemos que poner algo?, como hemos liquidado el impuesto en septiembre de 2013, se refiere a ese impuesto?
No se como lo veis, a alguien se le ha planteado esa duda..
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- 10/03/2014, 13:47 #2Forero
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Re: Cumplimentación Mod 513
Ostras!, no lo habia pensado
Pues yo tengo la misma duda que tu
Esperemos a ver si alguien nos responde..
- 10/03/2014, 16:51 #3
Re: Cumplimentación Mod 513
Los datos a rellenar del modelo 513 son:
Casillas B y F: Energía producida en MWh. (a tener en cuenta que son del período DE PRODUCCION de Enero a Diciembre inclusive del 2013)
Casillas H y K: Ingresos en euros obtenidos por la venta de energía (podemos decir que son las mismas cantidades que el Mod. 583 del impuesto) y así incluirá los ingresos por tarifa regulada, la baldita, las RECUR y (sumando o restando) las cantidades percibidas por complementos como la reactiva.
Un saludo"Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"
- 10/03/2014, 21:35 #4Forero
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Re: Cumplimentación Mod 513
gracias newinversor
a mi me ha asaltado la duda tambien como a marcel111. Hasta ahora cumplimentabamos la casilla G con valor cero, por lo que dices debemos seguir igual no?
entonces el nuevo impuesto del 583 no queda reflejado en ningun caso en el 513, es asi?
saludos!
- 10/03/2014, 22:12 #5Forero
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Re: Cumplimentación Mod 513
Es que el impuesto a que se refiere, es el impuesto eléctrico (creo que el que viene en las facturas que pagamos de la luz, 0,483%, hablo de memoria)
Saludos
- 20/03/2014, 10:00 #6Forero
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Re: Cumplimentación Mod 513
Muy buenas NewInversor, respecto a tus comentarios me surge una duda importante. Nosotros en nuestra planta no tenemos autoconsumo sino que los inversores consumen de la red de Iberdrola. En ese caso entiendo que en la casilla de energía recibida tengo que registrar los MWh consumidos en el año. Y un poco en relación con el mismo tema, en nuestro caso a pesar de tener CAE desde el origen de la planta, Iberdrola en sus facturas nos ha venido aplicando el impuesto electrico. Entiendo entonces que independientemente de la reclamación a realizar a Iberdrola, en el apartado de consumos gravados debo regsitrar la misma cifra que en energía recibida. ¿Es correcto?
Muchas gracias de antemano por tu ayuda.
- 21/03/2014, 18:55 #7Forero
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Re: Cumplimentación Mod 513
También estaba con lo mismo. ¿Pero es el mismo impuesto de dos MOD de declaración?
Pero en el MOD 583 se presento con datos de hasta Octubre.
En el 513, ¿hay que poner todo el año y autoliquidar (pagar)? o poner lo de todo el año y cuota o, ya que se regularizara en NOV del 2014?Esto es la leche
- 24/03/2014, 16:56 #8
Re: Cumplimentación Mod 513
[QUOTE=RAYCOR;264472]Muy buenas NewInversor, respecto a tus comentarios me surge una duda importante. Nosotros en nuestra planta no tenemos autoconsumo sino que los inversores consumen de la red de Iberdrola. En ese caso entiendo que en la casilla de energía recibida tengo que registrar los MWh consumidos en el año. Y un poco en relación con el mismo tema, en nuestro caso a pesar de tener CAE desde el origen de la planta, Iberdrola en sus facturas nos ha venido aplicando el impuesto electrico. Entiendo entonces que independientemente de la reclamación a realizar a Iberdrola, en el apartado de consumos gravados debo regsitrar la misma cifra que en energía recibida. ¿Es correcto?
Buenas tardes, aprovecho un pequeño hueco para contestar....
No debes de incluir nada en la casilla de energía recibida, somos productores y los datos que se refieren son los que atañen a producción no ha consumos. En tu caso al no tener autoconsumo, todos los kwh son producidos, en el caso de los que tenemos autoconsumo, declaramos la diferencia entre los producidos y los autoconsumidos por la propia instalación y que son los netos por los que nos pagan (en ambos casos).
Aunque tengas el CAE éste es necesario para estar exento del pago del impuesto sobre la electricidad como productor..... pero no se aplica la exención a los consumos que tenga la planta (como cualquiera de nosotros en los kwh que consumimos en nuestro hogar) porque en ese caso no es productor, es consumidor y no hay exencion.
No cabe posibilidad de reclamar la exención a Iberdrola porque en ese caso lo pagas como CONSUMIDOR.
En el mod. 513 es más sencillo, en la casilla b y f los kwh (en Mwh) producidos (vamos la suma de los kwh que indican las facturas de producción mensual que hemos cobrado durante 2013) y repito insisto en que pongamos esos kwh que hemos producido, ya que en caso de haber una diferencia entre lo que hemos controlado de producción y lo que nos han facturado y pagado no debemos incluir "nuestras mediciones" sino las que se reflejan en factura, ya que en caso de inspección el soporte documental para demostrar lo declarado es ese LAS FACTURAS.
En la casilla h y K el importe cobrado por la venta de la energía (de nuevo el importe que reflejan las facturas por los kwh producidos)
Taqui, el Mod. 513, efectivamente son con los datos del 2013 y como estamos exentos, NO TENEMOS QUE PAGAR NADA.
Te confundes con el Mod. 583 (el Mod. 513 ya existía cuando el GRAN SORIA se sacó de la manga el Mod. 583) el 513 es el IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD (el que pagamos como consumidores en nuestro recibo de la luz) y el Mod. 583 es el IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN ELECTRICA y ese lo pagamos solo los productores por el valor por la energía que producimos.
Un saludo"Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"