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  1. #1676
    pujalscito está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por froy1100 Ver mensaje
    Parece que voy a ser el enésimo en plantear esto, pero vamos a ver si lo he hecho bien.

    Planta fija de 100 kW nominales de 2008. Tipo IT00466. Rinv=574.698 €/MW, así que cobraré 57.469,8 € al año, más lo que cobre a pool. Si en 2013 produje 172.427 kWh (1724 h. eq.), y el precio del pool ronda los 0,05€/kWh, recibiré 8.621€, menos el impuesto revolucionario del 7%, que se quedaría en 8.018€. Como me paso de las 1648 h, no cobraría el Ro, de modo que en 2014 cobraría un total de 57669+8018 = 65.488€, sin tener en cuenta gastos de representación y demás vainas. Lo he hecho bien? En la hoja excel de Suelo Solar pone que debería ser más bien 63.250€, pero no veo muy bien cómo han hecho la fórmula.

    En cualquier caso, después del recorte de Sebastián, en 2013 cobramos unos 63.670€, por lo que de uno u otro modo veo que me voy a quedar más o menos igual que estaba. Es esto posible?? Se supone que el gobierno quería recortar 1.700 millones de la factura de la luz, y que el hachazo gordo iba para los fotovoltaicos. O bien algunos están recibiendo un tajo gordo, o bien todo este lío no va a servir para nada después de todo.
    Por lo que he visto:

    Plantas fijas menores a 2 MW se les perpetua el recorte de Sebastián.

    El pato lo pagan las fijas > 2 MW, los que tienen más Wp y todas las de seguidores. Los recortes adicionales a Sebastián van de un 5% a un 20%.

    Nos han dividido y a priori diría que tratan de reducir nuestra masa crítica al no tocar una parte importante de las instalaciones, pero ojo que se perpetúa el recorte de Sebastián y eso en muchos casos que conozco supone la ruina.

    Hay que movilizarse, no dar tregua y volver a los juzgados hoy ANPIER más que nunca debería dar mucha caña.

  2. #1677
    Fotov está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Pregunta: si uno tiene una instalación "pequeña" dentro de un parque de mas de 2 Mw, es seguro que se le aplica el recorte? Me explico: esa instalación "pequeña" esta bajo el nombre de su propia SL y no como una participación de un porcentaje de la planta global de mas de 2 Mw.
    No se considera una instalación "pequeña" a secas?

  3. #1678
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por froy1100 Ver mensaje
    Parece que voy a ser el enésimo en plantear esto, pero vamos a ver si lo he hecho bien.

    Planta fija de 100 kW nominales de 2008. Tipo IT00466. Rinv=574.698 €/MW, así que cobraré 57.469,8 € al año, más lo que cobre a pool. Si en 2013 produje 172.427 kWh (1724 h. eq.), y el precio del pool ronda los 0,05€/kWh, recibiré 8.621€, menos el impuesto revolucionario del 7%, que se quedaría en 8.018€. Como me paso de las 1648 h, no cobraría el Ro, de modo que en 2014 cobraría un total de 57669+8018 = 65.488€, sin tener en cuenta gastos de representación y demás vainas. Lo he hecho bien? En la hoja excel de Suelo Solar pone que debería ser más bien 63.250€, pero no veo muy bien cómo han hecho la fórmula.

    En cualquier caso, después del recorte de Sebastián, en 2013 cobramos unos 63.670€, por lo que de uno u otro modo veo que me voy a quedar más o menos igual que estaba. Es esto posible?? Se supone que el gobierno quería recortar 1.700 millones de la factura de la luz, y que el hachazo gordo iba para los fotovoltaicos. O bien algunos están recibiendo un tajo gordo, o bien todo este lío no va a servir para nada después de todo.
    La retribucion a la operacion se cobra si los costes de explotacion estimados son mayores que los ingresos previstos por la venta a mercado. En la fotovoltaica ocurre asi, ya que el Ministerio ha previsto unos gastos aproximados de 70 euros /MWh producido (se puede ver en las fichas técnicas de las plantas tipo), mientras que espera unos ingresos en el mercado de 50 euros por MWh producido (tambien se puede ver en las fichas de los proyectos tipo), por tanto SE DEBE COBRAR RETRIBUCION A LA OPERACION, lo que pasa que ese cobro se limitaría a un numero de horas equivalentes, es decir, se limita a una producción. Si te pasas de esa producción no cobras Ro por los Kwh que te has pasado, pero si por el resto, otra cosa no tiene lógica.

    Por ejemplo, en una fija de 2008, las horas maximas para Ro son 1648. Para una planta de 100 kw nominales la produccion maxima por la que cobras Ro sería 164.800 kwh. Imaginemos que en realidad produces 184.800 Kwh, por tanto, cobrarias la Ro por los 164.000 Kwh primeros, pero no por el resto, es decir, los ultimos 20.000 kwh producidos no tendrian retribucion a la operacion.

    Y esto os lo puedo decir, porque lo he comprobado a partir de la memoria de estandares hecha por el Ministerio.

    En esa memoria (página 16 de la memoria) pone un ejemplo de una planta fotovoltaica fija de 2008 de 1 MW. Si nos vamos a las tablas esa planta se identifica con la Instalación Tipo (IT) -00514

    Pues bien, la IT-00514 tiene las siguientes retribuciones a partir de esa tabla:

    Ret.Inversion: 595.196 MW nominal
    Ret.Operacion: 25,183 MW hora
    Horas equivalentes: 1.648

    Por tanto, la retribucion ADICIONAL A LA VENTA DE MERCADO sería segun esas tablas:

    Ret. Especifica = RI + Ro = 595.196 + 25,183*1648 = 595.196 + 41501,58 = 636.697,6 (aparte iría la venta a mercado)

    Pues esa retribucion es la que se da exactamente en la memoria de los estandares del ministerio para ese ejemplo (repito pagina 16 de la memoria). Voy a adjuntar la memoria para que lo comprobeis.

    Voy a tratar de hacer una excell, corrigiendo los errores de ayer y ampliando para mas plantas del 661. A ver si en un par de horas la tengo terminada.

    Saludos
    Jr
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  4. #1679
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    La retribucion a la operacion se cobra si los costes de explotacion estimados son mayores que los ingresos previstos por la venta a mercado. En la fotovoltaica ocurre asi, ya que el Ministerio ha previsto unos gastos aproximados de 70 euros /MWh producido (se puede ver en las fichas técnicas de las plantas tipo), mientras que espera unos ingresos en el mercado de 50 euros por MWh producido (tambien se puede ver en las fichas de los proyectos tipo), por tanto SE DEBE COBRAR RETRIBUCION A LA OPERACION, lo que pasa que ese cobro se limitaría a un numero de horas equivalentes, es decir, se limita a una producción. Si te pasas de esa producción no cobras Ro por los Kwh que te has pasado, pero si por el resto, otra cosa no tiene lógica.

    Por ejemplo, en una fija de 2008, las horas maximas para Ro son 1648. Para una planta de 100 kw nominales la produccion maxima por la que cobras Ro sería 164.800 kwh. Imaginemos que en realidad produces 184.800 Kwh, por tanto, cobrarias la Ro por los 164.000 Kwh primeros, pero no por el resto, es decir, los ultimos 20.000 kwh producidos no tendrian retribucion a la operacion.

    Y esto os lo puedo decir, porque lo he comprobado a partir de la memoria de estandares hecha por el Ministerio.

    En esa memoria (página 16 de la memoria) pone un ejemplo de una planta fotovoltaica fija de 2008 de 1 MW. Si nos vamos a las tablas esa planta se identifica con la Instalación Tipo (IT) -00514

    Pues bien, la IT-00514 tiene las siguientes retribuciones a partir de esa tabla:

    Ret.Inversion: 595.196 MW nominal
    Ret.Operacion: 25,183 MW hora
    Horas equivalentes: 1.648

    Por tanto, la retribucion ADICIONAL A LA VENTA DE MERCADO sería segun esas tablas:

    Ret. Especifica = RI + Ro = 595.196 + 25,183*1648 = 595.196 + 41501,58 = 636.697,6 (aparte iría la venta a mercado)
    Pero a estos 636.697,6€ se tienen que añadir la venta a pool de toda la energía, o solo por la diferencia entre las 1.648h y las horas realmente producidas?

    Si lo que dices es así, entonces mi planta, además de los 57.469,8€ de Riv, recibiría un Ro por 1648*12,37*0,1 = 2.039€. En total 59.508€. Si produjera 172.427 kWh en 2014 como hice en 2013, cobraría 172.427*0,05*0,93 = 8.018€ adicionales por el pool, o más bien (1724-1648)*100*0,05*0,93 = 353,4 € ?? Es una gran diferencia.

  5. #1680
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    La retribucion a la operacion se cobra si los costes de explotacion estimados son mayores que los ingresos previstos por la venta a mercado. En la fotovoltaica ocurre asi, ya que el Ministerio ha previsto unos gastos aproximados de 70 euros /MWh producido (se puede ver en las fichas técnicas de las plantas tipo), mientras que espera unos ingresos en el mercado de 50 euros por MWh producido (tambien se puede ver en las fichas de los proyectos tipo), por tanto SE DEBE COBRAR RETRIBUCION A LA OPERACION, lo que pasa que ese cobro se limitaría a un numero de horas equivalentes, es decir, se limita a una producción. Si te pasas de esa producción no cobras Ro por los Kwh que te has pasado, pero si por el resto, otra cosa no tiene lógica.

    Por ejemplo, en una fija de 2008, las horas maximas para Ro son 1648. Para una planta de 100 kw nominales la produccion maxima por la que cobras Ro sería 164.800 kwh. Imaginemos que en realidad produces 184.800 Kwh, por tanto, cobrarias la Ro por los 164.000 Kwh primeros, pero no por el resto, es decir, los ultimos 20.000 kwh producidos no tendrian retribucion a la operacion.

    Y esto os lo puedo decir, porque lo he comprobado a partir de la memoria de estandares hecha por el Ministerio.

    En esa memoria (página 16 de la memoria) pone un ejemplo de una planta fotovoltaica fija de 2008 de 1 MW. Si nos vamos a las tablas esa planta se identifica con la Instalación Tipo (IT) -00514

    Pues bien, la IT-00514 tiene las siguientes retribuciones a partir de esa tabla:

    Ret.Inversion: 595.196 MW nominal
    Ret.Operacion: 25,183 MW hora
    Horas equivalentes: 1.648

    Por tanto, la retribucion ADICIONAL A LA VENTA DE MERCADO sería segun esas tablas:

    Ret. Especifica = RI + Ro = 595.196 + 25,183*1648 = 595.196 + 41501,58 = 636.697,6 (aparte iría la venta a mercado)

    Pues esa retribucion es la que se da exactamente en la memoria de los estandares del ministerio para ese ejemplo (repito pagina 16 de la memoria). Voy a adjuntar la memoria para que lo comprobeis.

    Voy a tratar de hacer una excell, corrigiendo los errores de ayer y ampliando para mas plantas del 661. A ver si en un par de horas la tengo terminada.

    Saludos
    Jr
    Gracias Ramoncho1 por las aclaraciones, esperamos tu excel.

  6. #1681
    Navarrensis está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Alguien ha podido descargarse la Excel de Suelosolar??

  7. #1682
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cobrarias el pool aparte, pero ojo que el impuesto tienes que aplicarlo sobre el moontante total. Tu caso sería:

    57.469,8 + 2039 + 8621,35 = 68.130,15 antes del impuesto y despues de pagar el impuesto te quedarian: 63361 euros ..

  8. #1683
    itxabalea está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    aqui el dato importante es si se cobra o no, la retribucion por operacion y la venta s mercado,
    las dos juntas.
    en suelo solar, Morales creo q no mete la retribucion a la operacion y aqui ramoncho si.
    esa es ka clave para cobrar unos 4000 o 5000e. mas.

  9. #1684
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    Cobrarias el pool aparte, pero ojo que el impuesto tienes que aplicarlo sobre el moontante total. Tu caso sería:

    57.469,8 + 2039 + 8621,35 = 68.130,15 antes del impuesto y despues de pagar el impuesto te quedarian: 63361 euros ..
    Este mensaje era para Froy 1110

  10. #1685
    trasno está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    hola, mi planta de 10kw, puesta en marcha en 2009, nunca llego a entrar en convocatoria del rd 1578/2009 por problemas con la licencia. Es tipo II. tras juicios reclamaciones y ruinas nunca he llegado a cobrar prima. Y ahora ni siquiera se donde ubicarme en estas tablas. Alguien sabe si los que no entramos ninguna convotaria tendremos derecho a cobrar algo??

  11. #1686
    Avatar de froy1100
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    Cobrarias el pool aparte, pero ojo que el impuesto tienes que aplicarlo sobre el moontante total. Tu caso sería:

    57.469,8 + 2039 + 8621,35 = 68.130,15 antes del impuesto y despues de pagar el impuesto te quedarian: 63361 euros ..
    Gracias por la aclaración. Aunque por lo que comenta aquí la gente, el 7% de impuesto solo se aplica a la producción de energía, por lo que no puede aplicarse a la retribución por la inversión. Está aclarado este aspecto en algún sitio?

  12. #1687
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Mensaje para rafin;

    Rafin (y los que teneis la IT-00478) creo que vuestro caso es un claro ejemplo de discriminacion frente por ejemplo a la de 1 eje. De hecho la de 1 eje cobra mas que vosotros, lo cual no tiene sentido.

    He estado mirando las fichas tecnicas de las dos y la clave esta en las horas de funcionamiento historico, que son muy bajas para 1 eje, y estan en linea de lo normal para 2 ejes. Ese es el motivo por el cual los de 1 eje cobran mas que los de dos ejes, ya que a los de dos ejes os han tenido en cuenta unos ingresos pasados normales , pero a los de 1 eje bastante bajos, y eso redunda en que ahora tengan mayor retribucion (es simplemente absurdo).

    Vuestro caso es claramente discriminatorio, lo que si te puedo decir que al menos cobraras 2164,35 euros adicionales de retribucion a la operacion y por la venta de mercado unos 10.620 euros, por lo que tu retribucion final, segun el borrador, sería:

    68.428 + 2164 + 10620 = 81.212 (para una planta de 100 kw nominales)

    Un saludo
    Jr

  13. #1688
    RayDay está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Veo que varios compañeros indicáis que a partir de ahora vamos a cobrar por los siguientes 3 conceptos: Retribución a la inversión, Retribución a la operación e Ingreso por Venta de electricidad … pero en las tablas de parámetros retributivos solo se mencionan los dos primeros (inversión y operación). ¿Dónde se menciona que vamos a cobrar también por la venta de la electricidad?

  14. #1689
    luismateo está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Buenas,
    Alguien puede explicar esto como se calcula. Yo tengo 2 instalaciones tipo IT 00569 y no me aclaro....alguien puede ayudarnos a los borriquitos?

    Gracias

    Enviado desde mi LT18i usando Tapatalk 2

  15. #1690
    solarenergia está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Gracias Ramoncho y a todos por aclaraciones y dudas, que también acaban aclarando....

    Después de varios comentarios unos confirmando y otros no entiendo a raíz de los finales que el impuesto del 7% hay SI hay que descontarlo y pagarlo después de calcular Rinv + Ro + Venta Pool ... Claramente las cuentas salen peor que antes...
    Saludos.
    Falta la revolución energética que democratice la gestión de la energía.
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  16. #1691
    nemesis está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Yo creo entender lo siguiente, si con las horas de funcionamiento ejem fija 100 kw 1648 horas = 164.800 kWh x precio del pool no se cubren los gastos de Explotación se paga ese diferencial como retribución a la Operación (los gastos que aparecen de operación ya tienen hecha esa estimación existen fichas de cada it donde aparecen los costes de explotación y precio pool a futuro, y la resta entre estas es el importe que aparece como retribución a los gastos operación) y los kWh restantes es decir xxxx kWh que produce realmente mi instalación menos los 164.800 kWh son los que estarán pagados a precio pool. Si produce 184.800 kWh - 164.800 kWh= 20.000 kWh x 0,05 = 1.000 €

  17. #1692
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Hola a todos y ánimos que entre todos es posible que descifremos el jeroglífico que nos ha soltado el ministerio.
    A mi modo de entender, la Retribución a la Operación (Ro) se cobraría solamente de los kWh producidos que sobrepasen el límite de horas de funcionamiento máximo (h de 1.648 horas para una instalación fija <100 kWn). Toda lectura que no sea esta es perversa, ya que se estaría primando la no-eficiencia de la instalación.
    Es decir, si la instalación produce menos de las horas equivalentes de funcionamiento mínimo (la Nh para instalación fija <100 kWn son 989 horas) se penalizaría por mala eficiencia. Creo que este mínimo de horas de producción lo cumplen todas las instalaciones aunque estén ubicadas en Galicia y orientadas al norte. Si la instalación produce entre las horas equivalentes de funcionamiento mínimo (Nh) y las horas de funcionamiento máximo (la h para instalación fija <100 kWn son 1.648 horas), la instalación no cobraría la Retribución a la Operación (Ro) por estar dentro del margen de eficiencia establecido como valor medio. Por el contrario, si la instalación supera la producción de las 1.648 horas de funcionamiento, por tener una buena eficiencia se primarían los kWh que sobrepasen la h con el valor de la Retribución a la Operación (por ejemplo, la Ro de una instalación fija <100 kWn con código de identificación IT-00465 es de 12,449 €/MWh).
    Es decir, entiendo que lo se pretende con esta Retribución a la Operación es primar a las plantas que por su ubicación, materiales de alta eficiencia, mantenimiento, etc., sobrepasen un mínimo de horas de funcionamiento/producción anual (instalaciones eficientes). Toda otra interpretación de este concepto es perversa, ya que se estaría primando la no-eficiencia y la picaresca (parar las instalaciones para no sobrepasar las 1.648 horas máximas de funcionamiento, cumpliendo con los porcentajes aplicables trimestralmente, para percibir la Retribución a la Operación).
    Además, se estarían desperdiciando kWh de origen renovable (libres de emisiones) para tener que producir kWh de origen fósil (carbón, gas, fuel, nuclear), lo que sería aún más perverso.
    Voy a enviar mi comentario a ANPIER para que alguien de la asociación me lo aclare.
    Yo de todas formas lo que he hecho es no considerar retribución alguna por este concepto para ponerme en la peor situación posible. Solamente he considerado ingresos por la Retribución a la inversión (Rinv) de mi instalación y por la venta de la energía producida al pool (a los 0,05 €/kWh que hemos tomado de media).
    Saludos,
    Aplíquese la máxima "el que contamina paga". Aprovechemos la fuente de energía más natural y que está al alcance de todos ¡El Sol!

  18. #1693
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Os dejo el telf. del Ministerio de Industria para que el funcionario de turno os explique como calcular la nueva tarifa :
    913497412
    Vamos a colapsarles la centralita a esta pandilla de ladrones.
    A ver si se enteran que han hecho una chapuza de lo mas impresentable.
    Las electricas nos estan meando pero la prensa y Gobierno dicen que está lloviendo.

  19. #1694
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por froy1100 Ver mensaje
    Gracias por la aclaración. Aunque por lo que comenta aquí la gente, el 7% de impuesto solo se aplica a la producción de energía, por lo que no puede aplicarse a la retribución por la inversión. Está aclarado este aspecto en algún sitio?
    El impuesto es sobre toda la retribucion, eso te lo aseguro al 100% ..

  20. #1695
    alceal está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Industria suprime la subvencin a un tercio de las plantas elicas,Empresas Sector Energa. Expansin.com

    Increíble!!!!!!!

    Otras cobran más Pero en otros casos, algunas plantas cobrarán más de lo que cobrarían con el sistema vigente, sobre todo termosolares. Industria trata de recortar, en conjunto, 1.750 millones al año en subvenciones a las renovables y otras instalaciones de régimen especial, que en 2013 alcanzaron un récord de unos 9.000 millones.

    Industria suprime la subvención a un tercio de las plantas eólicas,Empresas Sector Energía. Expansión.com

  21. #1696
    cucharita está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    Cobrarias el pool aparte, pero ojo que el impuesto tienes que aplicarlo sobre el moontante total. Tu caso sería:

    57.469,8 + 2039 + 8621,35 = 68.130,15 antes del impuesto y despues de pagar el impuesto te quedarian: 63361 euros ..

    Una pregunta cuando voy a las ordenes de estandares, las fichas, encuentro para 2014 dos tablas con datos, una es de ingreos de venta al mercado, que te fija 49,62€ y otra es costes de explotación futuros que fija 73,33 € Mw dime sobre este último que dato nos da para que sirve.

  22. #1697
    ILLICE está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por alceal Ver mensaje
    Industria suprime la subvencin a un tercio de las plantas elicas,Empresas Sector Energa. Expansin.com

    Increíble!!!!!!!

    Otras cobran más Pero en otros casos, algunas plantas cobrarán más de lo que cobrarían con el sistema vigente, sobre todo termosolares. Industria trata de recortar, en conjunto, 1.750 millones al año en subvenciones a las renovables y otras instalaciones de régimen especial, que en 2013 alcanzaron un récord de unos 9.000 millones.

    Industria suprime la subvención a un tercio de las plantas eólicas,Empresas Sector Energía. Expansión.com
    Buenos dias a todos, en mi caso voy a percibir practicamente lo mismo que en el recorte de Sebastian, pero intuyo que despues de ver en el foro las desigualdades que hay, entre unas plantas y otras por la sola diferencia de estar en un huerto mayor de 2 MW, o menor. Veo mucha DISCRIMINACION.

    Y sobre todo el hecho de que parece que 1/3 de la eolica se queda sin cobrar. ( Esto no lo va a consentir Iberdrola de ninguna de las maneras )

    Creo que habra dudas para aprobarlo. Y si lo aprueban en el proximo cambio de gobierno del PP al PSOE, cambian la ley y haran un nuevo Real decreto.

  23. #1698
    Monsolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    hola yo estoy en tu mismo caso dos instalaciones 2007 y 2008 de 100 kW cada una, lo que no has calculado bien es el impuesto seria el 7 % de 57469.8 es decir 4.022€ de impuesto a mi me saldría 62.068 €.

  24. #1699
    Fernandob7 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Estos son mis datos. A ver si alguien puede echarme una mano, que no hay manera de entender lo de las tres tablas.
    Decreto: 661
    Año puesta en marcha: Enero 2008
    Tecnología: Seguidor 2 ejes
    Zona solar: 4, Tabernas - Almería
    Kilowatios totales Huerta Solar: 800 Mw
    Kilowatios instalación particular: 10 kw

    Gracias por adelantado.
    Fernando

  25. #1700
    juancruz está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Buenos días,

    En la Excel que ha colgado Jorge Morales, el importe de los ingresos obtenidos es neto una vez descontado el impuesto del 7% ??

    Al final de la fórmula multiplica por 0,93 y no se si es para descontar el impuesto o para otra cosa.

    Por otra parte, ha tenido en cuenta los tres conceptos ( Retribución a la inversión, retribución de mercado y retribución a la operación ) o solamente los dos primeros ??

    Muchas gracias. Un saludo

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