-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Ya lo veo, esta a partir de la pág. 63 de la orden de parámetros
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
A ver si lo he entendido y si lo digo mal que alguien me corrija PORFAVOR QUE LLEVO TODA LA TARDE CON ESTO
FORMULA EJEMPLO IT 00483 CON UNA INSTALACION FIJA DE 100KW NOMINALES
Retribucion a la inversion+Retribucion a la operacion+Ingrasos venta electricidad a mercado-costes de explotacion = RECORTE MAYOR QUE EL DE 2013
Rinv (550,358*100 KW=55035,8 €) + Ro (0,023135*1648 hef=3812,65 €) + Ingresos venta electricidad 2014 ( 0.04962*1648 hef= 8177,38 €) - costes explotacion 2014 (0.07275*1648 hef= 11989,20 €) = 55036,63 EUROS esta cantida se corresponde mas o menos con el 7,5% del valor que dan ellos a la inversion de 705672,40 €
Es un recorte indignante y abusivo con lo que firmamos inicialmente en el RD 661. ¿estaria correcta esa formula?
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
taqui
supongo que so b.1.1 y el año, pero no lo veo
Creo que las tienes en el punto 8, a partir de la página 61 del documento de "Orden de Parametros Estandares" por años y zonas (y convocatorias y tipo en la columna de la izquierda).
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
A ver si lo he entendido y si lo digo mal que alguien me corrija PORFAVOR QUE LLEVO TODA LA TARDE CON ESTO
FORMULA EJEMPLO IT 00483 CON UNA INSTALACION FIJA DE 100KW NOMINALES
Retribucion a la inversion+Retribucion a la operacion+Ingrasos venta electricidad a mercado-costes de explotacion = RECORTE MAYOR QUE EL DE 2013
Rinv (550,358*100 KW=55035,8 €) + Ro (0,023135*1648 hef=3812,65 €) + Ingresos venta electricidad 2014 ( 0.04962*1648 hef= 8177,38 €) - costes explotacion 2014 (0.07275*1648 hef= 11989,20 €) = 55036,63 EUROS esta cantida se corresponde mas o menos con el 7,5% del valor que dan ellos a la inversion de 705672,40 €
Es un recorte indignante y abusivo con lo que firmamos inicialmente en el RD 661. ¿estaria correcta esa formula?
- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
¿o simplemete es la retribucion a la inversion + retribucion a la operacion y luego quitarle el 7% de impuestos?
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
Atila76
A ver si lo he entendido y si lo digo mal que alguien me corrija PORFAVOR QUE LLEVO TODA LA TARDE CON ESTO
FORMULA EJEMPLO IT 00483 CON UNA INSTALACION FIJA DE 100KW NOMINALES
Retribucion a la inversion+Retribucion a la operacion+Ingrasos venta electricidad a mercado-costes de explotacion = RECORTE MAYOR QUE EL DE 2013
Rinv (550,358*100 KW=55035,8 €) + Ro (0,023135*1648 hef=3812,65 €) + Ingresos venta electricidad 2014 ( 0.04962*1648 hef= 8177,38 €) - costes explotacion 2014 (0.07275*1648 hef= 11989,20 €) = 55036,63 EUROS esta cantida se corresponde mas o menos con el 7,5% del valor que dan ellos a la inversion de 705672,40 €
Es un recorte indignante y abusivo con lo que firmamos inicialmente en el RD 661. ¿estaria correcta esa formula?
Creo que la formula que aplicas esta mal ya que el Ro es la diferencia entre los costes de explotación a futuro y los ingresos de venta a pool a futuro, es decir que lo que no cubres de costes de explotación con el pool te lo suman como Ingresos por O&M, por lo que estas restando los ingresos de O&M (0,07275-0,04962 = 0,023135€) ya te lo dan calculado ellos, por lo que las dos ultimas variables de esa formula ya estan calculado su valor en la Ro, lo unico que yo creo que falta sumar son los kWh a pool que excedan de las 1648 horas de referencia, las instalaciones que yo llevo en mantenimiento exceden de las 1800 horas por kWn por lo que esas 152 horas que no estan dentro de la retribución se sumaran por su precio al pool.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Tienes razon no me habia fijado,¿ a eso habria que restarle el 7% de impuestos y sumarle los kW que excedan de las 1648 horas y ya esta?correcto y de hay a pagar todos los gastos e intereses nosotros que aberracion y que timo del PPPSOE
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
Ramoncho1
Hola,
Os adjunto en una hoja Excel las posibilidades que hay para la mayoría. No tengo tiempo para hacer todas las instalaciones tipo, pero seguro que están la mayoría.
Cosas a tener en cuenta:
La clasificación de la potencia ES LA DEL PROYECTO TIPO Y NO LA DE LA PLANTA INDIVIDUAL, es decir, teneis que saber que potencia hay instalada globalmente donde esta vuestra planta, y ahí ya, junto con el año de puesta en servicio y la tecnología localizais vuestra instalación.
He calculado dos retribuciones, la de la inversión (que es fija para los próximos 3 años) y la de mercado, que es estimado pues no se sabe cuanto se va a producir realmente, ni a que precio pero yo he estimado que el precio será de 0,05 euros/Kwh y la producción estimada para una planta de 100 kW nominales fija será de 164.800 kwh, para una de un eje de 210.000 kwh y para una de dos ejes de 212.000 kwh.
Tened en cuenta que es un ejemplo PARA UNA PLANTA INDIVIDUAL DE 100 KW NOMINALES, ES DECIR, SI ALGUIE TIENE 50 KW NOMINALES, SERA LA MITAD DE LA RETRIBUCION TOTAL, Y SI ALGUIEN TIENE 30 KW NOMINALES, SERA EL 30% DE LA RETRIBUCION TOTAL QUE MARCA LA HOJA.
NO HE CONSIDERADO LA RETRIBUCION A LA OPERACION, pero en algunos casos se cobrara, pero prefiero ser cauto y de momento dejarla a 0. En el caso de cobrarla, para una instalación de 100 KW nominales y dependiendo de sus características podría ir entre 2000 y 4000 euros al año.
También decir que son plantas del RD 661.
Saludos
Jr.
¿Y para instalaciones en huertos de más de 20M??
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
itxabalea
gracias Ramoncho por todo.
estoy q me muero, yo estoy en un parque de 4mw y con doble seguidor,conectado en septiembre de 2008, por favor decirme como me quedaria.
yo no se hacerlo. os lo AGRADECERE EN EL ALMA.
alguien me puede decir como me quedaria.gracias
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Muchísimas gracias, Ramoncho.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
¿como se calcula la retribución a la inversión?
-
2 Archivos adjunto(s)
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
itxabalea
alguien me puede decir como me quedaria.gracias
Creo que te sale lo siguiente. Confirmalo luego, que en algo me puedo equivocar.
Archivo adjunto 9542
Los datos están sacados de:
Página 45 Orden de parametros (columna código instlación tipo IT-00504)
Página 161 Orden de parametros (columna IT-00504)
Página 504 de Orden de estandares Anexo 8 - Fichas IT
Y están calculados para una instlación de 100 Kw con una producción de 200 MWh al año (120.000 Kwh hora).
La cifra en rojo es la suma de: Costes de explotación + Ingreso futuro venta electricidad + Retribución inversión + Reribución Operación.
Espero que este bien.
Me han salido dos miniaturas (imagenes), la buena es en la que los ingresos históricos serian de unos 99.000 euros
Saludos,
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Pues a los que estamos en parques grandes nos han hecho polvo, han debido considerar que las plantas grandes las de más de 10Mw,doble eje, año 2008, son muy eficientes y el precio de construcción al ser muchas placas debía salir barato, claro que nosotros lo compramos en trocitos al promotor, y a precio de oro... En resumen veo que la gente del foro como que ha " respirado " como diciendo que después de todo no ha sido para tanto, pero a mí me sale peor que nunca como un 48% menos de lo que nos prometía el 661, (sin contar el impuesto) asíque no sé cómo voy a hacer para pagar el leasing, lo peor de todo es que encima nos dividen... entre los que puedan ir tirando y los que se hunden definitivamente....en fin menudo cabreo tengo..
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cabreo!!! Estamos arruinados totalmente...
Y por lo que veo algunos respiran y se olvidan de los que vamos a morir...
Doble objetivo conseguido...
Los siguientes serán ellos...
Enfadado no, Triste, muy triste...
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
malfredo
Pues a los que estamos en parques grandes nos han hecho polvo, han debido considerar que las plantas grandes las de más de 10Mw,doble eje, año 2008, son muy eficientes y el precio de construcción al ser muchas placas debía salir barato, claro que nosotros lo compramos en trocitos al promotor, y a precio de oro... En resumen veo que la gente del foro como que ha " respirado " como diciendo que después de todo no ha sido para tanto, pero a mí me sale peor que nunca como un 48% menos de lo que nos prometía el 661, (sin contar el impuesto) asíque no sé cómo voy a hacer para pagar el leasing, lo peor de todo es que encima nos dividen... entre los que puedan ir tirando y los que se hunden definitivamente....en fin menudo cabreo tengo..
OJO Malfredo que a mi me ocurrio exactamente igual y pase ratos de mucha angustia, hasta que Ramoncho me sacó del error. Tienes que ver que en la columna de la izquierda tu instalación es <100Kw, aunque la de la derecha diga >10 MW, no sea que a tí te esté ocurriendo lo mismo. Si tu instlación es de doble eje y de < 100 Kw en parque > 10 MW tu instalación es una IT-00509.
----
Acabo de comparar con la IT-504 mismo año, en parque entre 2 y 10 MW y es exagerada la desproporción. De valorar la instalación en 615.000 euros, a valorarla en 455.000. Si es así lo siento mucho, no tiene ningún sentido. Tienes que alegar esta discriminación tan evidente. Es que hay muchisima diferencia y lo que más pesa es esta valoración.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
Joseaner
Creo que te sale lo siguiente. Confirmalo luego, que en algo me puedo equivocar.
Archivo adjunto 9542
Los datos están sacados de:
Página 45 Orden de parametros (columna código instlación tipo IT-00504)
Página 161 Orden de parametros (columna IT-00504)
Página 504 de Orden de estandares Anexo 8 - Fichas IT
Y están calculados para una instlación de 100 Kw con una producción de 200 MWh al año (120.000 Kwh hora).
La cifra en rojo es la suma de: Costes de explotación + Ingreso futuro venta electricidad + Retribución inversión + Reribución Operación.
Espero que este bien.
Me han salido dos miniaturas (imagenes), la buena es en la que los ingresos históricos serian de unos 99.000 euros
Saludos,
gracias Joseaner, y me dices q voy a cobrar 89000e. no creo q seaasi..por favor me lo puedes explicar..gracias
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
itxabalea
gracias Joseaner, y me dices q voy a cobrar 89000e. no creo q seaasi..por favor me lo puedes explicar..gracias
Según mis números si tienes 100 kWn:
- Retribución inversión: 61.566€
- Restribución a operación: 0,020757 x 100 x 2000 = 4151,40€
- Venta energía a mercado: 0,055 x100 x 2000 = 11000€
Total: 76717,40€
Estimando 2000 h de producción sobre potencia nominal
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
itxabalea
gracias Joseaner, y me dices q voy a cobrar 89000e. no creo q seaasi..por favor me lo puedes explicar..gracias
No estoy seguro al 100%, pero creo que lo que te van a pagar consta de:
Ri Retribución a la inversión. Tu inversión está valorada a dia de hoy en 615.662 e€ / Mw. por lo que 100Kw dan 61.566 €
Ro Retribución a la operación: es 21,015 € /Kwh de producción. Si tu planta de 100 KW produce 200.000 Kwh esto daría 4.203 € (Solo te lo pagan si no pasas de las 2124 horas equivalentes de producción)
Ingreso Venta electricidad a partr de ahora (Estimado): 49,62 €/Mwh, o sea si produces 200 MW año, te salen 9942 euros
Costes de explotación: 70,37 euros/Mwh producidos: Esto te da 200x70,37 = 14.704 euros
Y la suma de todo sería tu retribución
Ojo no estoy seguro con lo de la explotación/mantenimiento, no estoy 100% que se cobre o no, pero debería ser que sí, a que con ellos te pagan no solo el mantenimeinto, IBIS, alquileres, etc.. sino también el 7% del impuesto a la generación.
Espero que esté bien.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Valoran en 455.000€ una instalación de 100kw??
Pero si una de 50kw a mi me costo 440.000€!!!
Y eso que negociamos y logramos un importante descuento con el promotor...
Me quiero morir...
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
itxabalea
gracias Joseaner, y me dices q voy a cobrar 89000e. no creo q seaasi..por favor me lo puedes explicar..gracias
A ver... según Ramoncho y otros, la retribución es o sería : Retribución inversión + Retribución operación + Mercado.
Lo de costes de explotación e Ingreso a futuro, no lo conozco o no lo entiendo. Pero, repito que según Ramoncho, estos dos últimos conceptos NO.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
okapi
A ver... según Ramoncho y otros, la retribución es o sería : Retribución inversión + Retribución operación + Mercado.
Lo de costes de explotación e Ingreso a futuro, no lo conozco o no lo entiendo. Pero, repito que según Ramoncho, estos dos últimos conceptos NO.
Yo tampoco lo tengo claro, porque si no ¿Donde está el mantenimiento en ese 7,5%?. Dijeron que entraba el 7% del impuesto también. En principio al leer la ordenes de estandares vi que ponia:
"Los parámetros económicos más relevantes utilizados para caracterizar los estándares asociados al aprovechamiento de la energía solar fotovoltaica son los relativos a la inversión, los costes e ingresos durante su explotación, y la vida útil regulatoria."
Y luego a continuación:
"Los gastos de explotación considerados son: alquiler de terrenos, seguridad (incluye vigilancia y otros gastos en planta), consumos (electricidad, agua y otros consumibles varios), seguros, administración y otros gastos generales, mantenimiento (preventivo y correctivo), impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales (BICES), gastos de representación, peaje de generación y tributo de generación (7% sobre los ingresos totales)".
Esto está en la página 15 de la MEMORIA.
Estaría muy bien que alguien nos lo aclarara porque es muy importante esta partida pues supone como un 12% y tiene sentido ya que en ella se engloba un 7% de impuesto y el 5-6 % restante seria para el mantenimiento.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Entiendo que la Retribución a la Operación es un estímulo para producir más, es decir te lo pagan siempre que alcances esas horas de producción o de funcionamiento, si no las alcanzas o no produces esos kwh no te las pagarían. Creo que Ramoncho ese concepto lo ha explicado mal o yo he entendido que lo ha explicado mal. Es lógico que sea así porque de lo contrario pararíamos la planta para no llegar a esa producción y cobrar esos 4000 € aprox. de una fija de 100 kwh, sería un estímulo a la no producción y al no mantenimiento.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Entienden que todos esos gastos de mantenimiento se cubren con la venta a mercado de la energía. Como calculan que que con la venta de la energía a mercado no llega, te dan la "Retribución a la operación" como complemento.
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
juabeol
Entienden que todos esos gastos de mantenimiento se cubren con la venta a mercado de la energía. Como calculan que que con la venta de la energía a mercado no llega, te dan la "Retribución a la operación" como complemento.
Y entonces ¿Para que la valoran?. No solo eso, sino que la Retribución por operación NO DA para pagar tan solo el 7% del impuesto. Haced el cálculo y lo veréis.
Además poniendo el ejemplo de antes: Una instalación de 100 KW que "ELLOS" han valorado en 828.047 euros (IT-00504), si en realidad nos van a dar el 7,5% anual en 30 años + el valor de la inversión, resulta que en los 30 años de operación se deben de ingresar 2.691.153 euros. Si dividis estos 2.691.153 euros entre 30 años dan 89.705 euros que deben dar anualmente. La instalación antes descrita si se cuenta el mantenimiento/impuestos nos da: 89.767 euros. CASI CALCADO. Si quitais el mantenimiento/impuestos la rentabilidad ya no seria del 7,5% sino del 5,8%. Entonces ¿Dónde estaría la RENTABILIDAD RAZONABLE?
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Cita:
Iniciado por
Ramoncho1
Hola,
Os adjunto en una hoja Excel las posibilidades que hay para la mayoría. No tengo tiempo para hacer todas las instalaciones tipo, pero seguro que están la mayoría.
Cosas a tener en cuenta:
La clasificación de la potencia ES LA DEL PROYECTO TIPO Y NO LA DE LA PLANTA INDIVIDUAL, es decir, teneis que saber que potencia hay instalada globalmente donde esta vuestra planta, y ahí ya, junto con el año de puesta en servicio y la tecnología localizais vuestra instalación.
He calculado dos retribuciones, la de la inversión (que es fija para los próximos 3 años) y la de mercado, que es estimado pues no se sabe cuanto se va a producir realmente, ni a que precio pero yo he estimado que el precio será de 0,05 euros/Kwh y la producción estimada para una planta de 100 kW nominales fija será de 164.800 kwh, para una de un eje de 210.000 kwh y para una de dos ejes de 212.000 kwh.
Tened en cuenta que es un ejemplo PARA UNA PLANTA INDIVIDUAL DE 100 KW NOMINALES, ES DECIR, SI ALGUIE TIENE 50 KW NOMINALES, SERA LA MITAD DE LA RETRIBUCION TOTAL, Y SI ALGUIEN TIENE 30 KW NOMINALES, SERA EL 30% DE LA RETRIBUCION TOTAL QUE MARCA LA HOJA.
NO HE CONSIDERADO LA RETRIBUCION A LA OPERACION, pero en algunos casos se cobrara, pero prefiero ser cauto y de momento dejarla a 0. En el caso de cobrarla, para una instalación de 100 KW nominales y dependiendo de sus características podría ir entre 2000 y 4000 euros al año.
También decir que son plantas del RD 661.
Saludos
Jr.
Gracias Ramoncho... solo una duda IMPORTANTE:
En tu excel indicas que una instalación de 100 kw (2 ejes) tendría una retribución sobre la inversión de 67.672 €, pero en su IT correspondiente (IT-00493) indica 31.704 € (menos de la mitad). ¿De dónde salen los 67.672 €?
Muchas gracias
-
Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5
Tras el lógico interés de cada uno en saber el alcance del atraco que nos espera, debemos prepararnos para la lucha contra esta injusticia, todos unidos. Las de UNESA no tienen recortes, tienen sobreretribuciones por muchos conceptos. Lo que nos ocurre es inadmisible e indigno.