Resultados 1 al 6 de 6
  1. #1
    panchupin está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    ago 2009
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    Madrid
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    17

    Predeterminado Dudas sobre deducción medioambiental

    Hola a todos. Tengo muchas dudas respecto al tema de la deducción por inversión medioambiental: En 2007 se puso en funcionamiento mi instalación a nombre de una S.L. Hasta hoy no hemos solicitado la deducción por no tener beneficios en ninguno de los ejercicios. Estoy leyendo diversos informes y el propio decreto y la verdad es que no me entero de nada... ¿está derogado el decreto? ¿puedo solicitar la deducción en los ejercicios hasta el 2015? Gracias a todos y disculpad si las dudas son un poco básicas...

  2. #2
    fjgomgil está desconectado Forero
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    sep 2006
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    Predeterminado Re: Dudas sobre deducción medioambiental

    Hola Panchupín,
    en tu caso, si se puso la instalación en funcionamiento en 2007:
    * Tienes un 8% de deducción medioambiental (a no ser que tengas un leasing firmado en 2006, que entonces sería un 10%)
    * Tienes 10 años para deducirte ese 8% A PARTIR DE QUE TENGAS BENEFICIOS

  3. #3
    panchupin está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    ago 2009
    Ubicación
    Madrid
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    17

    Predeterminado Re: Dudas sobre deducción medioambiental

    Muchas gracias, fjgomgil. Mi asesor me decía que el decreto estaba derogado, pero entiendo que es para instalaciones nuevas.

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    Muchas gracias, fjgomgil. Mi asesor me decía que el decreto estaba derogado, pero entiendo que es para instalaciones nuevas.

  4. #4
    panchupin está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    ago 2009
    Ubicación
    Madrid
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    17

    Predeterminado Re: Dudas sobre deducción medioambiental

    Hola fjgomgil, una nueva duda: La instalación tributa en el Impuesto de Sociedades y está en Valladlid. ¿El beneficio tiene que ser producido por la actividad afecta a la deducción, o basta con que la sociedad haya tenido beneficio en el ejercicio? Muchas gracias.

  5. #5
    zigurat está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    jul 2010
    Ubicación
    SANTANDER
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    11

    Predeterminado Re: Dudas sobre deducción medioambiental

    Cita Iniciado por fjgomgil Ver mensaje
    Hola Panchupín,
    en tu caso, si se puso la instalación en funcionamiento en 2007:
    * Tienes un 8% de deducción medioambiental (a no ser que tengas un leasing firmado en 2006, que entonces sería un 10%)
    * Tienes 10 años para deducirte ese 8% A PARTIR DE QUE TENGAS BENEFICIOS

    ¿Estas seguro de esto? Yo hasta ahora asi lo estaba haciendo. Este año (2011) me dice hacienda que cambio en el 2010 y que solo puedo un 2%.
    Voy a recurrir pues tengo mucho que perder,¿ sabes si existe alguna consulta oficial sobre este tema?
    Me extraña que en solarweb no exista mas informacion o mas comentarios sobre el tema.

  6. #6
    fquintero07 está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    oct 2008
    Ubicación
    Canarias
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    43

    Predeterminado Re: Dudas sobre deducción medioambiental

    Hola, llegó la hora de la declaración del 2012...

    No estoy muy enterado de como funciona la tributación por Impuesto de Sociedades, pero si la inversión se realizo en 2007, ese año se calculaba el 8% de deducción y te daba la cantidad a deducir. Esa cantidad no se podía poner toda, sino con un límite (del 35% creo) de la cuota integra del impuesto, el resto quedaba pendiente y se podia ir aplicando bajo ese limite los siguientes 10 años o hasta que se cubriese la totalidad de la cantidad calculada en el 2007. Eso hice yo en el 2006, aunque tributando por el IRPF, y lo que superaba el 70%de la cuota integra (en Canarias), se aplicó sin problemas en 2007, 2008 y un resto en 2009. Efectivamente ese 2% fue que eliminaron este tipo de deducciones de forma progresiva y para el las instalaciones hechas en 2010, la deducció era solo del 2%, aunque posteriormente han vuelto a recuperare esa deducción.

    Ahora bien, quiero denunciar aquí mi caso y saber si hay mas afectados, respecto a la solicitud de devoluciones de las cantidades deducidas por inversiones mediambietales de lo años 2007 y 2008.

    Un administrado de una delegación de la agencia tributaria en Cnarias, el año pasado reclamó la devolución de la deducción medioambiental realizada en 2007, alegando que esa deducción sólo podia hacerse sobre los beneficios de la actividad económica (invento suyo) y no sobre la cuota integra del impuesto del IRPF como dice la Ley (articulos 68.2 y 69.2 de la Ley del Impuesto) y así esta preparado el programa PADRE para prácticar esas deducciones. Tuve que pagar y la Reclamación Económico Administrativa esta ahora en el Tribunal Económico Administrasivo de Canarias y si hace falta llegaré al Supremo.

    En mi caso la tributación es por el IRPF y no por el Impuesto de Sociedades. Tengo dos actividades económicas, ambas con rendimiento negativo debido a las amortizaciones, con lo cual si se aplica el criterio de solo poder practicar las deducciones sobre los beneficios de la acividad, no podria prácticar la deducción por inversion meioambiental a la que tengo derecho. Al consultar, el administrador me dice que si admite que la deducción se pueda hacer sobre el conjunto de las dos actividades, pero no sobre sobre los rendimientos del trabajo, que es lo que me permitió aplicar la deducción en el año 2006. Según esta respuesta en una Sociedad, se podría aplicar sobre los beneficios de la Sociedad, y de hecho la Ley del Impuesto sobre Sociedades hace referencia a la cuota integra del impuesto.

    Ahora reclama lo deducido en 2008 (que son los importes que no se pudieron aplicar en 2006 y 2007 por superar el límite impuesto en la Ley (en Canarias, el 70% de la cuota integra).

    Me gustaría saber si hay más afectados en España, es decir, los que hicieron la inversión en las instalaciones en 2007 o 2008, que han tributado por el IRPF con actividad económica 151.4, que aplicaron la deduccion por inversión medioambiental gracias a que tenian otros ingresos por rendimientos del trabajo ya que el rendimiento de las instalaciones, poniendo una amortización a 10 años, lo normal es que salga negativa, y que ahora les reclamen esas cantidades, alegando que la actividad tenía rendimientos negativos.

    Varios asesores me dicen que esto no lo pueden hacer, que la ley es muy clara y que debo presentar una demanda por prevaricación contra el asesor de esa administración, que está aplicando mal la ley a sabiendas. De hecho solo conozco 3 casos en Canarias que dependen de la misma administración y mira que hay instalaciones hechas en Canarias.

    Otra cosa es que se hubiese creado una Sociedad para la gestión fiscal de la instalación. Ahí si entiendo que el beneficio fiscal o deducción deba realizarse sobre los beneficios de la actividad, pero tengo entendido que en ese caso, la tributación es del 25% y no del 35% a 45% que se tributará por el IRPF (según la base imponible y resto de ingresos), una vez finalizada la amortización, se tengan beneficios. Ruego que alguien me confirme esto.

    Otra opción es aceptar ese criterio inventado por este administrador, pero negociar con él y poner una amortización a 20 años, con lo cual se podria aplicar algo de la deducción en los 10 años inmediatos, (haciendo declasraciones complementarias) ya que así, gracias a que los intereses del crédito estan muy bajos, posiblemente sí que se obtengan beneficios en el periodo en que se puede aplicar la deducción.

    Asi pues.. ¿Hay más casos en España de reclamación de las deducciones por inversiones medioambientales hechas en los años 2007 o 2008?. ¿Es preferible denunciar por prevaricación como me aconsejan, o intentar modificar las amortizaciones?

    Muchas gracias.




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