Derecho de acometida (conexión a red) que debe abonarse a la compañia eléctrica
Buenas tardes colegas, vivo en Uruguay y estoy haciendo un trabajo de investigacion para el cual necesito saber cual es el derecho de acometida para instalaciones solares fotovoltaicas, conectadas a red, en la actualidad en España
Agradezco si alguien me puede ayudar, ya que en las normativas no lo encontre y la CNE aun no lograron contestarme, gracias!!
Re: Derecho de acometida (conexión a red) que debe abonarse a la compañia eléctrica
Es exactamente el que la compañía eléctrica de la zona desee. Tal como suena. Y su actuación es mafiosa, por lo que cobran mucho.
La administración debería jugar un papel arbitral pero no lo hace, y deja que las empresas saqueen a sus víctimas. Te lo digo por experiencia.
Re: Derecho de acometida (conexión a red) que debe abonarse a la compañia eléctrica
Cita:
Iniciado por
agrosolar
Es exactamente el que la compañía eléctrica de la zona desee. Tal como suena. Y su actuación es mafiosa, por lo que cobran mucho.
La administración debería jugar un papel arbitral pero no lo hace, y deja que las empresas saqueen a sus víctimas. Te lo digo por experiencia.
Gracias por tus comentarios. Tendrás alguna referencia de ejemplo? Preguntare directo a las companias