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  1. #1
    ztorri está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    nov 2006
    Mensajes
    1

    Predeterminado Dudas en la Declaracion de Renta

    Hola. Soy nuevo en el Foro, que me parece muy interesante y periódicamente lo consulto. Tengo intención de invertir en un Huerto Solar para el cual se puede obtener una subvención. Mi dudas respecto a la Declaración de Renta son: Si se obtiene la subvención ¿como se trata en la Renta?. Como ingreso no tengo ninguna duda (bueno sí, una:¿la subvención se puede prorratear como ingreso en 10 años por ejemplo?), pero, la Amortización (yo pienso hacerla en 10 años) es por el total de la instalación (sin Iva), o por el total de la instalación menos el importe de la subvención?. La otra duda es referente al 10% que se puede deducir directamente de la Declaración, y la pregunta es la misma:La deducción es el 10% del total de la instalación (sin Iva), o el 10% del total de la instalación menos el importe de la subvención?. Por último (y para complicar un poco más la cosa) que pasa si la instalación se paga un año y la subvención se cobra al año siguiente?. Muchas gracias por anticipado.

  2. #2
    Fede_Bolson está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    oct 2006
    Ubicación
    Madrid
    Mensajes
    13

    Predeterminado

    Buenos días:

    Si estás dado de alta en actividades económicas, se considera un ingreso por cada año "mientras dure el periodo de amortización" de la instalación.

    Si no existiese el alta en actividades económicas tendría la consideración fiscal de "ganancia patrimonial", apartado correspondiente del modelo 101 del IRPF.

    Es decir, que si lo tienes declarado como actividad en 10 años, te imputarás una décima parte como ingreso de la actividad, periodo en el que dura la instalación. No obstante, mira las tablas de amortización fiscal que establece el ministerio de economía y hacienda ya que para distintos elementos inmobilizados, se establece o bien un máximo de tiempo para amortizar, o bien una cantidad máxima al año para este fin. (no tiene porque ser igual la amortización contable que la fiscal, y la que incumbe a la declaración IRPF es esta ultima)

    Un saludo!
    La felicidad es una disposición mental, no una condición de las circunstancias




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